Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-JRC-0114-2017), 28-06-2017

Número de expedienteSUP-JRC-0114-2017
Fecha28 Junio 2017
Tipo de procesoJuicio de revisión constitucional electoral
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
SUP-JRC-0114-2017

JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL

EXPEDIENTE: SUP-JRC-114/2017

ACTOR: PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DE TABASCO

TERCEROS INTERESADOS: COORDINADOR GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS Y PROCURADOR FISCAL DE LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS, AMBOS, DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE TABASCO

MAGISTRADO PONENTE: REYES RODRÍGUEZ MONDRAGÓN

SECRETARIO: ENRIQUE AGUIRRE SALDIVAR

Ciudad de México, a veintiocho de junio de dos mil diecisiete

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dicta SENTENCIA en el medio de impugnación al rubro identificado, en el sentido de REVOCAR, en lo que fue materia de controversia, la resolución de tres de abril de dos mil diecisiete dictada por el Tribunal Electoral de Tabasco en el juicio electoral y los recursos de apelación TET-JE-04/2017-III, TET-AP-10/2017-III y TET-AP-11/2017-III acumulados, donde determinó, en lo que interesa, carecer de competencia para conocer sobre actos y omisiones atribuidos al Gobernador y al Congreso del Estado de Tabasco respecto al presupuesto del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco y el financiamiento público de los partidos políticos.

GLOSARIO

Actor:

Partido Verde Ecologista de México

Instituto Electoral local:

Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco

Consejera Presidenta:

Tribunal local y/o autoridad

responsable:

Consejera Presidenta del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco

Tribunal Electoral de Tabasco

Sala Superior:

Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

I. ANTECEDENTES

1. Acuerdos sobre financiamiento público y presupuesto 2017. El veinticinco de octubre de dos mil dieciséis, el Consejo Estatal del Instituto Electoral local aprobó los acuerdos CE/2016/046 y CE/2016/047, por los cuales se establecieron, respectivamente: a) los montos de financiamiento público para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes y actividades específicas de los partidos políticos acreditados ante el propio Instituto para el ejercicio fiscal dos mil diecisiete, y b) el anteproyecto de presupuesto para el año electoral dos mil diecisiete.

2. Comunicación de los acuerdos aprobados. Mediante oficio P/1348/2016, de veinticinco de octubre de dos mil dieciséis, la Consejera Presidenta comunicó al Gobernador del Estado de Tabasco la aprobación de los citados acuerdos.

De igual forma, los acuerdos se hicieron del conocimiento del titular de la Secretaría de Planeación y Finanzas y del presidente de la Junta de Coordinación Política de la LXII Legislatura del Congreso, ambos del estado de Tabasco, con la finalidad de que en el Presupuesto de Egresos dos mil diecisiete se incluyeran los montos relativos a las actividades ordinarias permanentes y las actividades específicas, así como el anteproyecto de presupuesto del Instituto Electoral local.

3. Aprobación y notificación del presupuesto de egresos 2017. El ocho de diciembre de dos mil dieciséis, la LXII Legislatura del H. Congreso del Estado de Tabasco emitió el Decreto 034, mediante el cual aprobó el Presupuesto General de Egresos para el ejercicio fiscal dos mil diecisiete. El veinticuatro siguiente se publicó en el Periódico Oficial de Tabasco.

Mediante oficio SPF/0036/2017 de dos de enero de dos mil diecisiete, el Secretario de Planeación y Finanzas del Gobierno del Estado de Tabasco notificó dicho presupuesto a la Consejera Presidenta.

4. Solicitud y respuesta de transferencia de recursos. A través del oficio P/011/2017 de doce de enero de dos mil diecisiete, la Consejera Presidenta solicitó al Secretario de Planeación y Finanzas del Estado la transferencia de recursos. A su vez, mediante los oficios SPF/TR0092/2017 y SPF/TR0093/2017, ambos de dieciocho de enero de dos mil diecisiete, el Subsecretario de Egresos de la Secretaria de Planeación y Finanzas del Gobierno del Estado de Tabasco informó a la Consejera Presidenta sobre la autorización de transferencia de recursos federales y la adecuación al presupuesto del Instituto Electoral local.

5. Solicitud al Gobernador del Estado. A través del oficio SE/0069/2017 de veintitrés de enero de dos mil diecisiete, el Secretario Ejecutivo del Instituto Electoral local solicitó al titular del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco una nueva evaluación de los recursos asignados, toda vez que, según argumentó, no se proporcionaron los montos destinados para el financiamiento de actividades específicas de los partidos políticos ni para gastos electorales con motivo del proceso electoral ordinario 2017-2018, mientras que los recursos destinados a gastos de operación e impuesto sobre nómina se entregaron incompletos.

