Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSM-JDC-0461-2017), 21-09-2017

Fecha21 Septiembre 2017
Número de expedienteSM-JDC-0461-2017
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
EmisorSala Regional Monterey (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
SM-JDC-0461-2017

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTE: SM-JDC-461/2017

ACTORES: HERIBERTO HERNÁNDEZ MARTÍNEZ Y PABLO GARCÍA MARTÍNEZ

RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

MAGISTRADO PONENTE: YAIRSINIO DAVID GARCIA ORTÍZ

SECRETARIA: SARALANY CAVAZOS VÉLEZ

Monterrey, Nuevo León, a veintiuno de septiembre de dos mil diecisiete.

Sentencia definitiva que desecha de plano la demanda, toda vez que el acto impugnado ha quedado sin materia porque los actores alcanzaron su pretensión de recibir los cheques consignados por el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí, cesando con ello cualquier posible afectación a sus derechos.

GLOSARIO

Ayuntamiento:

Ayuntamiento de Santa María del Río en San Luis Potosí

Ley de Medios:

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Tribunal Local:

Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí

Secretaría de Finanzas:

Secretaría de Finanzas del Estado de San Luis Potosí

1. ANTECEDENTES

1.1 Juicio local TESLP/JDC/54/2015. El seis de octubre de dos mil quince, los actores acudieron ante el Tribunal local a impugnar la omisión y/o negativa del Ayuntamiento de pagarles las remuneraciones económicas inherentes al desempeño de sus cargos.

Posteriormente, el dos de mayo de dos mil dieciséis, se dictó sentencia en la que condenó al Ayuntamiento llevar a cabo el pago de $232,500.00 (doscientos treinta y dos mil quinientos pesos 00/100 M.N.) correspondientes al pago de las remuneraciones por concepto de salarios y parte proporcional de la compensación del fin de año del ejercicio 2015.

1.2 Juicio federal SM-JE-1/2016. El seis de mayo siguiente, el Síndico Municipal del Ayuntamiento, promovió juicio electoral en contra de la resolución de dos de mayo del Tribunal Local y, el veintisiete de mayo siguiente esta Sala resolvió confirmar la sentencia impugnada.

1.3 Juicio federal SM-JE-5/2017. El diez de marzo de dos mil diecisiete, los actores presentaron ante este órgano jurisdiccional un medio de impugnación contra i) la omisión y/o negativa del Ayuntamiento de cumplir con la sentencia dictada por el Tribunal local dentro del expediente TESLP/JDC/54/2015, y ii) la falta de medidas efectivas por parte de la autoridad responsable para ejecutar eficazmente la misma.

El veintiocho de marzo siguiente, esta Sala Regional determinó reencauzar el expediente al Tribunal local, para que se instaurara como incidente de inejecución de sentencia y resolviera conforme a sus atribuciones.

1.4 Incidente de inejecución de sentencia del Juicio local TESLP/JDC/54/2015. El siete de junio el Tribunal Local estimó fundado el incidente y condenó al Ayuntamiento para que la cantidad adeudada de $197,500.00 (Ciento noventa y siete mil quinientos pesos 00/100 M.N.) se liquidara en seis parcialidades mensuales de $32,916.60 (treinta y dos mil novecientos dieciséis pesos 60/100 M.N.) a favor de cada uno de los actores.

1.5 Juicio federal SM-JE-7/2017....

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