Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SM-JDC-0842-2021), 2021
Número de expediente | SM-JDC-0842-2021 |
Fecha | 25 Agosto 2021 |
Tribunal de Origen | TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS |
Tipo de proceso | Juicio para la protección de los derechos jurídico electorales |
Emisor | Sala Regional Monterey (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO
EXPEDIENTE: SM-JDC-842/2021
IMPUGNANTE: E.P.Q. ARCOS
RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS
TERCERO INTERESADO: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
MAGISTRADO PONENTE: ERNESTO CAMACHO OCHOA
SECRETARIADO: RUBÉN ARTURO MARROQUÍN MITRE Y MAGIN FERNANDO HINOJOSA OCHOA
Monterrey, Nuevo León, a 25 de agosto de 2021.
Sentencia de la S. Monterrey que confirma la sentencia del Tribunal de Tamaulipas que, a su vez, confirmó entre otras cuestiones, i. la validez de la elección para renovar el ayuntamiento de Llares, Tamaulipas, así como la entrega de la constancia de mayoría a la planilla postulada por el PAN, al considerar que no se actualizaban las causales de nulidad de votación recibida en diversas casillas, porque del análisis realizado, las pruebas aportadas por la impugnante no demostraban las irregularidades que argumentaba, además, los argumentos resultaban ineficaces para acreditar las causales alegadas, al tratarse de aspectos genéricos, además de que no se probó la existencia de actos de violencia generalizada hacía la impugnante y sus simpatizantes y que ello tuvo un impacto en la emisión de voto ciudadano; porque esta S. considera i. en cuanto a la validez de la elección, ciertamente, debe quedar firme la conclusión del Tribunal Local, en cuanto a que no se demostró que hubiesen acontecido hechos de violencia en perjuicio de la impugnante y que esto hubiese tenido un impacto en la emisión del voto ciudadano, aunado a que, el Tribunal Local no estaba obligado a requerir la carpeta de diversas denuncias que no fue solicitada, ii. quedar intocados los resultados, porque está indebidamente controvertido, y iii. en cuanto a la elegibilidad y entrega de constancias, debe quedar firme lo considerado al no haber sido materia de impugnación.
Índice
Glosario
Competencia y procedencia
Antecedentes
Estudio de fondo
Apartado preliminar. Materia de la controversia
Apartado I. Decisión general
1.1 Marco normativo del deber de analizar integralmente todos los hechos o circunstancias del asunto
2. Resolución impugnada y caso concreto
3. Valoración
Resuelve
Glosario
Ayuntamiento:
Consejo Municipal:
|
Ayuntamiento de L., Tamaulipas.
Consejo Municipal Electoral de L., Tamaulipas.
|
Ley de Medios de Impugnación: |
Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral. |
PAN: |
Partido Acción Nacional. |
Tribunal de Tamaulipas/ Local: |
Tribunal Estatal Electoral de Tamaulipas. |
Competencia y procedencia
1. Competencia. Esta S. Monterrey es competente para conocer y resolver el presente asunto, por tratarse de un juicio ciudadano contra una sentencia del Tribunal Local que, entre otras cuestiones, confirmó la validez y la entrega de la constancia de mayoría a la planilla postulada por el PAN en la elección para renovar el ayuntamiento de L., Tamaulipas, entidad federativa que se ubica dentro de la Segunda Circunscripción Electoral Plurinominal sobre la cual este Tribunal ejerce jurisdicción[1].
2. Requisitos Procesales. Esta S. Monterrey los tiene satisfechos, en los términos del acuerdo de admisión.
Antecedentes[2]
I.H. contextuales y origen de la presente controversia
1. El 9 de junio[3], el Consejo Municipal concluyó la sesión de cómputo de la elección para integrar el Ayuntamiento, en la que resultó ganadora la planilla postulada por el PAN, con los siguientes resultados:
TOTAL DE VOTOS POR CANDIDATO |
|
Partido Político o Coalición |
Número de Votos |
|
4,700 |
|
320 |
|
20 |
|
39 |
|
843 |
|
106 |
|
30 |
|
36 |
|
35 |
|
3,224
|
Candidatos no registrados |
1 |
Votos nulos |
396 |
Total |
9,750 |
II. Juicio ciudadano local
1. Inconforme, el 8 y 10 de junio, la impugnante a través de su representante presentó recursos locales a fin de controvertir el resultado de la elección, argumentando, entre otras cuestiones, que se actualizaba la nulidad de la votación recibida en casilla, así como la nulidad de la elección por la presunta existencia de irregularidades generalizadas.
2. El 9 de agosto, el Tribunal de Tamaulipas resolvió en los términos que se precisan al inicio del apartado siguiente, lo cual constituye la determinación impugnada en el presente juicio.
Estudio de fondoApartado preliminar. Materia de la controversia
1. En la sentencia impugnada, el Tribunal Local confirmó el cómputo y la entrega de la constancia de mayoría a la planilla postulada por el PAN en la elección municipal de L., Tamaulipas, así como la validez de las casillas impugnadas, bajo la consideración esencial de que: i. no se demostró la existencia de actos que constituyeran presión sobre el electorado, mi que se permitirá el voto a personas que no aparecían en el listado nominal ii. no se presentaron pruebas que demostraran que se impidió el voto de la ciudadanía, y iii. no existieron elementos que probaran la presunta compra indebida de cobertura informativa, por lo que no se actualizaba en ese sentido la nulidad de la elección.
2. Pretensión y planteamientos. La impugnante pretende que se revoque la resolución del Tribunal de Tamaulipas, porque, desde su perspectiva: i. durante la campaña existieron actos de violencia y amenazas hacía la impugnante y simpatizantes, ii. en diversas casillas se permitió el voto a personas que no aparecían en la lista nominal, iii. en distintas casillas existieron actos de presión en el electorado, iv. se impidió a la ciudadanía ejercer su voto en diversas casillas, v. el Tribunal Local debió requerir la carpeta de investigación relacionada con la denuncia que se presentó ante el ministerio público.
3. Cuestión a resolver. Determinar si: ¿si se acreditaron las irregularidades presuntamente acontecidas en diversas casillas? ¿la responsable debió requerir las denuncias presentadas por simpatizantes de la impugnante, que están relacionadas con irregularidades acontecidas previamente a la jornada electoral?
Apartado I. Decisión general
Esta...
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