Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 16-06-2004 (AMPARO EN REVISIÓN 418/2004)

Sentido del fallo
Número de expediente418/2004
Sentencia en primera instanciaSEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO (EXP. ORIGEN: TOCA DE REVISIÓN NÚMERO R.A. 532/2003)),JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA, EL DISTRITO FEDERAL (EXP. ORIGEN: 364/2002)
Fecha16 Junio 2004
Tipo de AsuntoAMPARO EN REVISIÓN
EmisorPRIMERA SALA
AMPARO EN REVISIÓN 418/2004

AMPARO EN REVISIÓN 418/2004

AMPARO EN REVISIÓN 418/2004

QUEJOSA: **********


PONENTE: MINISTRO JOSÉ DE J.G.P..

SECRETARIO: M.B.L..



Í N D I C E

PÁGS.


SÍNTESIS………………………………………………. I


RESULTANDOS


PRIMERO…………………………………………….. 1

SEGUNDO……………………………………………... 4

TERCERO…………………………………………….. 13

CUARTO………………………………………………. 14

QUINTO……………………………………………….. 15


CONSIDERANDOS

PRIMERO……………………………………………. 15

SEGUNDO………………………………………….. 5

TERCERO…………………………………………… 51

RESOLUTIVOS………….………………………….. 53



SE ACOMPAÑAN CINCO ANEXOS

AMPARO EN REVISIÓN 418/2004

QUEJOSA: **********




PONENTE: MINISTRO JOSÉ DE J.G.P..

SECRETARIO: M.B.L..




S Í N T E S I S


AUTORIDADES RESPONSABLES: Congreso de la Unión y otras.


ACTO RECLAMADO: Artículo Y de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, así como del 38, fracción XXI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.


SENTIDO DEL FALLO RECURRIDO: Concedió el amparo.


CONSIDERACIONES DEL PROYECTO:


Examinados los agravios de la autoridad recurrente y los de la quejosa, se aprecia que la litis en esta instancia se centra en determinar si las participaciones a que se refiere el artículo 5o de la Ley Federal de Juegos y Sorteos tienen la naturaleza de derechos o si, como pretende la autoridad, son aprovechamientos; de esta cuestión derivan los demás temas que hace valer la autoridad.


La autoridad afirma que la sentencia impugnada es ilegal al no considerar que la normatividad aplicable a la materia está conformada por lo dispuesto en los artículos 1º, fracción VI, punto 12, 10 y 11 de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil dos, así como el artículo 3o del Código Fiscal de la Federación, de los que, a su entender, se desprende que las participaciones a que hace referencia el artículo 5o de la Ley Federal de Juegos y Sorteos tienen la naturaleza de aprovechamientos, de modo que no les son aplicables los principios que rigen a las contribuciones.

En ese orden, argumenta que contrario a lo afirmado por el juez de distrito, el pago efectuado por la quejosa no derivó de los artículos reclamados de inconstitucionales, sino de un diverso oficio que, a su vez, se sustenta en los preceptos mencionados en el párrafo precedente, por lo que al no haberse tomado en consideración el conjunto de normas que prevé que las participaciones en materia de juegos y sorteos son aprovechamientos y no derechos, la sentencia recurrida resulta ilegal, pues el juez debió haber analizado el acto de aplicación a la luz de aprovechamientos y no de derechos.

Estas alegaciones son infundadas, pues parten de la premisa errónea de que la denominación de una institución jurídica prevalece sobre su naturaleza.

La Segunda Sala de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación (cuyo criterio se comparte), ha ya resuelto que las mencionadas participaciones tienen la calidad de derechos por servicios, de modo que les son aplicables todos los principios tributarios, incluido el de legalidad.

En este orden, se propone confirmar la concesión del amparo.

Por otro lado, en aras de satisfacer la economía procesal, se analiza un segundo motivo de inconformidad de la autoridad, en el sentido de que la sentencia del juez de distrito es incongruente al analizar la constitucionalidad del artículo 38, fracción XXI, del Reglamento citado.


PUNTOS RESOLUTIVOS:


PRIMERO. En la materia de la revisión competencia de esta Primera Sala, se confirma la sentencia recurrida.


SEGUNDO. La Justicia de la Unión ampara y protege a **********, respecto de los artículos y de la Ley Federal de Juegos y sorteos, así como del 38, fracción XXI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y de sus respectivos actos de aplicación.


TESIS QUE SE CITAN:


TRIBUTOS. SU ESTUDIO DEBE REALIZARSE DE ACUERDO CON SU VERDADERA NATURALEZA JURÍDICA, INDEPENDIENTEMENTE DE LA DENOMINACIÓN QUE LE DEN LAS PARTES O INCLUSO LA LEY.


INGRESOS PÚBLICOS. PARA VERIFICAR SU APEGO A LOS PRINCIPIOS QUE CONFORME A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS RIGEN SU ESTABLECIMIENTO, LIQUIDACIÓN Y COBRO, DEBE ATENDERSE A SU NATURALEZA, CON INDEPENDENCIA DE LA DENOMINACIÓN QUE LES DÉ EL LEGISLADOR ORDINARIO.


