Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JLI-0015-2022), 2022
Número de expediente | SCM-JLI-0015-2022 |
Fecha | 30 Marzo 2022 |
Tribunal de Origen | INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL |
Tipo de proceso | Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral |
Emisor | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México) |
VERSIÓN PÚBLICA, RESOLUCIÓN EXPEDIENTE SCM-JLI-15/2022
Fecha de clasificación: 30 de marzo de 2022.
Unidad Administrativa: Secretaría General de Acuerdos de la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Clasificación de información: Confidencial por contener datos personales o elementos y/o situaciones sensibles.
Periodo de clasificación: Sin temporalidad por ser confidencial.
Fundamento Legal: Artículos 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 113, fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y Trigésimo Octavo de los Lineamientos generales en materia de clasificación y desclasificación de la información, así como para la elaboración de versiones públicas.
Descripción de la información eliminada |
|||
Clasificada como: |
Información eliminada |
Foja (s) |
|
Confidencial |
Nombre de la parte actora |
2 |
|
Rúbrica de la titular de la unidad responsable:
Laura Tetetla Román
Secretaria General de Acuerdos
JUICIO PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES DE LOS SERVIDORES (Y PERSONAS SERVIDORAS) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
ELIMINADO. Fundamento Legal: Art. 116 de la LGTAIP. Datos personales que hacen a una persona física identificada o identificable
D.Á.S.[1]
Ciudad de México, a 30 (treinta) de marzo de 2022 (dos mil veintidós)[2].
La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal, en sesión privada reconoce la relación laboral existente entre la parte actora al Instituto Nacional Electoral, le condena a reinstalarla y al pago, pero le absuelve de otras.
ÍNDICE
G L O S A R I O
A N T E C E D E N T E S
R A Z O N E S Y F U N D A M E N T O S
PRIMERA. Jurisdicción y competencia
SEGUNDA. Régimen jurídico aplicable.
TERCERA. Ampliación de la demanda
CUARTA. Requisitos de procedencia del Juicio Laboral
QUINTA. Acciones y pretensiones de la parte actora
SEXTA. Excepciones y defensas del demandado
SÉPTIMA. Pruebas admitidas y desahogadas
7.1. De la parte actora
7.2. Del demandado
OCTAVA. Determinación de la controversia y estudio de fondo
8.1 Controversia
8.2 Naturaleza de la relación jurídica entre la parte actora y el INE
8.3 Temporalidad y continuidad de la relación laboral
8.4. Terminación de la relación laboral
8.5. Prestaciones reclamadas
8.5.1. Reinstalación y salarios vencidos -caídos-
8.5.2. Vacaciones y prima vacacional
8.5.3. Aguinaldo
8.5.4. Pago de horas extras
8.5.6. Prestaciones previstas en el Manual
8.5.7. Aportaciones al ISSSTE y FOVISSSTE
8.5.8. Entrega de una constancia laboral
NOVENA. Efectos de la sentencia
RESUELVE
G L O S A R I O
Comprobante Fiscal Digital por Internet |
|
Estatuto |
Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y del Personal de la Rama Administrativa del Instituto Nacional Electoral |
FOVISSSTE |
Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado |
INE o demandado |
Instituto Nacional Electoral |
ISSSTE |
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado |
Juicio Laboral |
Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores (y personas servidoras) del Instituto Nacional Electoral |
Junta Distrital |
04 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México |
Ley de Medios |
Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral |
Ley del Trabajo |
|
LFTSE |
Ley Federal de los Trabajadores (y personas trabajadoras) al Servicio del Estado |
Lineamientos |
Lineamientos para la celebración de la audiencia prevista en el artículo 101 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, por videoconferencia aprobados por acuerdo general del pleno de esta Sala Regional el 25 (veinticinco) de enero |
MAC |
Módulo de Atención Ciudadana número 090451 ubicado en la Avenida M.S. número 6 BIS, Barrio San Lorenzo Tezonco, Alcaldía Iztapalapa en la Ciudad de México |
Manual |
Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Humanos del Instituto Nacional Electoral |
OET o Persona Operadora |
Operador de Equipo Tecnológico |
Registro Federal Electoral |
Registro Federal de Electores (y Personas Electoras) |
Reglamento |
Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación |
SIIRFE |
Sistema Integral de Información del Registro Federal de Electores (y... |
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba