Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SRE-PSC-0041-2022), 2022
Número de expediente | SRE-PSC-0041-2022 |
Fecha | 07 Abril 2022 |
Tipo de proceso | Procedimiento especial sancionador del Órgano Central del Instituto Nacional Electoral |
Tribunal de Origen | UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL |
Emisor | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México) |
PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR |
|
EXPEDIENTE: |
SRE-PSC-41/2022 |
PROMOVENTE: |
DATO PROTEGIDO [1] |
PARTE INVOLUCRADA: |
J.G.H. MORALES Y OTRAS PERSONAS |
MAGISTRADO PONENTE: |
LUIS ESPÍNDOLA MORALES |
SECRETARIAS: |
C.E.S.E.Y.A.O.D. |
COLABORÓ: |
ALFONSO BRAVO DÍAZ |
Ciudad de México, a siete de abril de dos mil veintidós.
SENTENCIA de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que determina la existencia de las conductas atribuidas a J.G.H.M., M.D.H.C., E.L.M. y Aarón Vea Rea por la publicación y difusión de diversas publicaciones con contenido que actualiza violencia política contra las mujeres por razón de género contra DATO PROTEGIDO.
GLOSARIO |
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Autoridad instructora o UTCE: |
Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral. |
Convención Belém do Pará: |
Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer. |
Convención sobre la Eliminación de Discriminación: |
Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. |
Comité de Naciones Unidas: |
Comité de Naciones Unidas para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. |
Comisión de Quejas y Denuncias: |
Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral. |
INE: |
Instituto Nacional Electoral. |
/Irapuatoaltanto/: |
https://www.facebook.com/Irapuatoaltanto. |
/periodistagerardohernandez/: |
https://www.facebook.com/periodistagerardohernandez |
/gerardopublicidad/: |
https://www.facebook.com/gerardopublicidad. |
Ley General de Acceso: |
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. |
D., excandidata o quejosa: |
DATO PROTEGIDO, excandidata del Partido Acción Nacional a la diputación federal por el DATO PROTEGIDO en DATO PROTEGIDO, DATO PROTEGIDO. |
PAN: |
Partido Acción Nacional. |
G.H.: |
J.G.H.M.. |
Partes involucradas: |
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Protocolo para juzgar con perspectiva de género: |
Protocolo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para juzgar con perspectiva de género, edición 2020. |
Protocolo de Violencia Política: |
Protocolo para Atender la Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género, emitido por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y otras autoridades, edición 2017. |
Red social Facebook, red social o Facebook: |
Red social Facebook. |
Sala Especializada: |
Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. |
Suprema Corte: |
Suprema Corte de Justicia de la Nación. |
Sala Superior: |
Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. |
SAT: |
Servicio de Administración Tributaria. |
Unidad Especializada: |
Unidad Especializada para la Integración de los Expedientes de los Procedimientos Especiales Sancionadores de esta Sala Regional. |
VPMrG: |
Violencia política contra las mujeres por razón de género. |
ANTECEDENTES
I. Proceso electoral federal
- 1. Proceso electoral federal 2020-2021. El veintiséis de agosto de dos mil veinte, el Consejo General del INE aprobó el acuerdo INE/CG218/2020[2], relativo al plan integral y calendario del proceso electoral federal 2020-2021[3], entre las que destacan:
Inicio del proceso |
Periodo de precampaña |
Periodo de intercampaña |
Periodo de campaña |
Jornada electoral |
7 de septiembre de 2020 |
23 de diciembre de 2020 al 31 de enero |
1 de febrero de 2020 al 3 de abril |
4 de abril de 2020 al 2 de junio |
6 de junio |
II. Sustanciación del procedimiento especial sancionador
- 1. Escrito de queja[4]. El trece de mayo, mediante correo electrónico, la denunciante presentó queja ante la UTCE, por la que denunció a G.H. y a quien resultara responsable, por la divulgación de propaganda[5] que presuntamente actualiza VPMrG en su perjuicio.
- 2. Registro, admisión, reserva de emplazamiento y requerimientos. El catorce de mayo, la UTCE registró el expediente[6], admitió la queja, reservó proveer sobre el emplazamiento y ordenó realizar los requerimientos que consideró pertinentes para la integración del expediente.
- 3. Medidas cautelares. El diecisiete de ese mes, mediante el acuerdo DATO PROTEGIDO [7], la Comisión de Quejas y Denuncias determinó la procedencia de las...
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