JUEGOS Y SORTEOS. LA PARTICIPACIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 5º. DE LA LEY FEDERAL RELATIVA QUE DEBEN ENTERAR LOS PERMISIONARIOS A LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, CONSTITUYE UNA CONTRIBUCIÓN DE DERECHOS POR SERVICIOS.


JUEGOS Y SORTEOS. EL ARTÍCULO 5º DE LA LEY FEDERAL RELATIVA QUE FACULTA A LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN PARA SEÑALAR LA PARTICIPACIÓN QUE CORRESPONDE AL GOBIERNO FEDERAL, RESPECTO DE LOS PRODUCTOS OBTENIDOS POR EL PERMISIONARIO, TRANSGREDE EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD TRIBUTARIA.

DERECHOS POR SERVICIOS. SU CONNOTACIÓN.

DERECHOS TRIBUTARIOS POR SERVICIOS. SU EVOLUCIÓN EN LA JURISPRUDENCIA.

IMPUESTOS, ELEMENTOS ESENCIALES DE LOS. DEBEN ESTAR CONSIGNADOS EXPRESAMENTE EN LA LEY.

IMPUESTOS, PRINCIPIO DE LEGALIDAD QUE EN MATERIA DE, CONSAGRA LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.

AMPARO EN REVISIÓN 418/2004

QUEJOSA: **********


PONENTE: MINISTRO JOSÉ DE J.G.P.

SECRETARIO: M.B.L.


Vo.Bo.

México, Distrito Federal. Acuerdo de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación correspondiente al día dieciséis de junio de dos mil cuatro.


V I S T O S; y,

R E S U L T A N D O:


COTEJADO.

PRIMERO. Por escrito presentado el seis de marzo de dos mil dos, en la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, **********, apoderado de **********, promovió juicio de amparo en el que señaló:


II. NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO PERJUDICADO. En concepto de mi mandante no existe. --- III. AUTORIDADES RESPONSABLES. F. como autoridades responsables en el presente juicio de garantías las siguientes: A) El H. Congreso de la Unión. --- B) El C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos. --- C) El C.S. de Gobernación. --- D) El C.S. de Hacienda y Crédito Público. --- E) El C.S. de Salud. --- F) El C. Presidente del Servicio de Administración Tributaria. --- G) El C. Director del Diario Oficial de la Federación. --- H) El C. Director de Juegos y Sorteos, dependiente de la Dirección General de Gobierno de la Secretaría de Gobernación. --- I) El C.J. de Departamento de Premios de Sorteos, C.L.R.S., adscrito a la Dirección de Juegos y Sorteos, de la Dirección General de Gobierno de la Secretaría de Gobernación. --- IV. ACTOS RECLAMADOS. --- A) Del H. Congreso de la Unión, se reclama: 1. la aprobación y expedición del Decreto por el que se crea la Ley Federal de Juegos y Sorteos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1947, específicamente por lo que toca a los artículos y 6º. --- B) Del C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, se reclama: 1. La promulgación del decreto a que se refiere el numeral 1 que antecede. --- C) De los C.C. Secretarios de Gobernación, de Hacienda y Crédito Público y de Salud, se reclama: 1. El refrendo del Decreto presidencial mediante el cual fue promulgada la Ley Federal de Juegos y Sorteos. --- D) Del Presidente del Servicio de Administración Tributaria, así como del C.S. de Hacienda y Crédito Público, se reclama: 1. La recepción de la Declaración General de Pago de Productos y Aprovechamientos, presentada por mi mandante con fecha 13 de febrero de 2002, misma que se hace consistir en primer acto de aplicación de los artículos y de la Ley Federal de Juegos y Sorteos. --- 2. Por vía de consecuencia, la aplicación y ejecución en detrimento de las garantías de la peticionaria de los artículos y de la Ley Federal de Juegos y Sorteos. --- E) D.C.D. del Diario Oficial de la Federal, se reclama: 1. La publicación del ordenamiento reclamado y en particular sus artículos 5º y 6º, en el Diario Oficial de la Federación del 31 de diciembre de 1947. --- F) D.C.D. de Juegos y Sorteos, dependiente de la Dirección General de Gobierno de la Secretaría de Gobernación, se reclama: 1. La expedición del permiso No. S-0134-2002 de fecha 22 de febrero de 2002, a favor de mi mandante por el sorteo denominado ‘**********’, únicamente por lo que corresponde a la aplicación directa y concreta en perjuicio de mi mandante del artículo 6º de la Ley Federal de Juegos y Sorteos. --- El presente acto únicamente por lo que corresponde a la aplicación directa y concreta en perjuicio de mi mandante del artículo 5º de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, sin que específicamente se reclame algún otro numeral en sí o se reclame el permiso en mención por algún vicio propio, circunstancia que debe entenderse en el sentido de que de ser amparatoria la sentencia que derive del presente juicio constitucional, únicamente se deberá referir al numeral en cuestión sin que específicamente se invalide el permiso antes citado. --- G) D.C.J. del Departamento de Permisos de Sorteos, se reclama: 1. La orden verbal de pago efectuada en presencia de dos personas de parte de mi mandante y posteriormente, vía telefónica, a efecto de que en términos de los artículos y de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, ********** efectuara el pago de $1,325.00, por concepto de participación que de los ‘supuestos’ productos obtenidos por mi mandante debía corresponder al Gobierno Federal.”


SEGUNDO. La parte quejosa estimó...

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