Acuerdo de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SRE-PSL-0004-2021-Acuerdo1), 2021

Fecha10 Febrero 2021
Número de expedienteSRE-PSL-0004-2021
Tipo de procesoProcedimiento especial sancionador del Órgano Local del Instituto Nacional Electoral
Tribunal de OrigenJUNTA LOCAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN CHIHUAHUA
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)

ACUERDO DE SALA

PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR

EXPEDIENTE:

SRE-PSL-4/2021

PROMOVENTE:

MORENA

PARTE DENUNCIADA:

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

MAGISTRADO PONENTE:

L.E. MORALES

SECRETARIO:

J.M.H.A.

COLABORÓ:

MARÍA JOSÉ PÉREZ GUZMÁN

Ciudad de México, a diez de febrero de dos mil veintiuno[1].

Acuerdo, por el que la S. Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determina la competencia del Instituto Estatal Electoral de C. para conocer de los hechos denunciados y ordena remitir las constancias del expediente a dicha autoridad administrativa electoral.

GLOSARIO

Autoridad instructora o Junta Local del INE en C.:

Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el estado de C..

Constitución:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

INE:

Instituto Nacional Electoral

Ley Electoral:

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

Ley Orgánica:

Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación

MORENA:

Partido político MORENA

PAN:

Partido Acción Nacional

S. Especializada:

S. Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

S. Superior:

S. Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Suprema Corte:

Suprema Corte de Justicia de la Nación

Unidad Especializada:

Unidad Especializada para la Integración de los Expedientes de los Procedimientos Especiales Sancionadores de esta S. Regional

UTCE:

Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral.

ANTECEDENTES

  1. 1. Procesos electorales federal y locales. Se encuentran en curso tanto el proceso electoral federal para renovar a la Cámara de Diputados como el tendente a renovar la gubernatura, ayuntamientos y diputaciones en C., los cuales cuentan con las siguientes fechas relevantes para el presente asunto:[2]

Proceso electoral federal

Inicio del proceso

Periodo de precampaña

Periodo de intercampaña

Periodo de campaña

Jornada electoral

07/09/2020

Inicia: 23/12/2020

Finaliza:

31/01/2021

Inicia: 01/02/2021

Finaliza:

03/04/2021

Inicia: 04/04/2021

Finaliza:

02/06/2021

06/06/2021

Proceso electoral en C.

Inicio del proceso

Periodo de precampaña

Periodo de intercampaña

Periodo de campaña

Jornada electoral

1/10/2020

Gubernatura

Inicia: 23/12/2020

Finaliza:

31/01/2021

Diputaciones y ayuntamientos

Inicia: 09/01/2021

Finaliza:

31/01/2021

Gubernatura

Inicia: 01/02/2021

Finaliza:

03/04/2021

Diputaciones y ayuntamientos

Inicia: 01/02/2021

Finaliza:

28/04/2021

Gubernatura

Inicia: 04/04/2021

Finaliza:

02/06/2021

Diputaciones y ayuntamientos

Inicia: 29/04/2021

Finaliza:

02/06/2021

06/06/2021

  1. 2. Queja. El treinta de diciembre del dos mil veinte, el representante legal de MORENA ante el Consejo General del INE, presentó escrito de queja en contra del Partido Acción Nacional, aduciendo que la difusión de publicaciones en la cuenta de F. del Comité Directivo Estatal del PAN C. y en anuncios espectaculares ubicados en los municipios de Ciudad J. y C.: i) vulneraron las normas sobre propaganda política o electoral por contenido calumnioso y denigratorio; y ii) suponen actos anticipados de precampaña.
  2. 3. Remisión a Junta Local del INE y registro del expediente. El mismo treinta de diciembre, se remitió a la Junta Local del INE en C. el escrito en que el titular de la UTCE señaló la competencia de dicho órgano desconcentrado para proveer sobre el asunto. Por ello, el treinta y uno siguiente se emitió el acuerdo por el que se registró el expediente con la clave de identificación JL/PE/MORENA/JL/CHIH/PEF/1/2020.[3]
  3. 4. Admisión y dictado de medidas cautelares. El ocho de enero se admitió a trámite el expediente, el nueve del mismo mes el Consejo Local del INE en C. aprobó la propuesta de medidas cautelares contenida en la resolución R01/INE/CHIH/CL/09-01-21 a efecto de retirar la propaganda denunciada y suspender su difusión.
  4. 5. Audiencia de pruebas y alegatos. El veinticinco de enero se celebró la audiencia señalada, misma que se suspendió a fin de desahogar diligencias solicitadas por el PAN y se reanudó el tres de febrero hasta su conclusión.
  5. 6. Recepción del expediente. El cinco de febrero, se recibió el expediente en este órgano jurisdiccional y en esa misma fecha se remitió a la Unidad Especializada, a efecto de verificar su debida integración.
  6. 7. Turno a ponencia y radicación del expediente. El nueve de febrero, el magistrado presidente asignó al expediente su clave y lo turnó al magistrado L.E.M., quien lo radicó en su ponencia y procedió a la elaboración del proyecto de acuerdo de conformidad con las siguientes:

CONSIDERACIONES

PRIMERA. ACTUACIÓN COLEGIADA

  1. El presente acuerdo debe adoptarse mediante la actuación colegiada de quienes integran el Pleno de la S. Especializada, al tratarse de un asunto relacionado con la competencia de este órgano jurisdiccional para resolver un procedimiento sancionador, lo cual supone una modificación al trámite ordinario que se sigue para resolver procedimientos especiales sancionadores.[4]

SEGUNDA. RESOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE EN SESIÓN NO PRESENCIAL.

Derivado del contexto actual de pandemia ocasionada por la propagación del virus SARS CoV2 (COVID-19), el uno de octubre de dos mil veinte, la S. Superior emitió el acuerdo 8/2020 por el que autorizó la resolución no presencial de todos...

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