Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JDC-0071-2021), 25-02-2021

Fecha25 Febrero 2021
Número de expedienteSCM-JDC-0071-2021
Tribunal de OrigenCONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTE: SCM-JDC-71/2021

ACTOR: DAVID MUÑOZ DOMÍNGUEZ

AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

MAGISTRADO: JOSÉ LUIS CEBALLOS DAZA

SECRETARIO: JUAN CARLOS CLETO TREJO

Ciudad de México, a veinticinco de febrero de dos mil veintiuno[1].

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión pública de esta fecha, resuelve el juicio identificado al rubro en el sentido de confirmar, en lo que fue materia de impugnación, el acuerdo identificado con la clave INE/CG81/2021, por el cual el Consejo General del Instituto Nacional Electoral dio respuesta a las solicitudes planteadas por diversas personas aspirantes a una candidatura independiente a diputación federal por el principio de mayoría relativa y declara infundado el agravio relacionado con las fallas presentadas en de la aplicación móvil implementada para recabar el apoyo de la ciudadanía; con base en lo siguiente.

GLOSARIO

Acuerdo 4

Acuerdo INE/CG04/2021 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral que modificó los periodos previstos para la obtención de apoyo de la ciudadanía y de fiscalización, aplicables a las y los aspirantes a una candidatura independiente para las diputaciones federales y cargos de elección popular locales en diversas entidades federativas[2]

Acuerdo 551

Acuerdo INE/CG551/2020 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que emitió la convocatoria y aprobó los lineamientos para la verificación del cumplimiento del porcentaje de apoyo de la ciudadanía que se requiere para el registro de candidaturas independientes para diputaciones federales por el principio de mayoría relativa en el proceso electoral federal 2020-2021

Acuerdo 688

Acuerdo INE/CG688/2020 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que modificó la base novena de la convocatoria a la ciudadanía con interés en postular una candidatura independiente a una diputación federal por el principio de mayoría relativa para el proceso electoral federal 2020-2021, así como los lineamientos para la verificación del cumplimiento del porcentaje de apoyo de la ciudadanía que se requiere para el registro de dichas candidaturas, aprobados mediante Acuerdo INE/CG551/2020

Acuerdo Impugnado

Acuerdo INE/CG81/2021, del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el cual dio respuesta a las solicitudes planteadas por diversas personas aspirantes a candidaturas independientes a diputaciones federales por el principio de mayoría relativa

Aplicación móvil

Aplicación móvil para recabar el apoyo de la ciudadanía

Consejo General

Consejo General del Instituto Nacional Electoral

Constitución federal

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Convocatoria

Convocatoria para postularse a candidaturas independientes para diputaciones federales por el principio de mayoría relativa en el proceso electoral federal 2020-2021 contenida en el acuerdo INE/CG551/2020 antes señalado

INE

Instituto Nacional Electoral

Juicio de la ciudadanía

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano (y la ciudadana)

Ley de Medios

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Ley Electoral

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

Lineamientos

Lineamientos para la verificación del cumplimiento del porcentaje de apoyo de la ciudadanía inscrita en la lista nominal personas electoras que se requiere para el registro de candidaturas independientes para diputaciones federales por el principio de mayoría relativa en el proceso electoral federal 2020-2021

Protocolo

Protocolo específico para evitar contagios por coronavirus (COVID-19) durante los trabajos para recabar el apoyo de la ciudadanía que deberán observar las personas auxiliares de quienes aspiren a una candidatura independiente, emitido por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, en noviembre de 2020[3]

A N T E C E D E N T E S

De los hechos narrados por el actor en su escrito de demanda, así como de las constancias que integran el expediente, se advierte lo siguiente:

A. Del acto impugnado

1. Inicio del proceso electoral federal 2020-2021. El siete de septiembre de dos mil veinte, mediante sesión extraordinaria del Consejo General, dio inicio el proceso electoral federal 2020-2021.

2. Acuerdo 551. El veintiocho de octubre de dos mil veinte, el Consejo General aprobó el acuerdo por el que se emitió la Convocatoria y se aprobaron los Lineamientos.

3. Constancia de aspirante a candidato independiente. El tres de diciembre de dos mil veinte, el vocal ejecutivo de la Junta Distrital 11 del INE, en la Ciudad de México, expidió al actor su constancia de aspirante a candidatura independiente para la diputación federal por el principio de mayoría relativa.

4. Acuerdo 688. El quince de diciembre de dos mil veinte, el Consejo General aprobó el Acuerdo 688, que modificó la base novena de la Convocatoria y los Lineamientos.

5. Acuerdo 4. El cuatro de enero, el Consejo General emitió el Acuerdo por el cual, entre otras determinaciones, modificó los plazos previstos para la obtención de apoyo de la ciudadanía, aplicables a las personas aspirantes a una candidatura independiente.

6. Escritos del actor. Los días once y veinticinco de enero, el actor presentó sendos escritos ante la autoridad responsable, mediante los cuales solicitó, entre otras cuestiones, la anulación de la etapa de obtención de apoyo de la ciudadanía necesario para la postulación de su candidatura a una diputación federal por el principio de mayoría relativa.

7. Acuerdo impugnado. El veintisiete de enero, el Consejo General emitió el Acuerdo 81, por el cual dio respuesta a las solicitudes planteadas por diversas personas aspirantes a una candidatura independiente a diputación federal por el principio de mayoría relativa, entre éstas, la del actor.

B. Del juicio de la ciudadanía.

1. Demanda. El primero de febrero, el actor presentó escrito de demanda ante la Junta Distrital 11, del INE, en la Ciudad de México, a fin de controvertir el Acuerdo 81. El inmediato día cinco, el Secretario Ejecutivo del Consejo General remitió diversa documentación relacionada con el juicio al rubro indicado a esta Sala Regional.

2. Turno. Una vez recibidas las constancias en esta Sala Regional, se ordenó integrar el juicio de la ciudadanía SCM-JDC-71/2021 y turnarlo a la Ponencia del Magistrado José Luis Ceballos Daza para su sustanciación.

3. Radicación. Por acuerdo de ocho de febrero, el Magistrado Instructor acordó la radicación, en la Ponencia a su cargo, del juicio en que se actúa.

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