Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JDC-0163-2020), 2020

Número de expedienteSCM-JDC-0163-2020
Fecha18 Diciembre 2020
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)

logo_simbolo--Nuevo.jpgJUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO (Y LA CIUDADANA)

EXPEDIENTE: SCM-JDC-163/2020

ACTORA:

A.E.A.P.

AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

MAGISTRADA:

MARÍA GUADALUPE SILVA ROJAS

SECRETARIAS:

P.L.V.Z.Y.R.E.M.R.H.[1]

Ciudad de México, a 18 (dieciocho) de diciembre de 2020 (dos mil veinte)[2].

La S. Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la cuarta circunscripción plurinominal, en sesión pública revoca la sentencia emitida por el Tribunal Electoral de la Ciudad de México en el juicio TECDMX-JEL-321/2020 que confirmó la constancia de asignación e integración de la Comisión de Participación Comunitaria en la unidad territorial Hipódromo II y en plenitud de jurisdicción, inaplica una disposición establecida en el inciso d) del artículo 99 de la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México y en consecuencia, modifica la integración de dicha comisión.

ÍNDICE

GLOSARIO

ANTECEDENTES

RAZONES Y FUNDAMENTOS

PRIMERA. Jurisdicción y competencia

SEGUNDA. Requisitos de procedencia

TERCERA. Planteamiento del caso

CUARTA. Estudio de fondo

1. Suplencia en la expresión de los agravios

2. Perspectiva de género

3. Síntesis de agravios

3.1. Derecho de petición

3.2. Inaplicación del artículo 99 inciso d) de la Ley de Participación

4. Metodología

5. Respuestas a los agravios

5.1. Derecho de petición.

5.2. Inaplicación del artículo 99 inciso d) de la Ley de Participación

QUINTA. Plenitud de jurisdicción

1. Agravios

2. Determinación de la S. Regional

SEXTA. Efectos de la sentencia

R E S U E L V E:

GLOSARIO

COPACO o Comisión

Comisión de Participación Comunitaria

Constancia

Constancia de asignación e integración de la Comisión de Participación Comunitaria 2020 de la Unidad Territorial Hipódromo II

Constitución

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Convocatoria

Convocatoria Única para la Elección de Comisiones de Participación Comunitaria 2020 y Presupuesto Participativo

Criterios

Criterios para la Integración de las Comisiones de Participación Comunitaria 2020 emitidos por el Instituto Electoral de la Ciudad de México en el acuerdo
IECM/ ACU-CG-026/2020

Dirección Distrital

Dirección Distrital 12 del Instituto Electoral de la Ciudad de México

Instituto Local

Instituto Electoral de la Ciudad de México

Juicio de la Ciudadanía

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano (y la ciudadana)

Ley de Medios

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Ley de Participación

Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México

Protocolo

Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género de la Suprema Corte de Justicia de la Nación -Edición noviembre 2020 (dos mil veinte)-

Suprema Corte

Suprema Corte de Justicia de la Nación

Tribunal Local

Tribunal Electoral de la Ciudad de México

Unidad Territorial

Unidad Territorial Hipódromo II

ANTECEDENTES

1. Elección de las COPACO en la Ciudad de México

1.1. Convocatoria. El 16 (dieciséis) de noviembre de 2019 (dos mil diecinueve), el Consejo General del Instituto Local, aprobó la Convocatoria.

1.2. Jornada Electoral. Del 8 (ocho) al 12 (doce) de marzo, se llevó a cabo de manera electrónica la elección para integrar las COPACO en modalidad remota y el 15 (quince) siguiente se realizó de manera presencial.

1.3. Constancia. El 18 (dieciocho) de marzo, la Dirección Distrital, emitió la Constancia a las personas que integrarían la Comisión de la Unidad Territorial, siendo[3]:

(1) E.J.G.M.

(2) Quetzal C.M.

(3) C.L.P.M.G.

(4) M.G.M.

(5) R.G.S.

(6) A.C.F.

(7) J.G.N.

(8) M.A.Á.T.

(9) O. de la C.F.

2. Juicio electoral local

2.1. Demanda. El 22 (veintidós) de marzo, la actora impugnó la Constancia por haber sido excluida de la lista de personas integrantes de la COPACO de la Unidad Territorial.

2.2. Suspensión y reanudación de plazos. El 24 (veinticuatro) de marzo, el Tribunal Local suspendió los plazos para la presentación, tramitación y resolución de los medios de impugnación con motivo de la pandemia de COVID-19[4] y el 10 (diez) de agosto mediante acuerdo plenario 17/2020 reanudó sus actividades jurisdiccionales.

2.3. Sentencia impugnada. El 25 (veinticinco) de septiembre, el Tribunal Local resolvió la demanda de la actora y confirmó la Constancia al considerar que la integración hecha por el Instituto Local había sido apegada a la normativa vigente.

3. Juicio de la Ciudadanía

3.1. Demanda. Inconforme con la sentencia, el 1° (primero) de octubre, la actora presentó demanda con la que se integró el expediente SCM-JDC-163/2020 que fue turnado a la ponencia a cargo de la magistrada M.G.S.R..

3.2. Recepción en ponencia, admisión y cierre. El 6 (seis) siguiente, la magistrada tuvo por recibido el expediente; y en su oportunidad...

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