Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 13-05-2020 (AMPARO EN REVISIÓN 1006/2019)

Sentido del fallo13/05/2020 • SE DESECHA EL RECURSO DE REVISIÓN. • SE SOBRESEE EN EL JUICIO. • SE REVOCA LA SENTENCIA RECURRIDA. • SE SOBRESEE EN EL JUICIO. • LA JUSTICIA DE LA UNIÓN NO AMPARA NI PROTEGE A LA PARTE QUEJOSA. • SON INFUNDADAS LAS REVISIONES ADHESIVAS.
EmisorSEGUNDA SALA
Tipo de AsuntoAMPARO EN REVISIÓN
Número de expediente1006/2019
Fecha13 Mayo 2020
Sentencia en primera instanciaJUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA (EXP. ORIGEN: J.A. 1506/2018-XIV-7),PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO (EXP. ORIGEN: A.R. 386/2019))

ARectángulo 1 MPARO EN REVISIÓN 1006/2019


amPARO EN REVISIÓN 1006/2019

quejosA: BLANCA LETICIA ROJAS VARGAS

RECURRENTES: cONSEJO DE LA JUDICATURA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, L.C.F. MORALES Y OTROS TERCEROS INTERESADOS

RECURRENTES ADHESIVOS: la quejosa y L.C.F. MORALES



PONENTE: MINISTRO J.L.P.

SECRETARIA: M.L.L.

ELABORÓ: CRISTINA HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ


Ciudad de México. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la sesión correspondiente al día trece de mayo de dos mil veinte, emite la siguiente:


SENTENCIA


Mediante la que se resuelve el amparo en revisión 1006/2019, interpuesto por el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Chihuahua, así como por los terceros interesados Luis Carlos Flores Morales, Luis Javier Ortiz Beltrán, Rigoberto Isaías Flores Gómez, R.E.J.V., V.I.R.T., E.I.R.C., M.F.D.R., F.C.S., D.I.S.M., M.R.R., R.C.Á., R.L.B.R., M.H.D.G., L.H.Z. y Jesús Pérez Gallardo Alvarado contra la sentencia dictada el veintinueve de mayo del dos mil diecinueve por el Juez Tercero de Distrito en el Estado de Chihuahua, con residencia en la ciudad del mismo nombre, en el juicio de amparo indirecto 1506/2018.


I. ANTECEDENTES


  1. Nombramiento como juez provisional. De las constancias que obran en autos se advierte que mediante oficio RH 1431/2013, el Presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Chihuahua designó a Blanca Leticia Rojas Vargas como Juez Oral Provisional del Sistema Penal Acusatorio del Distrito Judicial Morelos en dicha entidad federativa, con efectos a partir del diecinueve de junio del dos mil trece, lo anterior de conformidad con los artículos 50, fracción X, y 55, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.1


  1. Convocatoria para llevar a cabo concurso de oposición. El veinticuatro de marzo del dos mil dieciocho, el Presidente del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado emitió la convocatoria CJE/002/2018, la cual tenía como objeto la ocupación, a través de un proceso de selección para ingreso y adscripción, de cincuenta y seis plazas disponibles de juezas y jueces de carácter definitivo, en los diversos distritos judiciales y materias de dicha entidad federativa.


  1. Lista de vencedores. Mediante acuerdo de veinte de agosto del dos mil dieciocho, el Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Chihuahua seleccionó a las juezas y jueces con carácter definitivo para ocupar las plazas concursadas en la convocatoria CJE/002/2018.


  1. Actos reclamados y autoridades responsables.2 Mediante escrito, Blanca Leticia Rojas Vargas promovió juicio de amparo en contra de los actos reclamados de las autoridades que enseguida se precisan:


III. LA AUTORIDAD O AUTORIDADES RESPONSABLES son:

  1. El Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Chihuahua (…).

  2. El Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Chihuahua (hoy Tribunal Superior de Justicia) (…).

IV. EL ACTO RECLAMADO:

  1. (sic) El acuerdo tomado por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Chihuahua el día 20 de agosto del 2018, derivado del procedimiento de la Convocatoria No. CJE/002/2018, por el que se nombran nuevos jueces ‘titulares’ de primera instancia que habrán de sustituir a otros diversos considerados como ‘provisionales’, últimos de entre los cuales se encuentra la quejosa.