6. Solicitud de análisis al presupuesto autorizado. Mediante el oficio número DEA/156/2017 de dos de febrero de dos mil diecisiete, el Director Ejecutivo de Administración del Instituto Electoral local solicitó al Director General de Programación Presupuestaria de la Secretaría de Planeación y Finanzas que analizara y verificara lo concerniente al presupuesto de este año y las adecuaciones realizadas al sistema.

7. Solicitud de adopción de medidas y suministro de recursos a la Secretaria de Planeación y Finanzas del Estado. Mediante el oficio número SE/0163/2017, de diez de febrero de dos mil diecisiete, el Secretario Ejecutivo del Instituto Electoral local solicitó al Secretario de Planeación y Finanzas del Estado de Tabasco que, con motivo de las modificaciones realizadas para asignar recursos del gasto operativo al financiamiento público relativo a actividades específicas de los partidos políticos y para los gastos de operación del proceso electoral extraordinario 2017-2018, se adoptaran medidas y fueran suministrados los recursos aprobados por el Congreso local en el Decreto 034.

8. Solicitud de intervención del Gobernador. Por oficio P/0083/2017 de trece de febrero de dos mil diecisiete, la Consejera Presidenta solicitó al titular del Poder Ejecutivo Estatal su intervención para dar solución a diversos aspectos relacionados con el financiamiento aprobado al Instituto Electoral local.

9. Medios de impugnación presentados ante la Sala Superior y sus reencauzamientos. El ocho, trece y dieciséis de febrero de dos mil diecisiete, el Partido Revolucionario Institucional, Morena y el Partido Verde Ecologista de México promovieron per saltum ante esta Sala Superior, sendos medios de impugnación en contra -sustancialmente- de la presunta retención del financiamiento público para actividades específicas correspondientes a enero y febrero del presente año. A su vez, la Sala Superior declaró su improcedencia y los reencauzó al Tribunal Electoral de Tabasco.

10. Pago de financiamiento correspondiente a actividades específicas. Mediante operaciones electrónicas realizadas el diecisiete de febrero y veinticuatro de marzo del presente año, el Instituto Electoral local transfirió al Partido Revolucionario Institucional, Morena y Partido Verde Ecologista de México los montos relativos a las prerrogativas por actividades específicas correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo de dos mil diecisiete.

11. Resolución impugnada. El tres de abril del año en curso el Tribunal Electoral local resolvió los medios de impugnación reencauzados por esta Sala Superior (punto 9), identificados como juicio electoral y recursos de apelación TET-JE-04/2017-III, TET-AP-10/2017-III y TET-AP-11/2017-III acumulados, en términos de los siguientes resolutivos:

PRIMERO. Se acumulan los expedientes TET-AP-10/2017-III y TET-AP-11/2017-III, al diverso TET-JE-04/2017-III. En consecuencia, deberá glosarse copia certificada de los puntos resolutivos de la presente sentencia al expediente de cada uno de los medios de impugnación acumulados.

SEGUNDO. El Tribunal Electoral de Tabasco carece de competencia para conocer y resolver la controversia planteada por el Partido Verde Ecologista de México en el expediente TET-AP-11/2017-III, únicamente por la materia de impugnación y por las razones precisadas en el considerando segundo de este fallo.

TERCERO. Se dejan a salvo los derechos del Partido Verde Ecologista de México, para que posteriormente los haga valer en la vía y forma que en Derecho corresponda.

CUARTO. Se desechan de plano las demandas que generaron los medios de impugnación identificados con las claves TET-JE-04/2017-III y TET-AP-10/2017-III, y parcialmente el recurso de apelación TET-AP-11/2017-III, por las razones expuestas en el considerando cuarto de esta resolución.

QUINTO. Se vincula a la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado de Tabasco, para el estricto cumplimiento del suministro mensual al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco, de los recursos correspondientes a los proyectos que respaldan las actividades específicas de los partidos políticos, conforme a lo precisado en la parte final del considerando cuarto de la presente sentencia.

SEXTO. No se configuró la omisión atribuida al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco, conforme con lo razonado en el considerando quinto de la presente sentencia.

SÉPTIMO. Se instruye al Secretario General de Acuerdos para que a la brevedad, y en acatamiento a lo ordenado en el expediente SUP-JE-11/2017, comunique a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación el dictado de este fallo, anexando copia certificada del mismo.

(Subrayado de esta sentencia)

12. Juicio de revisión constitucional electoral. El siete de abril de dos mil diecisiete, Martín Darío Cázarez Vázquez, en calidad de Consejero Representante del Partido Verde Ecologista de México ante el Consejo Estatal del Instituto Electoral local, promovió el presente juicio de revisión constitucional electoral a efecto de impugnar la resolución precisada en el punto anterior. En el escrito de demanda, el actor solicitó consultar a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR