Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JDC-2331-2021), 2021

Fecha04 Marzo 2022
Número de expedienteSCM-JDC-2331-2021
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DE LA CIUDADANÍA

EXPEDIENTE: SCM-JDC-2331/2021

ACTOR: J.O.R.V.

AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

MAGISTRADO: J.L.C.D.

SECRETARIO: OMAR ENRIQUE ALBERTO HINOJOSA OCHOA

Ciudad de México, a cuatro de marzo de dos mil veintidós.

La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal, con sede en la Ciudad de México, en sesión pública de esta fecha, modifica y revoca parcialmente la resolución emitida por el Tribunal Electoral de la Ciudad de México en el procedimiento especial sancionador identificado con la clave TECDMX-PES-200/2021, con base en lo siguiente.

Í N D I C E

G L O S A R I O

A N T E C E D E N T E S

R A Z O N E S Y F U N D A M E N T O S

PRIMERO. Jurisdicción y competencia.

SEGUNDO. Requisitos de procedibilidad.

TERCERO. Cuestión previa.

CUARTO. Contexto de la impugnación.

QUINTO. Estudio de fondo.

SEXTO. Efectos de la sentencia

R E S U E L V E

G L O S A R I O

Acto impugnado, sentencia o resolución impugnada

La dictada por el Tribunal Electoral de la Ciudad de México, el diez de noviembre, en el expediente del procedimiento especial sancionador identificado con la clave TECDMX-PES-200/2021.

Actor, promovente, enjuiciante, parte actora, denunciado

J.O.R.V.

Alcaldía

Alcaldía de Tláhuac en la Ciudad de México

Autoridad responsable, Tribunal local o Tribunal responsable

Tribunal Electoral de la Ciudad de México

Catálogo

Catálogo de Personas Sancionadas por el Tribunal Electoral de la Ciudad de México

Código local.

Código de Institutores y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México.

Constitución

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Instituto local o IECM

Instituto Electoral de la Ciudad de México

Juicio de la Ciudadanía

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano

Ley de Medios

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Ley Procesal

Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México

PAN

Partido Acción Nacional

PRD

Partido de la Revolución Democrática

PRI

Partido Revolucionario Institucional

PES

Procedimiento especial sancionador

PT

Partido del Trabajo

Sala Regional

Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal, con sede en la Ciudad de México

Sala Superior

Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

SCJN

Suprema Corte de Justicia de la Nación

Tribunal Electoral

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

A N T E C E D E N T E S

De lo narrado en la demanda, de los hechos notorios para esta Sala Regional y de las constancias de autos, se advierte lo siguiente:

I.Q. y sustanciación. El uno de junio de dos mil veintiuno[1], el PAN, por conducto de su representante suplente ante el Consejo General del Instituto local, presentó vía correo electrónico una queja a fin de denunciar a diversos partidos políticos y sus candidaturas, entre estos al actor, otrora candidato a la diputación local del distrito 07 del Congreso de la Ciudad de México, postulado por la candidatura común entre MORENA y el PT, por la presunta indebida colocación de propaganda electoral en la Alcaldía, la cual, se aduce, fue sobrepuesta respecto de la previamente colocada, obstruyendo la alusiva a E.A.E., candidato por el mismo cargo, postulado en común por los institutos políticos PAN, PRI y PRD.

Una vez sustanciado el procedimiento especial sancionador, el IECM remitió el expediente al Tribunal responsable, el cual quedó radicado con clave TECDMX-PES-200/2021, del índice del referido órgano jurisdiccional local.

II. Acto impugnado. El diez de noviembre, el Tribunal local emitió la resolución impugnada en la que, entre otras cuestiones, determinó la existencia de la infracción denunciada contra el actor, sancionándolo con una amonestación y ordenando su inscripción en el Catálogo.

III. Juicio de la ciudadanía.

1. Demanda. Inconforme con la resolución impugnada, el dieciséis de noviembre, el enjuiciante presentó demanda de juicio de la ciudadanía ante el Tribunal local, el cual remitió las constancias respectivas a esta Sala Regional.

2. Recepción y turno. Una vez recibidas las constancias respectivas en esta Sala Regional, el Magistrado Presidente de este órgano jurisdiccional acordó integrar el juicio de la ciudadanía con clave SCM-JDC-2331/2021 y turnarlo a la Ponencia del Magistrado J.L.C.D., para los efectos establecidos en el artículo 19, de la Ley de Medios.

3. Instrucción. En su oportunidad, el Magistrado instructor, mediante sendos acuerdos, ordenó radicar en la ponencia a su cargo el expediente indicado al rubro; admitir a trámite la demanda y, al no existir diligencia alguna pendiente de desahogar declaró cerrada la instrucción.

R A Z O N E S Y F U N D A M E N T O S PRIMERO. Jurisdicción y competencia.

Esta Sala Regional es formalmente competente para conocer y resolver el presente medio de impugnación, al ser un juicio promovido por un ciudadano, para controvertir la resolución del Tribunal local en la que, entre otras cuestiones, determinó la existencia de la indebida colocación de propaganda electoral, que benefició al actor, en su calidad de entonces...

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