Esto respecto de todo el procedimiento y con motivo del primer acto relativo al nombramiento de jueces señalado en el acuerdo supra citado, señalándose como reclamado todo el procedimiento que tendrá el carácter de inminente y que finalizará en la destitución de la quejosa que tendrá lugar el primer día hábil del año 2019.

Lo anterior justificado en la siguiente jurisprudencia del Pleno de la Suprema Corte que me permito transcribir y que tiene aplicación por identidad jurídica:

MAGISTRADOS DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE COLIMA. OPORTUNIDAD DE LA DEMANDA DE AMPARO EN CONTRA DEL PROCEDIMIENTO DE SU DESIGNACIÓN Y SUSTITUCIÓN.’”


  1. Mediante escrito aclaratorio, la parte quejosa expresó:3


(…) Que en atención a su prevención decretada en el acuerdo de fecha 12 de septiembre del 2018, bajo protesta de decir verdad, vengo a cumplimentar la misma en los siguientes términos:

a) Manifieste si también desea señalar como acto reclamado la omisión por parte del Presidente del Pleno del entonces Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Chihuahua, hoy Tribunal Superior de Justicia, de realizar el dictamen de ratificación de la promovente en su último encargo como Jueza de Primera Instancia ante el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Chihuahua.’

Manifiesto que sí es deseo de la quejosa señalar como acto reclamado dicha omisión, haciendo la aclaración que esta ratificación debió ser ante el Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado conforme a la normatividad vigente en ese entonces, pues el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Chihuahua aún no existía legalmente en la fecha que debió desahogarse dicho procedimiento de ratificación.”


  1. Cabe precisar que en dicho escrito, la parte quejosa señaló como terceros interesados a los treinta y nueves jueces del ramo penal que resultaron vencedores en la Convocatoria CJE/002/2018, a saber:


1. Gabriel Gerardo Reyes Zúñiga

2. Nancy Cristina Reyes Ezquivel

3. Juan Alonso Martínez Grajales

4. Salvador Mario García de la

Cadena Lamelas

5. F.R.S.G.

6. Humberto Chávez Allende

7. Rigoberto Isaías Flores Gómez

8. Abigail Sosa Rivera

9. Sylvia Padilla Chávez

10. Manuel Arturo Quintana Ramírez

11. Luis Carlos Flores Morales

12. Víctor Iván Rodríguez Trejo

13. Eric Israel Robles Chávez

14. Samuel Uriel Mendoza

Rodríguez

15. María Fernanda Díaz Rojas

16. Hortencia García Rodríguez

17. Refugio Ernesto Jáuregui

Venegas

18. Fernando Corral Soto

19. Luis Carlos Reyes Romero

20. Dirceu Ismael Solís Mendoza

21. Monserrat Robles Ramírez

22. Erik Salvador Nevarez Estrada

23. Omar Enrique Meléndez Renova

24. Juan Daniel Delgadillo Martínez

25. Ana Violeta Estrada Domínguez

26. Jesús Pérez Gallardo Alvarado

27. Raquel Carlos Ávila

28. Luis Javier Ortiz Beltrán

29. Rufina Maldonado Robles

30. Zulema Sandoval Chacón

31. Edgar Oswaldo Torres Sandoval

32. Silvia Catalina Uranga Mendoza

33. V.M.F.D.

34. Ramona Lizeth Bustillos

Ramírez

35. Mauricio Hipólito Domínguez

García

36. Luis Eduardo Valdez Barrón

37. Luis Alfredo Cruz Ramos

38. Rosy Isela Gutiérrez Beltrán

39. Luis Hernández Zúñiga



  1. Ampliación de la demanda de amparo.4 La parte quejosa amplió su demanda de amparo en los términos siguientes:


III. LA AUTORIDAD O AUTORIDADES RESPONSABLES son:

Autoridades emisoras:

El H. Congreso del Estado (…).

Autoridades publicadoras

El C. Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua (…)

El C.S. General de Gobierno (…).

El C. Director del Periódico Oficial del Estado de Chihuahua (…).

Autoridades ejecutoras:

El Presidente del Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Chihuahua (hoy Tribunal Superior de Justicia), en su carácter de Consejero Presidente del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Chihuahua (…).

El Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Chihuahua (hoy Tribunal Superior de Justicia) (…).

El Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Chihuahua (…).

IV. LOS NOVEDOSOS ACTOS RECLAMADOS son:

Actos destacados

Del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR