Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JLI-0013-2022), 2022
Número de expediente | SCM-JLI-0013-2022 |
Fecha | 01 Abril 2022 |
Tribunal de Origen | INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL |
Tipo de proceso | Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral |
Emisor | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México) |
JUICIO PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES DE LOS SERVIDORES (Y PERSONAS SERVIDORAS) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
ELIMINADO. Fundamento Legal: Art. 116 de la LGTAIP. Datos personales que hacen a una persona física identificada o identificable
PERLA BERENICE BARRALES ALCALÁ
Ciudad de México, a 1º (primero) de abril de 2022 (dos mil veintidós)[1].
La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal, en sesión privada reconoce la relación laboral existente entre la parte actora al Instituto Nacional Electoral, le condena a reinstalarla y al pago de algunas prestaciones, pero le absuelve de otras, con base en lo siguiente.
INDÍCE
GLOSARIO
ANTECEDENTES
RAZONES Y FUNDAMENTOS
PRIMERA. Jurisdicción y competencia.
SEGUNDA. Régimen jurídico aplicable.
CUARTA. Requisitos de la demanda.
QUINTA. Acciones y pretensiones de la parte actora.
SEXTA. Excepciones y defensas del demandado.
SÉPTIMA. Pruebas admitidas y desahogadas
OCTAVA. Determinación de la controversia y estudio de fondo
8.1 Controversia
8.2 Naturaleza de la relación jurídica entre la parte actora y el INE
8.3 Temporalidad y continuidad de la relación laboral
8.4 Terminación de la relación laboral
8.5 Prestaciones reclamadas
8.5.1. Reinstalación y salarios vencidos -caídos-
8.5.3 Aguinaldo
8.5.4. Pago de horas extras
8.5.6. Prestaciones previstas en el Manual
8.5.7 Aportaciones al ISSSTE y FOVISSSTE
8.5.8 Entrega de una constancia laboral
NOVENA. Efectos de la sentencia
RESUELVE
Comprobante Fiscal Digital por Internet |
|
Estatuto |
Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y del Personal de la Rama Administrativa del Instituto Nacional Electoral |
FOVISSSTE |
Fondo para la Vivienda del ISSSTE
|
INE o demandado |
Instituto Nacional Electoral
|
ISSSTE |
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado |
Juicio Laboral |
Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores (y personas servidoras) del Instituto Nacional Electoral |
Junta Distrital |
04 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México |
Ley de Medios |
Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral |
LFTSE |
Ley Federal de los Trabajadores (y Personas Trabajadoras) al Servicio del Estado |
Lineamientos |
Lineamientos para la celebración de la audiencia prevista en el artículo 101 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, por videoconferencia aprobados por acuerdo general del pleno de esta Sala Regional el 25 (veinticinco) de enero |
MAC |
Módulo de Atención Ciudadana número 090451 |
Manual |
Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Humanos del Instituto Nacional Electoral |
OET u Persona Operadora |
Operadora de Equipo Tecnológico |
Registro Federal Electoral |
Registro Federal de Electores (y personas electoras) |
Reglamento |
Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación |
SIIRFE |
Sistema Integral de Información del Registro Federal de Electores (y Personas Electoras) |
Suprema Corte o SCJN |
Suprema Corte de Justicia de la Nación |
1. Relación jurídica
1.1. Inicio. La parte actora señala que comenzó a prestar sus servicios para el INE, a partir del 1° (primero) de marzo de 2014 (dos mil catorce) como Persona Operadora adscrita a la Junta Distrital y laborando físicamente en el MAC.
1.2. Terminación. La parte actora manifiesta que el 3 (tres) de enero a través del vocal del Registro Federal Electoral de la Junta Distrital, fue informada que ya no estaba contemplada para la plantilla laboral para este año, es decir, que a partir de ese momento dejaba de trabajar ahí.
2. Juicio Laboral
2.1. Demanda. El 10 (diez) de enero, la parte actora junto con diversas personas presentaron Juicio Laboral contra el INE, demandando por lo consideran un despido injustificado como OET adscritas a la Junta Distrital, así como el pago de diversas prestaciones; demanda con la que se integró el expediente SCM-JLI-8-2022.
2.2. Acuerdo de escisión. Mediante acuerdo plenario de 19 (diecinueve) de enero, esta Sala Regional escindió dicha demanda, a efecto de que fueran integrados los medios de impugnación que correspondieran por cada persona actora de manera individual.
2.3 Turno. Con la demanda de la parte actora se integró el expediente SCM-JLI-13/2021 que fue turnado a la ponencia a cargo de la magistrada M.G.S.R..
2.4. Recepción, admisión y emplazamiento. El 21 (veintiuno) de enero, la magistrada recibió dicho expediente, admitió la demanda, y emplazó a juicio al INE.
...
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