Acuerdo de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SUP-AG-0090-2021-Acuerdo1), 2021

Fecha09 Abril 2021
Número de expedienteSUP-AG-0090-2021
Tipo de procesoAsuntos generales
Tribunal de OrigenCONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

ACUERDO DE SALA

ASUNTO GENERAL

EXPEDIENTE: SUP-AG-90/2021

ACTORA: A.L. HERRERA

AUTORIDADES Y ÓRGANOS PARTIDISTAS RESPONSABLES: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, COMISIÓN NACIONAL DE ELECCIONES DEL PARTIDO POLÍTICO MORENA Y OTROS

MAGISTRADO PONENTE: REYES RODRÍGUEZ MONDRAGÓN

SECRETARIADO: JULIO CÉSAR CRUZ RICÁRDEZ, LIZZETH CHOREÑO RODRÍGUEZ Y JOSÉ ALBERTO TORRES LARA

COLABORARON: ARES ISAÍ HERNÁNDEZ RAMÍREZ Y GERMÁN PAVÓN SÁNCHEZ

Ciudad de México, a nueve de abril de dos mil veintiuno

La S. Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determina que el órgano competente para conocer de la controversia es la S. Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Tercera Circunscripción Plurinominal, con sede en Xalapa, Veracruz. Se determinó así, porque la sala regional en cuestión ejerce jurisdicción en el ámbito territorial en el que la persona demandante participó como aspirante a una candidatura para la diputación federal por el principio de mayoría relativa en el distrito electoral federal 9, en el estado de C.. Además, la demandante plantea agravios relacionados con candidaturas a diputaciones locales en esa entidad federativa.

ÍNDICE

GLOSARIO

1. ANTECEDENTES

2. ACTUACIÓN COLEGIADA

3. DETERMINACIÓN DE LA COMPETENCIA

4. ACUERDOS

GLOSARIO

Consejo General:

Consejo General del Instituto Nacional Electoral

Constitución general:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

INE:

Instituto Nacional Electoral

Ley de Medios:

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Ley Orgánica:

Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación

S. Regional Xalapa:

S. Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Tercera Circunscripción Plurinominal, con sede en Xalapa, Veracruz

Tribunal Electoral:

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

1. ANTECEDENTES

1.1. Emisión de la convocatoria partidaria. El treinta de enero del año en curso[1], el Comité Ejecutivo Nacional del partido político MORENA emitió la convocatoria a los procesos internos para la selección de candidaturas a diputaciones federales por el principio de mayoría relativa y representación proporcional, así como para miembros de los ayuntamientos de elección popular directa y, en su caso, miembros de las alcaldías y consejerías para los procesos electorales 2020-2021.

1.2. Registro de candidatura federal. En la sesión especial iniciada el tres de abril y concluida el cuatro siguiente, el Consejo General del INE aprobó el Acuerdo INE/CG337/2021 en el que se efectuó el registro de candidaturas a diputaciones federales. Por parte de la coalición “Juntos Hacemos Historia” se registró a A.B.C. como candidata propietaria a diputada por el principio de mayoría relativa al distrito federal 9 correspondiente al estado de C..

1.3. Medio de impugnación. El primero de abril, la actora presentó, ante la Junta Local Ejecutiva número 06 ubicada en la Ciudad de T.G., C. un escrito al que denominó “recurso de revisión” mediante el cual impugnó el registro de A.B.C. como candidata propietaria a diputada por el principio de mayoría relativa al distrito...

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