Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SUP-JDC-0857-2021), 2021
Fecha | 19 Mayo 2021 |
Número de expediente | SUP-JDC-0857-2021 |
Tribunal de Origen | TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE GUERRERO |
Tipo de proceso | Juicio para la protección de los derechos jurídico electorales |
Emisor | Sala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO
EXPEDIENTE: SUP-JDC-857/2021
actor: ÁNGEL B.O.
AUTORIDAD responsable: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE GUERRERO
MAGISTRADO PONENTE: REYES RODRÍGUEZ MONDRAGÓN
SECRETARIADO: A.D.L.V., A.D.V.S.Y.J.G. casillas guevara
auxiliares: R.M.Z., P.H.G., DIANA ALICIA LÓPEZ VÁZQUEZ Y ÓSCAR MANUEL ROSADO PULIDO
Ciudad de México, a diecinueve de mayo de dos mil veintiuno[1]
Sentencia de la S. Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que confirma la resolución del Tribunal Electoral del Estado de G. que, a su vez, desechó la demanda del actor al considerar que la controversia quedó sin materia.
GLOSARIO
1. ANTECEDENTES
2. COMPETENCIA
3. JUSTIFICACIÓN PARA RESOLVER EN SESIÓN NO PRESENCIAL
4. PROCEDENCIA
5. ESTUDIO DE FONDO
6. RESOLUTIVO
GLOSARIO
CNHJ: |
Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA |
Constitución general: |
|
Juicio de la ciudadanía: |
Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano |
Ley de Medios: |
Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral |
S. Superior: |
S. Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación |
Tribunal local: |
Tribunal Electoral del Estado de G. |
1.1. Solicitud de candidatura. El veintisiete de febrero, el actor solicitó a la Comisión Nacional de Elecciones de MORENA, a través de correo electrónico, que se le otorgara la candidatura a gobernador del estado de G. mediante una acción afirmativa indígena.
1.2. Primer juicio electoral ciudadano local. El dos de marzo, el actor promovió una demanda en contra de la Comisión Nacional de Elecciones de MORENA, por la supuesta omisión de dar respuesta a la solicitud referida en el punto anterior. El juicio electoral ciudadano se radicó en el expediente TEE/JEC/022/2021.
El diecinueve siguiente, el Tribunal local determinó desechar el medio de impugnación al haber quedado sin materia. Según se expuso, el ocho de marzo la autoridad responsable había dado contestación a la solicitud del actor, por lo tanto, existió un cambio de situación jurídica que generó el desechamiento decretado[2].
1.3. Primer juicio de la ciudadanía federal. El veinte de marzo, el actor promovió un juicio de la ciudadanía en contra del Tribunal local por la determinación señalada en el párrafo anterior. El asunto se integró en el expediente SUP-JDC-386/2021.
1.4. Acuerdo de S. Superior. El treinta y uno de marzo, el pleno de la S. Superior declaró improcedente el juicio de la ciudadanía y ordenó el reencauzamiento de la demanda a la CNHJ para que, en un plazo de cinco días y en plenitud de atribuciones, resolviera lo conducente.
Lo anterior se sustentó en que, la causa de pedir del actor no se centraba en combatir la determinación del Tribunal local, sino en la negativa de su solicitud para ser registrado como candidato a la gubernatura del estado de G. por MORENA.
1.6. Segunda solicitud de resolución. El dieciocho de abril, el actor presentó escrito ante el Comité Ejecutivo Nacional de MORENA, en el que solicitó la resolución de su asunto o, en su caso, que se remitiera al Tribunal local, pues hasta esa fecha no tenia conocimiento del estado procesal de su demanda.
1.7. Segundo juicio electoral ciudadano local. El veintidós de abril, el actor promovió ante el Tribunal local una demanda de juicio electoral ciudadano, en la cual reclamó la omisión de la CNHJ de resolver su queja de origen. El Tribunal local radicó el asunto en el expediente TEE/JEC/088/2021.
1.8. Determinación de la CNHJ. El veintiocho de abril, la CNHJ emitió un acuerdo dentro del expediente CNHJ-GRO-002/2021, a través del cual, sobreseyó el recurso de queja presentado por el actor.
1.9. Sentencia impugnada. El cuatro de mayo, el Tribunal local dictó sentencia en el expediente TEE/JEC/088/2021, por la que determinó desechar el juicio promovido por el actor al existir un cambio en la situación jurídica de la controversia. Lo anterior, porque al emitir la CNHJ el acuerdo de sobreseimiento, quedó colmada la pretensión del actor y, por tanto, concluyó que el juicio quedó sin materia.
1.10. Segundo juicio de la ciudadanía federal. El siete de mayo, el actor...
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