Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JLI-0015-2020), 2020
Fecha | 17 Febrero 2021 |
Número de expediente | SCM-JLI-0015-2020 |
Tipo de proceso | Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral |
Tribunal de Origen | INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL |
Emisor | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México) |
JUICIO PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES DE LOS SERVIDORES DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
EXPEDIENTE: SCM-JLI-15/2020
PARTE ACTORA: J.M.O. Y OTRAS PERSONAS
DEMANDADO: INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
MAGISTRADO PONENTE: J.L.C.D.
SECRETARIO: R.S. TRÁNSITO
Ciudad de México, a diecisiete de febrero de dos mil veintiuno.
La S.R. Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión privada de esta fecha, resuelve el juicio laboral identificado al rubro, en el sentido de sobreseer parcialmente la demanda reconocer una relación laboral preexistente entre las partes, condenar al Instituto Nacional Electoral al pago de algunas prestaciones y absolver en otras con base en lo siguiente:
Í N D I C E
GLOSARIO
ANTECEDENTES
RAZONES Y FUNDAMENTOS
PRIMERO. Competencia.
SEGUNDO. Régimen jurídico aplicable.
TERCERO. Requisitos de procedibilidad del Juicio Laboral.
CUARTO. Acciones y pretensiones de la parte actora.
QUINTO. Defensas y excepciones.
SEXTO. Pruebas.
SÉPTIMO. Estudio de fondo.
Controversia.
A. Nivelación S.rial
Improcedencia de la vía laboral para exigir la nivelación tabular.
Marco jurídico.
Caso concreto.
B. Reconocimiento de la relación laboral con anterioridad al ingreso como personal de la rama administrativa.
Naturaleza de la relación jurídica entre la parte actora y el INE
i) La prestación de un trabajo personal
ii) Subordinación
iii) Pago de un salario
Temporalidad y continuidad de la relación laboral
Fecha de inicio de la relación laboral.
Continuidad
Pago de cuotas y aportaciones al ISSSTE
OCTAVO. Efectos
RESUELVE
Actora o Parte actora: |
J.M.O., R.N.S. y R.M.S. |
Dirección de Personal o Dea |
Dirección Ejecutiva de Administración del Instituto Nacional Electoral |
Estatuto: |
Estatuto del Servicio Profesional Electoral y del personal de la Rama Administrativa |
Instituto o INE |
Instituto Nacional Electoral |
ISSSTE |
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores (y Trabajadoras) al Servicio del Estado |
Juicio Laboral |
Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores (y servidoras) del Instituto Nacional Electoral |
Juntas Distritales |
Juntas Distritales Ejecutivas 08, 09 y 10 del Instituto Nacional Electoral, en la Ciudad de México |
Ley de Medios |
Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral |
LEGIPE o Ley Electoral |
|
M. |
M. de Normas Administrativas en Materia de Recursos Humanos del Instituto Nacional Electoral |
Procedimiento de Nivelación |
Procedimiento de Nivelación previsto en el M. de Normas Administrativas en Materia de Recursos Humanos del Instituto Nacional Electoral |
Reglamento |
Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación |
S.R. |
S.R. del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal, con sede en la Ciudad de México |
S. Superior |
S. Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación |
Savid |
Sistema de Afiliación y Vigencia de Derechos |
Scjn o Suprema Corte
|
Suprema Corte de Justicia de la Nación |
Tribunal Electoral |
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación |
D. escrito de demanda y las constancias del expediente, se advierte lo siguiente:
I. Relación jurídica.
1. Inicio de la relación. La parte actora afirma que ingresaron a trabajar para el Instituto demandado, y desempeñando diversos cargos, respectivamente, el dieciséis de diciembre de mil novecientos noventa (J.M.O., el quince de enero de mil novecientos noventa y siete (R.N.S., y el dieciséis de julio de mil novecientos noventa y seis (R.M.S..
2. Situación actual. La parte actora manifiesta en su escrito de demanda que en la actualidad se encuentran laborando para el demandado, con el cargo de “Técnico (a) de Actualización Cartográfica”, en las Juntas Distritales 08, 09 y 10 de la Ciudad de México, respectivamente.
II. Juicio Laboral.
1. Demanda. El tres de marzo de dos mil veinte, la parte actora presentó escrito de demanda de juicio laboral ante la Oficialía de Partes de esta S.R., a fin de reclamar al INE el pago de diversas prestaciones relacionadas con el reconocimiento de una relación laboral preexistente entre el año mil novecientos noventa a mil novecientos noventa y nueve (J.M.O., y de mil novecientos noventa y seis y mil novecientos noventa y siete al dos mil nueve (R.N.S. y R.M.S., respectivamente); un pago completo y correcto así como su correspondiente nivelación salarial, con un año de antelación a la fecha de la interposición de la demanda más las que se sigan generando.[1] Además, el pago de prestaciones económicas y de seguridad social que como consecuencia de dicho reconocimiento se deriven.
2. Turno. Mediante acuerdo de la misma fecha, el M.P. ordenó integrar el expediente SCM-JLI-15/2020, y turnarlo a la Ponencia a cargo del Magistrado J.L.C.D., para la instrucción y, en su momento, presentación del proyecto de sentencia.
3. Radicación y...
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