Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SRE-PSC-0016-2020), 2020

Número de expedienteSRE-PSC-0016-2020
Fecha12 Noviembre 2020
Tipo de procesoProcedimiento especial sancionador del Órgano Central del Instituto Nacional Electoral
Tribunal de OrigenUNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)

PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR

EXPEDIENTE:

SRE-PSC-16/2020

PROMOVENTE:

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

PARTES DENUNCIADAS:

A.M.L.O. y otroS

MAGISTRADO PONENTE:

L.E. MORALES

SECRETARIA:

C.E.S.E.

COLABORAN:

D.A.A.G. y MARÍA JOSÉ PÉREZ GUZMÁN

Ciudad de México, 12 de noviembre de dos mil veinte[1].

SENTENCIA, de la S. Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que determina:

  1. La inexistencia de las infracciones atribuidas a A.M.L.O., Presidente de los Estados Unidos Mexicanos; J.R.C., C. General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno de la República; de R.G.V., en su carácter de Titular de la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación, consistentes en: a) promoción personalizada, b) utilización indebida de recursos públicos y, c) vulneración a las reglas de informe de labores.
  2. La existencia de la infracción atribuida a diversas concesionarias de radio y televisión[2], derivado del incumplimiento a las reglas de los informes de labores.

Lo anterior, con motivo de la difusión de forma extemporánea, en radio y televisión, de diversos promocionales alusivos al 2°Informe de L.d.P. de la República.

GLOSARIO

Autoridad instructora:

Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral.

Constitución Federal:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Comisión de Quejas:

Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral.

CEVEM

Centro de Verificación y de Monitoreo.

DEPPP:

Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos de Instituto Nacional Electoral

INE:

Instituto Nacional Electoral.

Ley Electoral:

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Ley de Partidos:

Ley General de Partidos Políticos.

Ley Orgánica:

Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Promovente:

Partido Acción Nacional (PAN).

Partes involucradas:

  • A.M.L.O., Presidente de la República.

  • J.R.C., C. General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno de la República

  • R.G.V., D. General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación.

RTC

Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación.

S. Superior:

S. Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

S. Especializada:

S. Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

U.

Unidad de Medida de Actualización.

Unidad Especializada:

Unidad Especializada para la Integración de los Expedientes de los Procedimientos Especiales Sancionadores.

ANTECEDENTES

I. Procesos electorales

  1. a. Coahuila[3] e H.[4] 2019-2020. Las etapas de los procesos electorales en dichas entidades federativas ordinariamente tuvieron que desarrollarse de la siguiente manera:

Estado

Inicio del Proceso Local

Periodo de Precampaña

Periodo de Intercampaña

Periodo de Campaña

Jornada Electoral

Coahuila

1 de enero de 2020

1 al 25 de marzo de 2020

26 de marzo al 24 de abril

25 de abril al 3 de junio de 2020

7 de junio de 2020

H.

15 de diciembre de 2019

12 de febrero al 8 de marzo de 2020

9 de marzo al 24 de abril de 2020

25 de abril al 3 de junio de 2020

  1. Sin embargo, el 30 de marzo[5], el Consejo de Salubridad General publicó en el Diario Oficial de la Federación, el acuerdo por el que se declaró como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)[6].
  2. Por esta razón, el 1º de abril, el Consejo General del INE mediante resolución INE/CG83/2020[7], determinó ejercer la facultad de atracción, con la finalidad de suspender temporalmente el desarrollo de los Procesos Electorales Locales, en Coahuila e H..
  3. Al respecto, los Institutos Electorales de Coahuila e H., respectivamente, mediante acuerdos IEC/CG/057/2020[8] e IEEH/CG/026/2020[9], determinaron como medidas extraordinarias, la suspensión de los plazos inherentes a las actividades de la función electoral y aquellas relacionadas con el Proceso Electoral Local Ordinario 2019–2020.
  4. b. Reanudación de los comicios locales[10]. El 30 de julio, el Consejo General del INE aprobó el acuerdo INE/CG170/2020[11], por el cual, determinó la reanudación de las actividades inherentes al desarrollo de los procesos electivos, cuyo calendario electoral quedó de la siguiente manera:

Estado

Inicio del Proceso Local

Periodo de Precampaña

Periodo de Intercampaña

Periodo de Campaña

Jornada Electoral

Coahuila

1 de enero de 2020

1 al 25 de marzo de 2020

26 de marzo al 24 de abril

5 septiembre al 14 de octubre de 2020

18 de octubre de 2020

H.

15 de diciembre de 2019

12 de febrero al 8 de marzo de 2020

9 de marzo al 24 de abril de 2020

  1. c. Proceso Electoral Federal 2020-2021. El veintiséis de agosto, el Consejo General del INE aprobó el acuerdo INE/CG218/2020[12], relativo al plan integral y calendario del proceso electoral federal 2020-2021, entre las que destacan:

Inicio del Proceso

Periodo de Precampaña

Periodo de Intercampaña

Periodo de Campaña

Jornada Electoral

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR