Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la sentencia dictada en el juicio de amparo número 273/2010-II, por el Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, promovido por la empresa Fabrimaki, S.A. de C.V., en contra de la resolución emitida en el procedimiento de sanción a proveedores número PISI-A-NC/DS/ 0583/2008, sentencia confirmada mediante ejecutoria, y emitida en el recurso de revisión número R.A. 19/2012 por el Sexto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, con residencia en Morelia, Michoacán

Fecha de disposición08 Junio 2012
Fecha de publicación08 Junio 2012
MateriaDerecho Procesal
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Area de Responsabilidades.- Expediente PISI-A-NC-DS-0483/2008.- Oficio 00641/30.15/2999/2012. CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, LA SENTENCIA DE 24 DE NOVIEMBRE DE 2011, DICTADA EN EL JUICIO DE AMPARO NUMERO 273/2010-II, POR EL JUZGADO SEXTO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL DISTRITO FEDERAL, PROMOVIDO POR LA EMPRESA FABRIMAKI, S.A. DE C.V., EN CONTRA DE LA RESOLUCION DE FECHA 12 DE MARZO DE 2010 EMITIDA EN EL PROCEDIMIENTO DE SANCION A PROVEEDORES NUMERO PISI-A-NC/DS/0583/2008, SENTENCIA CONFIRMADA MEDIANTE EJECUTORIA DE 12 DE ABRIL DE 2012, Y EMITIDA EN EL RECURSO DE REVISION NUMERO R.A. 19/2012 POR EL SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA TERCERA REGION, CON RESIDENCIA EN MORELIA, MICHOACAN.

Oficiales mayores de las dependencias,

Procuraduría General de la República

y equivalentes de las entidades de la

Administración Pública Federal y de los

gobiernos de las entidades federativas.

Presentes.

Con fecha 24 de noviembre de 2011, el Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, dentro del juicio de amparo número 273/2010-II, promovido por la empresa Fabrimaki, S.A. de C.V., en contra de la resolución de fecha 12 de marzo de 2010 dictada en el procedimiento de sanción a proveedores número PISI-A-NC/DS/0583/2008, dictó sentencia en la que esencialmente señaló lo siguiente:

UNICO. La Justicia de la Unión no Ampara ni Protege a Fabrimaki, sociedad anónima de capital variable, por conducto de su representante legal Julia Alvarado Hernández, contra los actos reclamados y autoridad precisados en el considerando...

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