Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SRE-PSC-0041-2022), 2022

Número de expedienteSRE-PSC-0041-2022
Fecha07 Abril 2022
Tipo de procesoProcedimiento especial sancionador del Órgano Central del Instituto Nacional Electoral
Tribunal de OrigenUNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)

PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR

EXPEDIENTE:

SRE-PSC-41/2022

PROMOVENTE:

DATO PROTEGIDO [1]

PARTE INVOLUCRADA:

J.G.H. MORALES Y OTRAS PERSONAS

MAGISTRADO PONENTE:

LUIS ESPÍNDOLA MORALES

SECRETARIAS:

C.E.S.E.Y.A.O.D.

COLABORÓ:

ALFONSO BRAVO DÍAZ

Ciudad de México, a siete de abril de dos mil veintidós.

SENTENCIA de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que determina la existencia de las conductas atribuidas a J.G.H.M., M.D.H.C., E.L.M. y Aarón Vea Rea por la publicación y difusión de diversas publicaciones con contenido que actualiza violencia política contra las mujeres por razón de género contra DATO PROTEGIDO.

GLOSARIO

Autoridad instructora o UTCE:

Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral.

Constitución:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Convención Americana:

Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Convención Belém do Pará:

Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.

Convención sobre la Eliminación

de Discriminación:

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

Comité de Naciones Unidas:

Comité de Naciones Unidas para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

Comisión de Quejas y Denuncias:

Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral.

INE:

Instituto Nacional Electoral.

/Irapuatoaltanto/:

https://www.facebook.com/Irapuatoaltanto.

/periodistagerardohernandez/:

https://www.facebook.com/periodistagerardohernandez

/gerardopublicidad/:

https://www.facebook.com/gerardopublicidad.

Ley Electoral:

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Ley General de Acceso:

Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

D., excandidata o quejosa:

DATO PROTEGIDO, excandidata del Partido Acción Nacional a la diputación federal por el DATO PROTEGIDO en DATO PROTEGIDO, DATO PROTEGIDO.

PAN:

Partido Acción Nacional.

G.H.:

J.G.H.M..

Partes involucradas:

  • J.G.H.M..
  • E.L.M..
  • A.V.R..
  • M.D.H.C..

Protocolo para juzgar con perspectiva de género:

Protocolo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para juzgar con perspectiva de género, edición 2020.

Protocolo de Violencia Política:

Protocolo para Atender la Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género, emitido por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y otras autoridades, edición 2017.

Red social Facebook, red social o Facebook:

Red social Facebook.

Sala Especializada:

Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Suprema Corte:

Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Sala Superior:

Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

SAT:

Servicio de Administración Tributaria.

Unidad Especializada:

Unidad Especializada para la Integración de los Expedientes de los Procedimientos Especiales Sancionadores de esta Sala Regional.

VPMrG:

Violencia política contra las mujeres por razón de género.

ANTECEDENTES

I. Proceso electoral federal

  1. 1. Proceso electoral federal 2020-2021. El veintiséis de agosto de dos mil veinte, el Consejo General del INE aprobó el acuerdo INE/CG218/2020[2], relativo al plan integral y calendario del proceso electoral federal 2020-2021[3], entre las que destacan:

Inicio del proceso

Periodo de precampaña

Periodo de intercampaña

Periodo de campaña

Jornada electoral

7 de septiembre de 2020

23 de diciembre de 2020 al 31 de enero

1 de febrero de 2020 al 3 de abril

4 de abril de 2020 al 2 de junio

6 de junio

II. Sustanciación del procedimiento especial sancionador

  1. 1. Escrito de queja[4]. El trece de mayo, mediante correo electrónico, la denunciante presentó queja ante la UTCE, por la que denunció a G.H. y a quien resultara responsable, por la divulgación de propaganda[5] que presuntamente actualiza VPMrG en su perjuicio.

  1. 2. Registro, admisión, reserva de emplazamiento y requerimientos. El catorce de mayo, la UTCE registró el expediente[6], admitió la queja, reservó proveer sobre el emplazamiento y ordenó realizar los requerimientos que consideró pertinentes para la integración del expediente.

  1. 3. Medidas cautelares. El diecisiete de ese mes, mediante el acuerdo DATO PROTEGIDO [7], la Comisión de Quejas y Denuncias determinó la procedencia de las...

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