Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JDC-1870-2021), 2021
Número de expediente | SCM-JDC-1870-2021 |
Fecha | 26 Agosto 2021 |
Tipo de proceso | Juicio para la protección de los derechos jurídico electorales |
Tribunal de Origen | TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE GUERRERO |
Emisor | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México) |
EXPEDIENTES:
SCM-JDC-1870/2021 Y ACUMULADOS
PARTE ACTORA:
A.E.G. Y OTRAS PERSONAS
AUTORIDAD RESPONSABLE:
TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE GUERRERO
PARTES TERCERAS INTERESADAS: PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Y OTRAS PERSONAS
MAGISTRADO:
HÉCTOR ROMERO BOLAÑOS
SECRETARIADO: MONTSERRAT RAMÍREZ ORTIZ, N.A.C.H., G.R.G.Y.O.R.G.S.
COLABORÓ: BERENICE JAIMES RODRÍGUEZ
Ciudad de México, veintiséis de agosto de dos mil veintiuno[1].
La S. Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión pública de esta fecha, resuelve confirmar la resolución impugnada, con base en lo siguiente.
Índice
GLOSARIO
ANTECEDENTES
RAZONES Y FUNDAMENTOS
PRIMERO. Jurisdicción y competencia.
SEGUNDO. Acumulación.
TERCERO. Cuestión previa.
A....P. de género.
B. Perspectiva intercultural.
CUARTO. Partes terceras interesadas.
QUINTO. Causales de improcedencia hechas valer por las personas terceras interesadas.
SEXTO. Procedencia.
SÉPTIMO. Síntesis y controversia.
I.C. de la impugnación. Acuerdo de asignación.
II. Resolución impugnada.
III. Síntesis de agravios.
IV. Controversia.
OCTAVO. Estudio de fondo.
RESUELVE
GLOSARIO
Acuerdo de asignación o Acuerdo 204 |
Acuerdo por el que se realizó el cómputo estatal, se declaró la validez de la elección de diputaciones locales por el principio de representación proporcional y se asignaron las diputaciones por el citado principio, que corresponden a los partidos políticos, en el proceso electoral ordinario de gubernatura del estado, diputaciones locales y ayuntamientos 2020-2021
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Autoridad responsable, Tribunal responsable o Tribunal local
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Tribunal Electoral del Estado de G.
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Congreso local
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Congreso del Estado de G. |
Consejo General
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Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de G.
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Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
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Constitución local |
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de G.
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Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de G.
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Juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía previsto en los artículos 79 y 80 de la Ley General de Medios de Impugnación en Materia Electoral
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Juicio de Revisión Constitucional Electoral contemplado en el artículo 86 de la Ley General de Medios de Impugnación en Materia Electoral
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Ley electoral local |
Ley número 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de G.
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Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral
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Lineamientos |
Lineamientos para garantizar la integración paritaria del congreso del estado y ayuntamientos, en el proceso electoral ordinario de gubernatura del estado, diputaciones locales y ayuntamientos 2020-2021
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M. |
Partido Político M.
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Personas promoventes
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A.E.G. (SCM-JDC-1870/2021), J.E.V.A. (SCM-JDC-1871/2021), J.I.A.H.(.SCM-JDC-1873/2021), A.M.N. (SCM-JDC-1874/2021), C.L.P.(.SCM-JDC-1876/2021), M.A. de la Mora Torreblanca (SCM-JDC-1877/2021), Victoria Escúen Ávila (SCM-JDC-1878/2021) y Y.H.J. (SCM-JDC-1953/2021)
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Mayoría relativa o MR |
Principio de mayoría relativa
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Representación proporcional o RP
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Principio de representación proporcional
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PAN |
Partido Acción Nacional
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PRD |
Partido de la Revolución Democrática
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PRI
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Partido Revolucionario Institucional |
PVEM |
Partido Verde Ecologista de México
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Resolución impugnada, sentencia impugnada o resolución controvertida |
Resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de G. en el juicio de inconformidad TEE/JIN/042/2021 y sus acumulados |
De lo narrado en los escritos de demanda por las personas promoventes y los partidos actores, así como de las constancias que integran los expedientes en que se actúa, se desprenden los siguientes:
ANTECEDENTES
I. Proceso electoral local.
a. Inicio. El nueve de septiembre de dos mil veinte, dio inicio el proceso electoral en el estado de G., para renovar la Gubernatura, Diputaciones y Ayuntamientos de esa entidad.
b. Registros de candidaturas. En diversas fechas, el Instituto local aprobó el registro de las candidaturas de diputaciones de representación proporcional.
c. Jornada electoral. El seis de junio, se celebró la jornada electoral.
d. Asignación de diputaciones. El trece de junio, el Instituto local aprobó el Acuerdo 204, mediante el cual se llevó a cabo el cómputo estatal de la elección y la asignación de las diputaciones por...
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