Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JLI-0007-2022), 2022
Fecha | 03 Marzo 2022 |
Número de expediente | SCM-JLI-0007-2022 |
Tribunal de Origen | INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL |
Tipo de proceso | Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral |
Emisor | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México) |
VERSIÓN PÚBLICA, RESOLUCIÓN EXPEDIENTE SCM-JLI-7/2022
Fecha de clasificación: 3 de marzo de 2022.
Unidad Administrativa: Secretaría General de Acuerdos de la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Clasificación de información: Confidencial por contener datos personales o elementos y/o situaciones sensibles.
Periodo de clasificación: Sin temporalidad por ser confidencial.
Fundamento Legal: Artículos 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 113, fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y Trigésimo Octavo de los Lineamientos generales en materia de clasificación y desclasificación de la información, así como para la elaboración de versiones públicas.
Descripción de la información eliminada |
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Clasificada como: |
Información eliminada |
Foja (s) |
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Confidencial |
Nombre de la parte actora |
2, 3, 4, 12, 13, 14, 16, 20, 22, 23, 24, 26, 28, 29, 30, 35, 38, 39, 44, 62, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 76, 79 y 84 |
|
Rúbrica de la titular de la unidad responsable:
Laura Tetetla Román
Secretaria General de Acuerdos
JUICIO PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES DE [LAS Y] LOS SERVIDORES DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
EXPEDIENTE: SCM-JLI-7/2022
PARTE ACTORA: Eliminado. Fundamento Legal: Art. 116 de la LGTAIP. Datos personales que hacen a una persona física identificada o identificable
DEMANDADO: INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
MAGISTRADO: H.R.B.
SECRETARIA: P.P. BRAVO LANZ[1]
Ciudad de México, a tres de marzo de dos mil veintidós[2].
La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión privada de esta fecha, resuelve el juicio laboral identificado al rubro, en el sentido de reconocer la relación laboral existente entre las partes, ordenar la reinstalación de la parte actora, condenar al referido Instituto al pago de diversas prestaciones, y absolverlo en otras, con base en las siguientes consideraciones.
CONTENIDO
GLOSARIO ……..……………….………….………………………………………... 2
ANTECEDENTES ……….……….....………..……………………………………… 3
RAZONES Y FUNDAMENTOS
PRIMERO. Jurisdicción y competencia. …….….………………………………..… 5
SEGUNDO. Régimen jurídico aplicable. …………………...….……………………6
TERCERO. Ampliación de demanda …………...…………..…………………...… 6
CUARTO. Procedencia……………….……………………….…….………………...8
QUINTO. Contexto……………..………………..……………….………………..… 10
SEXTO. Estudio de fondo ……………………………………………………………17
SÉPTIMO. Sentido de la sentencia y efectos………………………………………83
RESOLUTIVOS ..…………………………………..………………………………… 84
G L O S A R I O
Estatuto |
Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y de la Rama Administrativa aprobado mediante sesión ordinaria del Consejo General del Instituto Nacional Electoral el ocho de julio de dos mil veinte mediante acuerdo INE/CG/162/2020 y adicionado por diverso acuerdo del Consejo General INE/CG23/2022 |
FOVISSSTE |
Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de (las y) los Trabajadores del Estado |
Juicio laboral |
Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de las y los servidores públicos del Instituto Nacional Electoral |
Junta Distrital |
03 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México |
Instituto, INE o Demandado |
Instituto Nacional Electoral |
ISSSTE |
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores (y Trabajadoras) del Estado |
Ley de Medios |
Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral |
Ley Electoral |
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MAC o Módulo |
Módulo de Atención Ciudadana número 090351 |
Manual |
Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Humanos del Instituto Nacional Electoral |
Parte actora o Personas accionantes |
Eliminado. Fundamento Legal: Art. 116 de la LGTAIP. Datos personales que hacen a una persona física identificada o identificable |
Reglamento |
Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación |
Sala Superior |
Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación |
SAR |
Sistema de Ahorro para el Retiro |
SIIRFE |
Sistema Integral de Información del Registro Federal de Electores (y Electoras) |
Suprema Corte o SCJN |
Suprema Corte de Justicia de la Nación |
Vocal del Registro |
Vocal del Registro Federal de Electores (y Personas Electoras) de la 03 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México |
Vocalía Ejecutiva |
Vocalía Ejecutiva de la 03 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México |
ANTECEDENTES
De las constancias que integran el expediente, y de los hechos narrados por la Parte actora en su demanda, se advierten los elementos siguientes:
I. Relación jurídica
1. Contratación. Las Personas accionantes afirman haber sido contratadas a partir de la fecha y último cargo siguientes:
No |
Nombre |
Fecha |
Cargo |
1. |
Eliminado. Fundamento Legal: Art. 116 de la LGTAIP. Datos personales que hacen a una persona física identificada o identificable |
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2. |
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3. |
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4. |
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5. |
2. Rescisión. La Parte actora manifestó en su demanda que el tres de enero el Vocal del Registro, le notificó la terminación de su contrato, sin justificación alguna.
II. Juicio laboral.
- Demanda. El diez de enero, la Parte actora presentó demanda de juicio laboral, a fin de controvertir esa determinación.
- Turno. Mediante acuerdo de esa fecha, el Magistrado presidente ordenó integrar el expediente SCM-JLI-7/2022, y turnarlo a la ponencia a su cargo para la instrucción y, en su momento, presentación del proyecto de sentencia.
- Radicación y admisión. Por acuerdo de diecisiete de enero siguiente el Magistrado Instructor...
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