Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SRE-PSC-0072-2021), 2021
Número de expediente | SRE-PSC-0072-2021 |
Fecha | 27 Mayo 2021 |
Tribunal de Origen | UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL |
Tipo de proceso | Procedimiento especial sancionador del Órgano Central del Instituto Nacional Electoral |
Emisor | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México) |
PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR
EXPEDIENTE: SRE-PSC-72/2021
DENUNCIANTES: INDIRA VIZCAÍNO SILVA Y OTRO
DENUNCIADOS: L.A.M.S. Y OTRO
MAGISTRADO PONENTE: R.J.L. PATRÓN
SECRETARIO: J.O.L.P.
COLABORÓ: ROSA MARÍA JOSÉ MIGUEL |
SUMARIO DE LA DECISIÓN
SENTENCIA por la que se determina la inexistencia de las infracciones atribuidas a L.A.M.S. y al partido político Movimiento Ciudadano, relativas al uso indebido de la pauta, calumnia y violencia política contra las mujeres por razón de género, lo anterior, derivado de la difusión del promocional denominado “TIRO DIRECTO COLIMA” el cual fue difundido a través de radio y televisión, así como en redes sociales.
GLOSARIO
GLOSARIO |
|
CEDAW |
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer |
Dirección de Prerrogativas |
Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral. |
Ley Modelo |
Ley Modelo Interamericana sobre Violencia Política contra las Mujeres |
S. Especializada |
S. Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. |
S. Superior |
S. Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. |
Suprema Corte |
Suprema Corte de Justicia de la Nación. |
INE |
Instituto Nacional Electoral. |
Autoridad instructora |
Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral. |
S E N T E N C I A
Que dicta la S. Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en la Ciudad de México el veintisiete de mayo de dos mil veintiuno[1].
V I S T O S los autos correspondientes al procedimiento especial sancionador de órgano central del INE, registrado con la clave SRE-PSC-72/2021, integrado con motivo de los escritos de queja presentados por I.V.S. y MORENA en contra del partido político Movimiento Ciudadano, así como de L.A.M.S. y
R E S U L T A N D O
- Antecedentes
- Proceso electoral federal 2020-2021. El veintiséis de agosto de dos mil veinte, el Consejo General del INE aprobó el acuerdo INE/CG218/2020[2], relativo al plan integral y calendario del proceso electoral federal 2020-2021, en el que destacan las siguientes fechas:
Inicio del Proceso |
Periodo de Precampaña |
Periodo de Intercampaña |
Periodo de Campaña |
Jornada Electoral |
7 de septiembre de 2020 |
23 de diciembre de 2020 al 31 de enero |
1 de febrero al 3 de abril |
4 de abril al 2 de junio |
6 de junio |
- Proceso electoral en Colima 2020-2021. El trece de octubre de dos mil veinte, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima emitió el acuerdo IEE/CG/A068/2020 por el que aprobó el calendario oficial para el proceso electoral local 2020-2021, entre otras fechas:
Inicio del proceso |
Periodo de precampaña |
Periodo de intercampaña |
Periodo de campaña |
Jornada electoral |
|
14 de octubre de 2020 |
Gubernatura |
10 de diciembre de 2020 al 8 de enero |
9 de enero al 4 de marzo |
5 de marzo al 2 de junio |
6 de junio |
Diputaciones y Ayuntamientos |
20 de diciembre de 2020 al 8 de enero |
9 de enero al 4 de abril |
5 de abril al 2 de junio |
- Queja. El veintiuno de abril, I.V.S. candidata a la Gubernatura en el Estado de Colima, por conducto de su apoderado legal, denunció al partido político Movimiento Ciudadano, así como a L.A.M.S., en su calidad de candidato a la Gubernatura en el Estado de Colima, por la difusión del promocional denominado “TIRO DIRECTO COLIMA” en su versión de radio y televisión[3], lo anterior, al considerar que el contenido y mensaje del referido spot incluye frases y expresiones que constituyen violencia política contra las mujeres por razón de género y calumnia, actualizándose así un uso indebido de la pauta.
- Aunado a lo anterior, la promovente solicitó el otorgamiento de medidas cautelares.
- Radicación, admisión, reserva de emplazamiento y diligencias de investigación. El veintidós de abril, se registró la queja con la clave UT/SCG/PE/IVS/JL/COL/133/PEF/149/2021, se admitió a trámite y se reservó lo referente al emplazamiento a las partes involucradas al tener pendientes diligencias de investigación relacionadas con los hechos denunciados.
- Medidas cautelares. El veintitrés de abril, mediante acuerdo ACQyD-INE-73/2021 la Comisión de Quejas y Denuncias del INE determinó la improcedencia de las medidas cautelares, al considerar bajo la apariencia del buen derecho lo siguiente:
- No se advierte, de manera evidente que se trate de actos basados en elementos de género, sino que, aparentemente, se está en presencia de expresiones y frases mediante las cuales se critica la trayectoria pública de la denunciante.
- No se aprecia que el promocional objeto de este estudio y en particular la frase o expresión denunciada, contenga actos indicativos de que la intención de los denunciados fue menoscabar a la denunciante por ser mujer o de generar una situación de violencia, vulnerabilidad, poder o desventaja basada en cuestiones de género que hayan afectado los derechos de la denunciante o que afecten su candidatura a la gubernatura del estado de Colima.
- Se advierte que se trata de una posible crítica severa dirigida a quienes desempeñan o han desempeñado responsabilidades públicas.
- Se destaca que I.V.S., es una política mexicana, que ha sido diputada federal y presidenta municipal, entre otros cargos públicos, actualmente es candidata a la gubernatura de Colima, por lo que su umbral de tolerancia a la crítica debe ser mayor que el de una persona privada.
- Recurso de revisión del procedimiento especial sancionador. El tres de mayo, la S. Superior determinó en el recurso de revisión del procedimiento especial sancionador SUP-REP-166/2021 desechar la denuncia presentada en contra del acuerdo de medida cautelar antes referido,...
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