Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 30-11-2016 (AMPARO EN REVISIÓN 348/2016)

Sentido del fallo30/11/2016 • SE REVOCA LA SENTENCIA RECURRIDA, POR LAS RAZONES EXPRESADAS EN LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL COLEGIADO DE DIECISIETE DE MARZO DE DOS MIL DIECISÉIS. • SE SOBRESEE EN EL JUICIO DE AMPARO RESPECTO DE LOS ACTOS RECLAMADOS A LAS AUTORIDADES PRECISADAS EN EL CONSIDERANDO TERCERO DE LA SENTENCIA RECURRIDA. • EN LA MATERIA DE LA REVISIÓN COMPETENCIA DE ESTA SEGUNDA SALA, LA JUSTICIA DE LA UNIÓN NO AMPARA NI PROTEGE A LA QUEJOSA, EN CONTRA DE LOS ORDENAMIENTOS ADMINISTRATIVOS GENERALES PRECISADOS EN EL CONSIDERANDO OCTAVO DE ESTA EJECUTORIA. • QUEDAN SIN MATERIA LAS REVISIONES ADHESIVAS.
EmisorSEGUNDA SALA
Tipo de AsuntoAMPARO EN REVISIÓN
Número de expediente348/2016
Fecha30 Noviembre 2016
Sentencia en primera instanciaJUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA (EXP. ORIGEN: J.A. 4/2013-V),SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO (EXP. ORIGEN: A.R. 54/2014))

amparo en revisión 348/2016.



AMPARO EN REVISIÓN 348/2016.

QUEJOSA: **********.

RECURRENTES: SECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, SECRETARIO DE ECONOMÍA Y SECRETARIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO.




PONENTE: MINISTRA M.B. LUNA RAMOS.

SECRETARIA: MA. DE LA LUZ PINEDA PINEDA.


Vo. Bo.


Ciudad de México. Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al treinta de noviembre de dos mil dieciséis.

COTEJADA.


V I S T O S; Y,


R E S U L T A N D O:


PRIMERO. Por demanda presentada el tres de enero de dos mil trece, en la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Mexicali, **********, por conducto de su representante legal solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal, en contra de las siguientes autoridades y actos:

lll. AUTORIDADES RESPONSABLES:


  1. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.

  2. Secretario de Gobernación.

  3. Secretario de Hacienda y Crédito Público.

  4. Secretario de Economía.

  5. Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

  6. Secretario de Comunicaciones y Transportes.

  7. Jefe del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

  8. Director del Diario Oficial de la Federación.


Todas estas autoridades con domicilio conocido en la Ciudad de México, Distrito Federal.


  1. Juez Primero de Distrito en el Estado de Baja California Norte, con residencia en la ciudad de Mexicali, Baja California.

10. Juez Segundo de Distrito en el Estado de Baja California Norte, con residencia en la ciudad de Mexicali, Baja California.

11. Juez Decimosegundo de Distrito en el Estado de Baja California Norte, con residencia en la ciudad de Mexicali, Baja California.

12. Juez Decimocuarto de Distrito en el Estado de Baja California Norte, con residencia en la ciudad de Mexicali, Baja California.

13. Juez Decimoquinto de Distrito en el Estado de Baja California Norte, con residencia en la ciudad de Mexicali, Baja California.


Ejecutoras:

14. Administrador Central de Identificación al Contribuyente.

15. Administrador General de Aduanas,

16. Administrador Central de Planeación y Programación de Comercio Exterior.

17. Administrador de Planeación y Programación de Comercio Exterior “1”.

  1. Administrador de Planeación y Programación de Comercio Exterior “2”

  2. Administrador Central de Asuntos Legales de Comercio Exterior.

  3. Administrador de Asuntos Legales de Comercio Exterior “1”.

  4. Administrador de Asuntos Legales de Comercio Exterior “2”.

  5. Administrador Central de Investigación y Análisis de Comercio Exterior.

  6. Administración de Investigación y Análisis de Comercio Exterior “1”.

  7. Administración de Investigación y Análisis de Comercio Exterior “2”.

  8. Administración de Investigación y Análisis de Comercio Exterior “3”.

  9. Administración de Investigación y Análisis de Comercio Exterior “4”.

  10. Administración de Investigación y Análisis de Comercio Exterior “5”.

  11. Administrador Central de Operaciones Especiales de Comercio Exterior.

  12. Administrador de Operaciones Especiales de Comercio Exterior “1”.

  13. Administrador de Operaciones Especiales de Comercio Exterior “2”.

  14. Administrador de Operaciones Especiales de Comercio Exterior “3”.

  15. Administrador de Operaciones Especiales de Comercio Exterior “4”.

  16. Administrador de Operaciones Especiales de Comercio Exterior “5”.

  17. Administrador Central de Auditoría de Operaciones de Comercio Exterior.

  18. Administrador de Auditoría de Operaciones de Comercio Exterior “1”.

  19. Administrador de Auditoría de Operaciones de Comercio Exterior “2”.

  20. Administrador de Auditoría de Operaciones de Comercio Exterior “3”.

  21. Administrador de Auditoría de Operaciones de Comercio Exterior “4”.

  22. Administrador de Auditoría de Operaciones de Comercio Exterior “5”.

  23. Administrador de Auditoría de Operaciones de Comercio Exterior “6”.

  24. Administrador General de Auditoría de Comercio Exterior.

  25. Director General de Autotransporte Federal.

  26. Administrador Central de Operación Aduanera del Servicio de Administración Tributaria.


Todas estas autoridades con domicilio conocido en la Ciudad de México, Distrito Federal.


