Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JLI-0022-2020), 2020
Número de expediente | SCM-JLI-0022-2020 |
Fecha | 13 Enero 2021 |
Tribunal de Origen | INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL |
Tipo de proceso | Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral |
Emisor | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México) |
VERSIÓN PÚBLICA, RESOLUCIÓN EXPEDIENTE SCM-JLI-22/2020
Fecha de clasificación: 13 de enero de 2021.
Unidad Administrativa: Secretaría General de Acuerdos de la S.R. Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Clasificación de información: Confidencial por contener datos personales o elementos y/o situaciones sensibles.
Periodo de clasificación: Sin temporalidad por ser confidencial.
Fundamento Legal: Artículos 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 113, fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y Trigésimo Octavo de los Lineamientos generales en materia de clasificación y desclasificación de la información, así como para la elaboración de versiones públicas.
Descripción de la información eliminada |
||
Clasificada como: |
Información eliminada |
Foja (s) |
Confidencial |
Datos personales y elementos y/o situaciones sensibles. |
15, 19 y 92 |
Rúbrica de la titular de la unidad responsable:
Laura Tetetla Román
Secretaria General de Acuerdos
JUICIO PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES DE LOS SERVIDORES DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
EXPEDIENTE: SCM-JLI-22/2020
PARTE ACTORA: I.A.C.A.Y.M.E.O.M.F.
DEMANDADO: INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
MAGISTRADO: H.R.B.
SECRETARIA: MONTSERRAT RAMÍREZ ORTIZ[1]
Ciudad de México, trece de enero de dos mil veintiuno.
La S.R. Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión privada de esta fecha reconoce la relación de trabajo que une a las partes y condena al Instituto Nacional Electoral al pago de diversas prestaciones, lo absuelve de otras, y ordena la reinstalación de la parte actora, con base en lo siguiente:
Índice
GLOSARIO
ANTECEDENTES
RAZONES Y FUNDAMENTOS
PRIMERO. Jurisdicción y competencia.
SEGUNDO. Régimen jurídico aplicable.
TERCERO. Procedencia.
I. Escrito de demanda
II. Escrito de contestación
CUARTO. Contexto y controversia.
I....A. y pretensiones del promovente.
II. Excepciones y defensas.
III. Controversia
IV. Pruebas
QUINTO. Estudio de fondo.
I. Naturaleza de la relación jurídica.
II. Vigencia de la relación laboral.
III. Prestaciones que derivan de la relación laboral.
SEXTO. Sentido de la sentencia y efectos.
RESUELVE
Actora |
I.A.C.A. |
Actor |
Moisés Eli Otniel Martínez Frías |
Audiencia |
Audiencia de conciliación, admisión, desahogo de pruebas y alegatos prevista en el artículo 101 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral |
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
|
|
Demandado o Instituto |
Instituto Nacional Electoral |
Estatuto |
Estatuto del Servicio Profesional Electoral y del Personal de la Rama Administrativa del Instituto Nacional Electoral |
Instituto de Seguridad Social |
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores (y Trabajadoras) del Estado |
Juicio laboral |
Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de las personas servidoras del Instituto Nacional Electoral previsto en el numeral 95 de la Ley General de Medios de Impugnación en Materia Electoral |
Junta Distrital 12 |
12 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México |
Junta Distrital 18 |
18 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México |
Ley de Medios |
Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral |
Ley del Trabajo |
Ley Federal del Trabajo, de aplicación supletoria de conformidad con el numeral 95 párrafo 1 inciso b) de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral |
M. |
M. de Atención Ciudadana |
Manual |
Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Humanos del Instituto Nacional Electoral |
Operadora |
Cargo de persona Operadora de Equipo Tecnológico “A2” |
Parte actora o personas promoventes |
I.A.C.A. y Moisés Eli Otniel Martínez Frías |
Protocolo |
Protocolo para la Actuación frente a Casos de Trámites y Registros con Irregularidades en los M.s de Atención Ciudadana[2] |
V.ía |
V.ías del Registro Federal Electoral de las Juntas D. 12 y 18 del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México |
De los hechos narrados por las partes y de las constancias que obran en el expediente, esta S.R. advierte lo siguiente:
I. Relación jurídica
1. Inicio. Las personas promoventes sostienen que la prestación de sus servicios con el Instituto[3] dio inicio al suscribir diversos contratos por el régimen de honorarios permanentes, como Operadoras en la 08 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto en la Ciudad de México[4].
2. Conclusión. Mediante sendos oficios de veintiséis de agosto de dos mil veinte[5] -INE/18JDE-CM/0668/2020 e INE/12JDE-CM/0892/2020-, las personas promoventes fueron notificadas de la culminación anticipada de su vínculo con el Instituto.
II. Juicio laboral
1. Recepción en S.R., turno y...
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