Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JDC-1070-2018), 2018

Fecha21 Septiembre 2018
Número de expedienteSCM-JDC-1070-2018
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTE: SCM-JDC-1070/2018.

ACTOR: A.B.R..

PARTE TERCERA INTERESADA: V.M.O.C., A.N.M.A., K.R. TORRES, J.R.R., A.J.V.P., T.G.M.Y.S.Á.G..

TRIBUNAL RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

MAGISTRADO: A.I.M.H..

SECRETARIADO: B.L.R.S. Y JAIME CÁRDENAS ANAYA.

Ciudad de México, veintiuno de septiembre de dos mil dieciocho.

La S.R. Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión pública de esta fecha, resuelve el expediente citado al rubro, en el sentido de confirmar la sentencia impugnada, con base en lo siguiente.

GLOSARIO

Actor o promovente

A.B.R..

Alcaldía

Alcaldía V.C..

Código local

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México.

Consejo Distrital

Consejo Distrital 10 del Instituto Electoral de la Ciudad de México, con cabecera en la demarcación V.C..

Constitución

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Constitución local

Constitución Política de la Ciudad de México.

Instituto local

Instituto Electoral de la Ciudad de México.

Juicio de la ciudadanía

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, previsto en el artículo 79 a 85 de la Ley General del Sistema de Medios en Materia Electoral.

Ley de Medios

Ley General del Sistema de Medios en Materia Electoral.

Ley de Partidos

Ley General de Partidos Políticos.

Ley Electoral

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Ley procesal

Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México.

Lineamientos

Lineamientos para la asignación de diputaciones y concejalías por el principio de representación proporcional, así como de asignación votos tratándose de coaliciones y candidaturas comunes en el proceso

electoral local ordinario 2017-2018.

MORENA

Partido político MORENA.

MR

Mayoría Relativa.

PRI

Partido Revolucionario Institucional.

RP

Representación Proporcional.

S.R.

S.R. Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

S. Superior

S. Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Sentencia o resolución impugnada

Sentencia emitida el veintinueve de agosto de dos mil dieciocho por el Tribunal Electoral de la Ciudad de México en el juicio TECDMX-JLDC-119/2018.

Tribunal local o

autoridad responsable

Tribunal Electoral de la Ciudad de México.

ANTECEDENTES

Del escrito de demanda, del informe circunstanciado y demás documentales existentes en el expediente, se advierte lo siguiente.

I. Proceso electoral local

1. Jornada Electoral. El uno de julio de dos mil dieciocho[1] tuvo verificativo la jornada para renovar diversos cargos en la Ciudad de México, entre ellos, los relativos a las Alcaldías.

2. Cómputo. El cinco siguiente, el Consejo Distrital celebró sesión en la que se declaró la validez de la elección y se entregaron las constancias de mayoría a favor de J.C.M.R. como Alcalde, así como a favor de las personas siguientes en su carácter de concejales por MR:

Coalición “Por la CDMX al frente”, conformada por los partidos políticos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano

Fórmula

Nombres

1

P.M. de la Luz Ramírez Suárez

S. Rebeca Rodríguez Morales

2

P. Gamaliel Vázquez Herrera

S. Eicko Chilpa Márquez

3

P.M. Dolores Vásquez Reyes

S. Marlén Laura Quiroz López

4

P. Vladimir Aguilar Galicia

S. Fidel Antonio Soria Figueroa

5

P. Zandibel Díaz Rebollar

S. Norma Patricia Pineda Ahumada

6

P. Hugo Enrique Caballero Rodríguez

S. Armando Lara Cervantes

3. Asignación de concejalías. En la misma fecha el Consejo Distrital aprobó el Acuerdo CD10/ACU-15/2018 por el que se realizó la asignación de cuatro concejalías por el principio de RP para integrar la Alcaldía, quedando como sigue:

Fórmula

Nombres

Partido Político

1

P. V.M.O.C.

MORENA

S. José Luis Bernal Carrillo

MORENA

2

P. T.G.M.

MORENA

S. A.J.V.P.

MORENA

3

P. J.R.R.

MORENA

S. S.Á.G.

MORENA

2

P. A.N.M.A.

PRI

S. K.R.T.

PRI

II. Instancia local

1. Juicio local. Para controvertir la determinación anterior, el actor, quien participó en dicha elección como candidato a concejal por RP postulado en la fórmula “1” del PRI,[2] promovió Juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía, el cual fue radicado en el expediente TECDMX-JLDC-119/2018.

2. Sentencia impugnada. El veintinueve de agosto, el Tribunal local resolvió el juicio referido, en el sentido de confirmar la asignación de concejalías electas por el principio de RP para integrar la Alcaldía.

III. Juicio de la ciudadanía.

1. Demanda. El tres de septiembre el actor promovió el presente juicio, a fin de controvertir la sentencia impugnada.

2....

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