  1. Administrador de la Aduana de Mexicali, Baja California,

  2. Administrador de la Aduana de Tecate, Baja California.

  3. Administrador de la Aduana de Tijuana, Baja California.

  4. Administrador de la Aduana de San Luis Río Colorado, Sonora.

  5. Administrador de la Aduana de Nogales, con residencia en Nogales, S..

  6. Administrador de la Aduana de Sonoyta, Sonora.

  7. Administrador de la Aduana de Agua Prieta, Sonora.

  8. Administrador de la Aduana de Naco, Sonora.

  9. Administrador de la Aduana de C.J., C..

  10. Administrador de la Aduana de Ojinaga, C..

  11. Administrador de la Aduana de Puerto Palomas, C..

  12. Administrador de la Aduana de Ciudad Acuña, Coahuila.

  13. Administrador de la Aduana de Piedras Negras, Coahuila.

  14. Administrador de la Aduana de Nuevo Laredo, Tamaulipas.

  15. Administrador de la Aduana de Reynosa Tamaulipas.

  16. Administrador de la Aduana de Matamoros, Tamaulipas.

  17. Administrador de la Aduana de Ciudad Camargo, Tamaulipas.

  18. Administrador de la Aduana de Ciudad Alemán, Tamaulipas.

  19. Administrador de la Aduana de Colombia, Nuevo León.

  20. Gobernador Constitucional del Estado de Baja California, con sede en Mexicali, Baja California.

  21. Recaudador Auxiliar de Rentas del Estado de Baja California, con sede en Mexicali.

  22. Director General de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en el Estado de Baja California.

  23. Director General de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en el Estado de Sonora.

  24. Director General de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en el Estado de Chihuahua.

  25. Director General Centro de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en el Estado de Coahuila.

  26. Director General de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en el Estado de Nuevo León.

  27. Director General de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en el Estado de Tamaulipas.



IV. ACTOS RECLAMADOS:

A las autoridades señaladas como responsables en su carácter de ordenadora y ejecutora en forma enunciativa y no limitativa les reclamo lo siguiente:


1).- La emisión, creación, promulgación, publicación y rúbrica del “Acuerdo por el que se aceptan como equivalentes a la Norma Oficial Mexicana NOM-041-SEMARNAT-2006, que establece los límites máximos permisibles de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación que usan gasolina como combustible y a la Norma Oficial Mexicana NOM-047-SEMARNAT-1999, que establece las características del equipo y el procedimiento de medición para la verificación de los límites de emisión de contaminantes, provenientes de los vehículos automotores en circulación que usan gasolina, gas licuado de petróleo, gas natural u otros combustibles alternos, las regulaciones que se indican y sus respectivos procedimientos de evaluación de la conformidad y se reconocen como válidos para efectos de acreditar su cumplimiento en los puntos de ingreso al país los certificados que se señalan, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veinte de octubre de dos mil once y que conforme a su artículo Segundo Transitorio entró en vigor el veintiuno de noviembre del año próximo pasado, así como las consecuencias derivadas de su aplicación y la “Vigésima Novena modificación al Acuerdo, por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior”.


2).- Al Secretario de Hacienda y Crédito Público, Jefe del SAT y P. de la República, les reclamo:


A).- La emisión, creación, promulgación y aplicación de las Reglas de C. General en Materia de Comercio Exterior para 2012, y demás vigentes, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de agosto de 2012, mismas que entraron en vigor el día 01 de septiembre de 2012, y su anexo 22, concretamente las reglas 3.5.1., 3.5.2., 3.5.3., 3.5.4., 3.5.5., 3.5.6., 3.5.7., 3.5.8., fracciones I, II, III, IV, 3.5.9., 3.5.10., 1.6.21., 1.6.26., 1.6.28., 2.2.2., 2.10.9., numeral 2, 2.6.23, 2.6.24 y 2.6.25 para la clave VU; 2.10.5 y 2.6.25 para la clave VF todo esto derivado del Decreto para la Importación Definitiva de Vehículos Usados.


B).- La emisión, promulgación, aplicación y rúbrica de la Resolución, que reforma el anexo 2 de la diversa que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de febrero de 2005, y sus posteriores modificaciones hasta el 10 de junio de 2010.


El Decreto, y como consecuencia de orden, su emisión, promulgación, aplicación y rúbrica en el que se establecen las condiciones para la importación...

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