Acuerdo de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SRE-PSL-0004-2021-Acuerdo1), 2021
Fecha | 10 Febrero 2021 |
Número de expediente | SRE-PSL-0004-2021 |
Tipo de proceso | Procedimiento especial sancionador del Órgano Local del Instituto Nacional Electoral |
Tribunal de Origen | JUNTA LOCAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN CHIHUAHUA |
Emisor | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México) |
ACUERDO DE SALA PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR |
|
EXPEDIENTE: |
SRE-PSL-4/2021 |
PROMOVENTE: |
MORENA |
PARTE DENUNCIADA: |
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL |
MAGISTRADO PONENTE: |
L.E. MORALES |
SECRETARIO: |
J.M.H.A. |
COLABORÓ: |
MARÍA JOSÉ PÉREZ GUZMÁN |
Ciudad de México, a diez de febrero de dos mil veintiuno[1].
Acuerdo, por el que la S. Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determina la competencia del Instituto Estatal Electoral de C. para conocer de los hechos denunciados y ordena remitir las constancias del expediente a dicha autoridad administrativa electoral.
GLOSARIO |
|
Autoridad instructora o Junta Local del INE en C.: |
Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el estado de C.. |
INE: |
Instituto Nacional Electoral |
Ley Orgánica: |
|
MORENA: |
Partido político MORENA |
PAN: |
Partido Acción Nacional |
S. Especializada: |
S. Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. |
S. Superior: |
S. Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. |
Suprema Corte: |
Suprema Corte de Justicia de la Nación |
Unidad Especializada: |
Unidad Especializada para la Integración de los Expedientes de los Procedimientos Especiales Sancionadores de esta S. Regional |
UTCE: |
Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral. |
ANTECEDENTES
- 1. Procesos electorales federal y locales. Se encuentran en curso tanto el proceso electoral federal para renovar a la Cámara de Diputados como el tendente a renovar la gubernatura, ayuntamientos y diputaciones en C., los cuales cuentan con las siguientes fechas relevantes para el presente asunto:[2]
Proceso electoral federal |
||||
Inicio del proceso |
Periodo de precampaña |
Periodo de intercampaña |
Periodo de campaña |
Jornada electoral |
07/09/2020 |
Inicia: 23/12/2020
Finaliza: 31/01/2021
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Inicia: 01/02/2021
Finaliza: 03/04/2021 |
Inicia: 04/04/2021
Finaliza: 02/06/2021 |
06/06/2021 |
Proceso electoral en C. |
||||
Inicio del proceso |
Periodo de precampaña |
Periodo de intercampaña |
Periodo de campaña |
Jornada electoral |
1/10/2020 |
Gubernatura
Inicia: 23/12/2020
Finaliza: 31/01/2021
Diputaciones y ayuntamientos
Inicia: 09/01/2021
Finaliza: 31/01/2021
|
Gubernatura
Inicia: 01/02/2021
Finaliza: 03/04/2021
Diputaciones y ayuntamientos
Inicia: 01/02/2021
Finaliza: 28/04/2021
|
Gubernatura
Inicia: 04/04/2021
Finaliza: 02/06/2021
Diputaciones y ayuntamientos
Inicia: 29/04/2021
Finaliza: 02/06/2021
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06/06/2021 |
- 2. Queja. El treinta de diciembre del dos mil veinte, el representante legal de MORENA ante el Consejo General del INE, presentó escrito de queja en contra del Partido Acción Nacional, aduciendo que la difusión de publicaciones en la cuenta de F. del Comité Directivo Estatal del PAN C. y en anuncios espectaculares ubicados en los municipios de Ciudad J. y C.: i) vulneraron las normas sobre propaganda política o electoral por contenido calumnioso y denigratorio; y ii) suponen actos anticipados de precampaña.
- 3. Remisión a Junta Local del INE y registro del expediente. El mismo treinta de diciembre, se remitió a la Junta Local del INE en C. el escrito en que el titular de la UTCE señaló la competencia de dicho órgano desconcentrado para proveer sobre el asunto. Por ello, el treinta y uno siguiente se emitió el acuerdo por el que se registró el expediente con la clave de identificación JL/PE/MORENA/JL/CHIH/PEF/1/2020.[3]
- 4. Admisión y dictado de medidas cautelares. El ocho de enero se admitió a trámite el expediente, el nueve del mismo mes el Consejo Local del INE en C. aprobó la propuesta de medidas cautelares contenida en la resolución R01/INE/CHIH/CL/09-01-21 a efecto de retirar la propaganda denunciada y suspender su difusión.
- 5. Audiencia de pruebas y alegatos. El veinticinco de enero se celebró la audiencia señalada, misma que se suspendió a fin de desahogar diligencias solicitadas por el PAN y se reanudó el tres de febrero hasta su conclusión.
- 6. Recepción del expediente. El cinco de febrero, se recibió el expediente en este órgano jurisdiccional y en esa misma fecha se remitió a la Unidad Especializada, a efecto de verificar su debida integración.
- 7. Turno a ponencia y radicación del expediente. El nueve de febrero, el magistrado presidente asignó al expediente su clave y lo turnó al magistrado L.E.M., quien lo radicó en su ponencia y procedió a la elaboración del proyecto de acuerdo de conformidad con las siguientes:
CONSIDERACIONES
PRIMERA. ACTUACIÓN COLEGIADA
- El presente acuerdo debe adoptarse mediante la actuación colegiada de quienes integran el Pleno de la S. Especializada, al tratarse de un asunto relacionado con la competencia de este órgano jurisdiccional para resolver un procedimiento sancionador, lo cual supone una modificación al trámite ordinario que se sigue para resolver procedimientos especiales sancionadores.[4]
SEGUNDA. RESOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE EN SESIÓN NO PRESENCIAL.
Derivado del contexto actual de pandemia ocasionada por la propagación del virus SARS CoV2 (COVID-19), el uno de octubre de dos mil veinte, la S. Superior emitió el acuerdo 8/2020 por el que autorizó la resolución no presencial de todos...
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