Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SM-JDC-0828-2021), 2021
Fecha | 25 Agosto 2021 |
Número de expediente | SM-JDC-0828-2021 |
Tribunal de Origen | TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE GUANAJUATO |
Tipo de proceso | Juicio para la protección de los derechos jurídico electorales |
Emisor | Sala Regional Monterey (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTES: SM-JDC-828/2021 Y SU ACUMULADO SM-JDC-829/2021 ACTORES: L.G.B.P.Y.M.E.C. RESPONSABLE: TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE GUANAJUATO TERCERAS INTERESADAS: A.R. RÍOS Y FÁTIMA ARELLANO MIRELES MAGISTRADO PONENTE: YAIRSINIO D.G.O. SECRETARIO: J.A. DE LA PEÑA CONTRERAS COLABORÓ: NUBIA SELENE PUGA ZAPATA |
Monterrey, Nuevo León, a veinticinco de agosto de dos mil veintiuno.
Sentencia definitiva que confirma la resolución emitida por Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato, que a su vez confirmó, en lo que fue materia de impugnación, la asignación de regidurías realizada por el Consejo Municipal Electoral de Pénjamo, del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato; porque: a) Es ineficaz el planteamiento en el se que solicita la inaplicación del artículo 240, fracción III, párrafo segundo, de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato; b) Son ineficaces los agravios relativos a la omisión de realizar los ajustes correspondientes con base en la votación obtenida una vez llegada la fase de asignación el resto mayor, así como el referente a analizar y aplicar lo señalado en el recurso de reconsideración SUP-REC-112/2013, al ser cuestiones novedosas; y c) El Tribunal local, sí fundó y motivó su resolución, además de ser exhaustivo, al confirmar la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional.
ÍNDICE
GLOSARIO……………………………………………………………………………... |
1 |
1. ANTECEDENTES…………………………………………………………………... |
2 |
2. COMPETENCIA………………………………………………………………………. |
4 |
3. ACUMULACIÓN …………………………………………………………………… |
4 |
4. PROCEDENCIA………………………...…………………………………………... |
5 |
5. ESTUDIO DE FONDO ……………………………………………………………… |
5 |
5.1. Materia de la controversia ………………………………………………… |
5 |
5.2. Decisión……………………….……………………………………............... |
7 |
5.3. Justificación de la decisión……...…..………………………………………. |
8 |
6. RESOLUTIVOS ...……………………………………………………………............ |
22 |
GLOSARIO
Consejo Municipal Electoral de Pénjamo del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato
|
|
Ley Electoral local: |
Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato
|
Ley de Medios: |
Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral |
Lineamientos de paridad: |
Lineamientos para garantizar el cumplimiento del principio de paridad de género en la postulación y registro de candidaturas, así como en la integración del Congreso del estado y ayuntamientos, en el proceso electoral local ordinario 2020-2021.
|
PAN: |
Partido Acción Nacional |
PRI: |
Partido Revolucionario Institucional |
Tribunal local: |
Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato |
1. ANTECEDENTES DEL CASO
Las fechas corresponden al año dos mil veintiuno, salvo distinta precisión.
1.1. Inicio de proceso electoral local. El siete de septiembre de dos mil veinte, se declaró el inicio del proceso electoral 2020-2021, para la renovación de los cargos a diputaciones y ayuntamientos del Estado de Guanajuato.
1.2. Acuerdos[1] CGIEEG/099/2021 y CGIEEG/124/2021. El cuatro y siete de abril fueron emitidos por el Consejo General del Instituto Local dichos acuerdos por lo cuales se registraron las planillas de candidaturas propuestas por el PRI y MORENA, para la renovación del ayuntamiento de Pénjamo, Guanajuato.
1.3. Jornada electoral. El seis de junio, se llevó a cabo la jornada electoral para la elección de diputaciones del Congreso Local del Estado de Guanajuato por los principios de mayoría relativa y representación proporcional, así como Ayuntamientos.
1.4. Cómputo, declaración de validez y entrega de constancia. El nueve de junio, en sesión especial el Consejo Municipal se llevó acabo el cómputo para la renovación del Ayuntamiento de Pénjamo, Guanajuato; concluyendo el diez siguiente con la declaración de validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría a la fórmula de candidaturas ganadoras postuladas por el PAN.[2]
Resultados del cómputo para el Ayuntamiento-Pénjamo, Guanajuato |
|||
Posición |
Partido Político |
Votos |
Porcentaje |
1° |
|
16,517 |
36.89% |
2° |
|
12,603 |
28.15% |
3° |
|
5,919 |
13.22% |
4° |
|
4,509 |
10.07 % |
5° |
|
2,028 |
4.53% |
6° |
|
762 |
1.70% |
7° |
|
548 |
1.22% |
8° |
|
512 |
1.14% |
9° |
|
172 |
0.38% |
|
Candidaturas no registradas |
11 |
0.02% |
|
Votos nulos |
1,184 |
2, 64% |
|
TOTAL |
44, 765 |
100% |
Posteriormente llevo a cabo la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional[3] de la siguiente manera:
Partido |
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|
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