Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-JDC-0232-2017), 03-05-2017
Número de expediente | SUP-JDC-0232-2017 |
Fecha | 03 Mayo 2017 |
Emisor | Sala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
Tipo de proceso | Juicio para la protección de los derechos jurídico electorales |
ACUERDO DE SALA JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SUP-JDC-232/2017 ACTORA: MARÍA CONCEPCIÓN MEDINA MORALES RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN MAGISTRADO PONENTE: REYES RODRÍGUEZ MONDRAGÓN SECRETARIO: HUGO DOMÍNGUEZ BALBOA |
Ciudad de México, a tres de mayo de dos mil diecisiete
Acuerdo de sala que determina la competencia de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Quinta Circunscripción Plurinominal Electoral, con sede en Toluca, Estado de México, para conocer y resolver el juicio para la protección de los derechos-político electorales del ciudadano, promovido por María Concepción Medina Morales en contra de la determinación emitida el veinticuatro de marzo de dos mil diecisiete, en el juicio ciudadano local TEEM/JDC-002/2017 por el Tribunal Electoral en el Estado de Michoacán, en la cual se declaró incompetente para conocer y resolver dicho juicio contra actos atribuidos al Contralor Municipal del Ayuntamiento de Maravatío, Michoacán.
GLOSARIO
Ley Orgánica: | |
Ley de Medios: | Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral |
Sala Regional Toluca: | Sala Regional Correspondiente a la Quinta Circunscripción Plurinominal con sede en Toluca, Estado de México |
Tribunal Electoral: | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación |
Tribunal local: | Tribunal Electoral del Estado de Michoacán |
1. ANTECEDENTES
1.1 Jornada electoral. El siete de junio de dos mil quince, se celebró la jornada electoral en el Estado de Michoacán, para renovar entre otros el Ayuntamiento de Maravatío.
1.2 Sesión de cabildo solemne. El primero de septiembre del citado año, se realizó en el ayuntamiento de Maravatío, Michoacán, una sesión solemne, en la cual se desahogaron diversos puntos del orden del día, siendo uno de ellos la toma de protesta de los integrantes de dicho Cabildo para el período 2015-2018, entre los cuales se encontraba la hoy actora.
1.3 Sesión de cabildo ordinaria. El veintiséis de diciembre de dos mil dieciséis, se celebró una sesión ordinaria de cabildo, en la que, entre otros puntos del orden del día, se sometió a consideración de los presentes la aprobación del presupuesto de ingresos y egresos del ejercicio fiscal dos mil diecisiete.
1.4 Notificación del Contralor Municipal. El tres de marzo del presente año, el Contralor Municipal del Ayuntamiento de Maravatío, Michoacán, dirigió a la actora el oficio CMM/019/03/17, mediante el cual le notificó el Pliego Preventivo de Responsabilidades y a su vez le informó que no podría ejercer recursos públicos del municipio para la Comisión Municipal que integra.
1.5 Juicio ciudadano local -TEEM-JDC-002/2017-. Inconforme con el contenido del referido oficio y su notificación, el seis de marzo...
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