Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JDC-0280-2020), 2020
Fecha | 25 Febrero 2021 |
Número de expediente | SCM-JDC-0280-2020 |
Tribunal de Origen | TRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO |
Tipo de proceso | Juicio para la protección de los derechos jurídico electorales |
Emisor | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México) |
JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO
EXPEDIENTE: SCM-JDC-280/2020
AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
MAGISTRADO: J.L.C.D.
SECRETARIO: R.S. TRÁNSITO
Ciudad de México, veinticinco de febrero de dos mil veintiuno[1].
La S. Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión pública de esta fecha, resuelve confirmar la sentencia impugnada, con base en lo siguiente.
ÍNDICE
GLOSARIO
ANTECEDENTES
RAZONES Y FUNDAMENTOS
PRIMERO. Jurisdicción y competencia.
SEGUNDO. Requisitos de procedencia
TERCERO. Controversia.
A.S. de la sentencia impugnada.
B. Síntesis de agravios.
CUARTO. Estudio de fondo.
El actor no cuenta con interés jurídico.
El actor carece de interés legítimo.
El actor tiene un interés simple.
El actor como defensor de derechos humanos…………………………………..……….38 No afectación al derecho de acceso a la justicia………………………………………….
RESUELVE
GLOSARIO
Actor, parte actora y/o promovente |
Acuerdo del Instituto Electoral de la Ciudad de México, por el que se aprobaron los lineamientos para el registro de la diputación migrante electa por el principio de representación proporcional para el proceso electoral local 2020-2021
Eliminado. Fundamento Legal: art. 116 de la LGTAIP. Datos personales que hacen a una persona física identificada o identificable
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Autoridad responsable, Tribunal local o Tribunal responsable
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Tribunal Electoral de la Ciudad de México
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Constitución General o Constitución
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Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
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Constitución Local
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Instituto Electoral Local o Instituto local
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Instituto Electoral de la Ciudad de México
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Juicio de la Ciudadanía |
Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano (y ciudadana)
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Juicio de la Ciudanía local
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Juicio para la protección de los derechos político-electorales de los ciudadanos previsto en la Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México
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Ley de Medios |
Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral
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S. Superior |
S. Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
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Ley Procesal local |
Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México |
Lineamientos |
Lineamientos para el registro de la diputación migrante electa por el principio de representación proporcional, para el proceso electoral local 2020-2021 |
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Sentencia impugnada, acto impugnado o resolución impugnada |
La resolución emitida por el Tribunal Electoral de la Ciudad de México en el expediente TECDMX-JLDC-061/2020, que sobreseyó el juicio al estimar que el promovente no contaba con interés jurídico o legítimo
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SCJN o Suprema Corte |
Suprema Corte de Justicia de la Nación
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De los hechos narrados en la demanda, así como de las constancias del expediente, se advierte lo siguiente.
- Acuerdo IECM/ACU-CG-060/2020. El dieciocho de septiembre de dos mil veinte, el Instituto Electoral Local aprobó dicho acuerdo, en el que se emitieron los lineamientos, en los que se señalaron que, las personas interesadas en aspirar a la diputación migrante debían acreditar por lo menos dos años de residencia efectiva en el extranjero.
- Juicio de la ciudadanía local. El veintitrés de septiembre del año pasado, el actor promovió juicio de la ciudadanía local ante la responsable a fin de impugnar el acuerdo aludido. El diecisiete de diciembre del dos mil veinte, el Tribunal Local, emitió sentencia por la que sobreseyó dicho juicio al estimar que el actor no tenía la calidad de migrante, y por ende no contaba con interés jurídico o legítimo.
- Juicio de la ciudadanía. Inconforme con lo anterior, el veintidós de diciembre de dos mil veinte, el actor –mediante plataformas electrónicas– presentó ante el Tribunal Local demanda para controvertir su determinación de sobreseer el juicio.
- Turno. Una vez recibidas las constancias en esta S. Regional, por acuerdo de veinticinco de diciembre del dos mil veinte se ordenó integrar el juicio de la ciudadanía SCM-JDC-280/2020 y turnarlo a la Ponencia del Magistrado J.L.C.D. para su debida sustanciación y presentación del proyecto de resolución.
- Determinación de ratificación de firma. Por Acuerdo Plenario de seis de enero, se ordenó requerir al actor, para que de ser el caso, ratificara su voluntad de presentar el escrito de demanda.
- Diligencia de ratificación. El nueve de enero, mediante correo electrónico recibido en la cuenta de correo institucional de esta S. Regional, el actor manifestó su deseo de ratificar su voluntad para promover la demanda mediante videoconferencia, lo cual se llevó a cabo el catorce de ese mismo mes mediante la diligencia respectiva.
7. Admisión y cierre de instrucción. En su oportunidad, el magistrado instructor admitió la demanda y cerró la instrucción del presente juicio y se ordenó formular el respectivo proyecto de sentencia.
RAZONES Y FUNDAMENTOS
PRIMERO. Jurisdicción y competencia. Esta S. Regional es competente para conocer el presente medio de impugnación, por tratarse de un juicio promovido por un ciudadano a fin de controvertir la resolución emitida por la autoridad responsable por la que sobreseyó el juicio de la ciudadanía local al estimar que el actor no contaba con interés jurídico o legítimo para controvertir el acuerdo del instituto local primigeniamente impugnado, supuesto que es competencia de este órgano jurisdiccional y entidad federativa sobre la cual ejerce jurisdicción.
Lo...
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