Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JDC-2288-2021), 2021

Número de expedienteSCM-JDC-2288-2021
Fecha13 Diciembre 2021
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MORELOS
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DE LA CIUDADANÍA

EXPEDIENTE: SCM-JDC-2288/2021

ACTOR: E.. Fundamento Legal: Art. 116 de la LGTAIP. Datos personales que hacen a una persona física identificada o identificable.

AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MORELOS

MAGISTRADO: J.L.C.D.

SECRETARIA: BEATRIZ MEJÍA RUÍZ

Ciudad de México, a trece de diciembre de dos mil veintiuno[1].

La S. Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal, con sede en la Ciudad de México en sesión pública de esta fecha resuelve modificar la sentencia TEEM/JDC/1505/2021-3 y sus acumulados emitida por el Tribunal Electoral del estado de M., con base en lo siguiente:

Índice

GLOSARIO

A N T E C E D E N T E S...................................4

R A Z O N E S Y F U N D A M E N T O S......................9

PRIMERA. Jurisdicción y Competencia........................9

SEGUNDA. Perspectiva Intercultural.........................10

TERCERA. C. de Improcedencia......................11

CUARTA. Requisitos de procedencia........................14

QUINTA. Contexto de la controversia 15

SEXTA. Estudio de fondo.................................33

Efectos..............................................97

R E S U E L V E.........................................98

GLOSARIO

Actor, parte actora o promovente

E.. Fundamento Legal: Art. 116 de la LGTAIP. Datos personales que hacen a una persona física identificada o identificable.

Acto o sentencia impugnada

Sentencia emitida por el Tribunal Electoral del estado de M., el día cuatro de septiembre en los autos del juicio TEEM/JDC/1520/2021-3 y acumulados, por el que resolvió revocar parcialmente el acuerdo IMPEPAC/CEE/387/2021, relativo a la asignación de regidurías en el Municipio de Zacualpan de Amilpas M.

Acuerdo de asignación de regidurías

Acuerdo IMPEPAC/CEE/387/2021, por el que se emite la declaración de validez y calificación de la elección, respecto del cómputo total y la asignación de regidurías en el Municipio de Zacualpan de Amilpas, M.; así como la entrega de las constancias de asignación respectivas.

Acuerdo de registro de RSP

Acuerdo IMPEPAC/CME-64/2021

, por el cual el diez de abril el Consejo Municipal Electoral del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana, resolvió lo relativo a la solicitud de registro presentada por el partido político Redes Sociales Progresistas, para postular a candidatas y candidatos a Presidentes Municipal y S. propietarios y suplentes, así como la lista de regidurías propietarios y suplentes.

Autoridad responsable

o Tribunal local

Tribunal Electoral del estado de M.

Ayuntamiento o Municipio

Ayuntamiento de Zacualpan de Amilpas, M.

Código local

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el estado de M.

Constitución Federal

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Constitución Local

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de M.

Convenio de Alternancia

Convenio de Alternancia del Ayuntamiento y las localidades que conforman el Municipio de Zacualpan de Amilpas, aprobado en sesión de cabildo del trece de abril de dos mil veinte y publicado en el periódico oficial del estado de M. el tres de mayo de dos mil veinte.

IMPEPAC o Instituto local

Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana

Juicio federal

Juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía previsto en el artículo 79 de la Ley de Medios

Juicio local

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano previsto en el artículo 337 inciso d) del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el estado de M. con número de expediente TEEM/JDC/1505/2021-3 y acumulados

Ley de Medios

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

L. de grupos vulnerables

L. para el registro y asignación de personas de la comunidad “LGBTIQ +”, personas con discapacidad, afrodescendientes, jóvenes, adultas y adultos mayores, para participar en el proceso electoral 2020-2021 en el que se elegirán Diputaciones Locales al Congreso el Estado e integrantes de los Ayuntamientos, en cumplimiento a la Sentencia TEEM/JDC/26/2021-3 y su acumulado TEEM/JDC/27/2021-3, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de M.. (Acuerdo IMPEPAC/CEE/128/2021) emitido el cinco de marzo de dos mil veintiuno.

L. indígenas

L. para el registro y asignación de candidaturas indígenas que participarán en el proceso electoral 2020-2021 en el que se elegirán Diputaciones Locales al Congreso del Estado e integrantes de los Ayuntamientos, en cumplimiento a la Sentencia SCM-JDC-88/2020 y sus acumulados, dictada por la S. Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. (Acuerdo IMPEPAC/CEE/264/2020) emitido el 16 dieciséis de noviembre de 2020 dos mil veinte

L. de paridad

L. para aplicar el principio de paridad en el registro de candidaturas para el proceso electoral local ordinario 2020-2021, en el que se elegirán Diputaciones Locales al Congreso del Estado e Integrantes de los Ayuntamientos. (Acuerdo IMPEPAC/CEE/313/2020) emitido el 14 catorce de diciembre de 2020 dos mil veinte

RSP

Partido Político Redes Sociales Progresistas

S. Regional

S. Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal

S. Superior

S. Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

De la narración de hechos que la parte actora hace en su demanda, así como de las constancias que obran en el expediente, se advierten los siguientes:

ANTECEDENTES

I. Cuestiones previas a la sentencia impugnada.

1. Convenio de Alternancia. El día tres de mayo del año dos mil, se publicó en el periódico oficial “Tierra y Libertad” 6ª. Época, número 4048[2], el convenio celebrado entre las comunidades de Zacualpan...

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