Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SM-JDC-0721-2018), 2018

Número de expedienteSM-JDC-0721-2018
Fecha27 Agosto 2018
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN
EmisorSala Regional Monterey (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO Y DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL

EXPEDIENTES: SM-JDC-721/2018 Y ACUMULADOS

ACTORES: M.G.D.V. Y OTROS

RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

TERCEROS INTERESADOS: K.M.B.P. Y PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

MAGISTRADA PONENTE: CLAUDIA VALLE AGUILASOCHO

SECRETARIOS: MARIO LEÓN ZALDÍVAR ARRIETA Y CELEDONIO FLORES CEACA

AUXILIARON: K.A.G.A. Y ZYANYA GUADALUPE AVILÉS NAVARRO

Monterrey, Nuevo León a veintisiete de agosto de dos mil dieciocho.

Sentencia definitiva que: a) revoca la resolución dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León en los expedientes JI-257/2018 y acumulados, mediante la cual realizó la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional para integrar el C.so del Estado;

b) En vía de consecuencia, deja sin efectos el acuerdo CEE/CG/210/2018 del Consejo General de la Comisión Estatal Electoral, emitido en cumplimiento a la mencionada resolución;

c) Deja sin efectos las constancias emitidas en cumplimiento a la sentencia revocada;

d) Modifica los cómputos de la elección de diputaciones de mayoría relativa y representación proporcional, para quedar en los términos del presente fallo, los cuales sustituyen a los emitidos por la Comisión Estatal Electoral de Nuevo León;

e) En plenitud de jurisdicción, asigna las diputaciones de representación proporcional, y ordena a la referida comisión que expida y entregue las constancias de asignación correspondientes.

f) Desecha de plano la demanda del expediente SM-JDC-729/2018.

GLOSARIO

Coalición:

Coalición Juntos Haremos Historia, integrada por los partidos del Trabajo, MORENA y Encuentro Social

Comisión Estatal Electoral:

Comisión Estatal Electoral Nuevo León

C.so Local:

C.so del Estado de Nuevo León

Constitución Federal:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Constitución Local:

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León

LEGIPE:

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

Ley Electoral:

Ley Electoral para el Estado de Nuevo León

Ley de Medios:

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Ley de Partidos

Ley General de Partidos Políticos

Lineamientos:

Lineamientos para la distribución y asignación de diputaciones y regidurías de representación proporcional en el proceso electoral 2017-2018.

PAN:

Partido Acción Nacional

Partido Verde:

Partido Verde Ecologista de México

PES:

Partido Encuentro Social

PRI:

Partido Revolucionario Institucional

PT:

Partido del Trabajo

Suprema Corte:

Suprema Corte de Justicia de la Nación

Tribunal Local:

Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León

1. ANTECEDENTES DEL CASO

Las fechas citadas se refieren a dos mil dieciocho, salvo que se precise otro año.

1.1. Jornada electoral. El uno de julio se llevó a cabo la jornada electoral en Nuevo León para elegir, entre otros cargos, diputaciones locales por ambos principios.

1.2. Cómputo total. El diez de julio, la Comisión Estatal Electoral concluyó la sesión de cómputo total de la elección de diputaciones al C.so Local, declaró la validez de la elección, y entregó constancias de mayoría y validez.

1.3. Asignación de diputaciones. El diez de julio, por acuerdo CEE/CG/207/2018, el Consejo General de la Comisión Estatal Electoral realizó la distribución y asignación de curules por el principio de representación proporcional.

1.4. Juicios locales. Para controvertir el citado acuerdo, se presentaron los siguientes medios de impugnación.

JUICIOS LOCALES

Actora o actor

Expediente

1

Movimiento Ciudadano

JI-257/2018

2

K.M.B.P..
.C. de Movimiento Ciudadano

JI-276/2018

3

Partido Verde

JI-280/2018

4

A.M.P.V.
Candidata Independiente Distrito 21

JI-285/2018

5

E.C.M..
.C. de Movimiento Ciudadano

JI-288/2018

6

Partido Verde

JI-289/2018

7

M.G.D.V..
.C. de la Coalición

JI-291/2018

8

PES

JI-292/2018

9

E.S.B.
Candidato del Partido Verde

JI-293/2018

10

PRI

JI-294/2018

11

V.L.S.
Candidata Independiente Distrito 20

JI-296/2018

1.5. Sentencia impugnada [JI-257/2018 y acumulados]. El diez de agosto, el Tribunal Local resolvió los citados juicios en el sentido de revocar el acuerdo impugnado y, en plenitud de jurisdicción, realizó la asignación de diputaciones de representación proporcional.

1.6. Acuerdo CEE/CG/210/2018, emitido en cumplimiento a la sentencia impugnada. El trece de agosto, la Comisión Estatal Electoral emitió el acuerdo CEE/CG/210/2018, en cumplimiento a las sentencias emitidas por el Tribunal Local, en las cuales se ordenó llevar a cabo la recomposición de los resultados electorales de la elección de diputaciones locales, así como la distribución y asignación de curules de representación proporcional.

1.7. Juicios federales y terceros interesados. En desacuerdo con la sentencia local, el catorce de agosto se promovieron diversos juicios ciudadanos y de revisión constitucional electoral, los cuales se muestran en el siguiente cuadro:

Expediente

Actora o actor

Terceros Interesados

1

JDC-721/201...

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