Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-REC-1266-2017), 02-08-2017
Número de expediente | SUP-REC-1266-2017 |
Fecha | 02 Agosto 2017 |
Tipo de proceso | Recurso de reconsideración |
Emisor | Sala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
RECURSO DE RECONSIDERACIÓN EXPEDIENTES: SUP-REC-1266/2017 Y SUP-REC-1267/2017 ACUMULADOS RECURRENTES: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL Y XÓCHITL GARCÍA GÓMEZ RESPONSABLE: SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CORRESPONDIENTE A LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL, CON SEDE EN XALAPA, VERACRUZ MAGISTRADO PONENTE: REYES RODRÍGUEZ MONDRAGÓN SECRETARIO: JUAN GUILLERMO CASILLAS GUEVARA COLABORÓ: BRUNO A. ACEVEDO NUEVO |
Ciudad de México, a dos de agosto de dos mil diecisiete
SENTENCIA que desecha la demanda interpuesta en contra de la resolución que dictó la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Tercera Circunscripción Plurinominal, con sede en Xalapa, Veracruz, en el juicio ciudadano SX-JRC-63/2017, porque la resolución de la controversia en esta instancia no implica un pronunciamiento de constitucionalidad. Ello sobre la base de que la sentencia reclamada se limita a analizar la admisibilidad y el alcance de las pruebas aportadas por los recurrentes y la suplencia de la queja en la instancia previa.
GLOSARIO
Consejo Municipal: | Consejo Municipal de Tlalnelhuayocan, Veracruz, del Organismo Público Local Electoral de Veracruz |
Ley de Medios: | Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral |
Ley Orgánica: | |
Municipio: | Municipio de Tlalnelhuayocan, Veracruz |
PAN: | Partido Acción Nacional |
Sala Xalapa: | Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Tercera Circunscripción Plurinominal con sede en Xalapa, Veracruz |
Tribunal local: | Tribunal Electoral del Estado de Veracruz |
I. ANTECEDENTES
1.1. Proceso electoral. El diez de noviembre de dos mil dieciséis inició el proceso electoral ordinario 2016-2017 para renovar a los integrantes de los ayuntamientos del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
1.2. Jornada electoral. El cuatro de junio siguiente se llevó a cabo la jornada electoral en esa entidad federativa, entre otros, para elegir a los miembros del Municipio.
1.3. Cómputo. El siete de junio siguiente el Consejo Municipal llevó a cabo el cómputo de la elección municipal.
De acuerdo con los resultados del Consejo Municipal, la coalición denominada “Que resurja Veracruz”, integrada por el Partido Revolucionario Institucional y el Partido Verde Ecologista de México, ganó la elección con dos mil doscientos setenta y cuatro votos.
A su vez, la coalición denominada “El cambio sigue”, integrada por el PAN y el Partido de la Revolución Democrática, obtuvo mil novecientos quince votos y quedó en segundo lugar de la votación.
Posteriormente, el Consejo Municipal declaró la validez de la elección y, conforme a los resultados descritos, entregó la constancia de mayoría a la coalición ganadora.
1.4. Recurso de inconformidad (RIN 39/2017). Inconforme con los resultados de la elección, el PAN promovió un recurso de inconformidad en el Tribunal local.
El veintisiete de junio de este año, el Tribunal local dictó una sentencia en la que confirmó el cómputo del Consejo Municipal, declaró la validez de la elección y determinó que la constancia de mayoría respectiva correspondía a la coalición “Que resurja Veracruz”.
1.5. Juicio de revisión constitucional...
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