Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 24-10-2007 ( AMPARO EN REVISIÓN 174/2007 )

Sentido del fallo NIEGA EL AMPARO, SE RESERVA JURISDICCIÓN AL CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Número de expediente 174/2007
Sentencia en primera instancia JUZGADO NOVENO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA, EL DISTRITO FEDERAL (EXP. ORIGEN: J.A. 1431/2005-III),CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO (EXP. ORIGEN: TOCA DE REVISIÓN NÚMERO R.A. 360/2006)
Fecha24 Octubre 2007
Tipo de Asunto AMPARO EN REVISIÓN
Emisor PRIMERA SALA
AMPARO EN REVISIÓN 174/2007


AMPARO EN REVISIÓN 174/2007.

AMPARO EN REVISIÓN 174/2007.

QUEJOSAS: **********.



MINISTRO PONENTE: J. de J.G.P..

SECRETARIOS: A.A.J.C..

BEATRIZ J. JAIMES RAMOS.

MARTHA ELBA HURTADO FERRER.

FERNANDO ALBERTO CASASOLA MENDOZA

MARÍA AMPARO HERNÁNDEZ CHONG CUY.


VISTO BUENO

MINISTRO



México, Distrito Federal.- Acuerdo de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al día veinticuatro de octubre de dos mil siete.



V I S T O S; y

R E S U L T A N D O:


PRIMERO. Mediante escrito presentado el doce de diciembre de dos mil cinco, en la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, ********** en representación de **********, demandó el amparo y la protección de la Justicia Federal en contra de los actos y de las autoridades que a continuación se precisan:


III. AUTORIDADES RESPONSABLES:

A. H. Congreso de la Unión.

B. C. P. Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.

C. C. S. de Economía.

D. C. S. de Gobernación.

E. C. D. General del Diario Oficial de la Federación.

F. H. Pleno de la Comisión Federal de Competencia compuesto por los señores Comisionados ********** (P.), **********.

G. C. S. Ejecutivo de la Comisión Federal de Competencia.

H. C. D. General de Asuntos Jurídicos de la Comisión Federal de Competencia.

I. C. Notificador adscrito a la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Comisión Federal de Competencia.

J. C. Tesorero del Distrito Federal.

IV. ACTOS RECLAMADOS.

Los actos reclamados de cada una de las Autoridades Responsables, son los siguientes:

1.- Del H. Congreso de la Unión, se reclama:

La aprobación y expedición del decreto legislativo del 18 de diciembre de 1992, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 del mismo mes y año, mediante el cual se expidió la Ley Federal de Competencia Económica, específicamente por lo que hace a los artículos 3, 10 párrafo I, 11, 12 y 13.

2.- D.C.P. de la República se reclama:

a) La expedición del decreto promulgatorio de la Ley Federal de Competencia Económica (en adelante LFCE) del 22 de diciembre de 1992, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 del mismo mes y año, específicamente por lo que hace a sus artículos 3, 10 párrafo I, 11, 12 y 13.

b) La expedición del Reglamento de la Ley Federal de Competencia Económica (RLFCE), mediante el decreto del 3 de marzo de 1998, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 4 de marzo de 1998, específicamente por lo que hace a sus artículos 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30 y 31.

3.- D.C.S. de Gobernación se reclama:

El refrendo al decreto promulgatorio mencionado en párrafos anteriores, relativo al decreto legislativo indicado en el numeral uno anterior, en las fechas ahí señaladas.

4.- D.C.S. de Economía (antes S. de Comercio y Fomento Industrial), se reclama:

El refrendo del Reglamento de la Ley Federal de Competencia Económica.

5. D.C.D.d.D.O. de la Federación se reclama:

La publicación en dicho órgano de difusión oficial de los decretos correspondientes a la Ley Federal de Competencia Económica, al Reglamento de la Ley Federal de Competencia Económica y a sus refrendos a que me referí en párrafos anteriores en las fechas también señaladas.

6.- Del Pleno de la Comisión Federal de Competencia, es decir, de los cinco comisionados que lo conforman, incluyendo a su P., así como del S. Ejecutivo de la misma se reclaman:

a) La resolución emitida en el expediente ********** (en adelante también “la resolución impugnada”), de fecha 17 de noviembre de 2005, por medio del cual se resolvió en segunda instancia el Recurso de Reconsideración interpuesto por mis representadas en contra de la resolución de primera instancia número **********, en la cual se les condenó por la presunta comisión de prácticas monopólicas señaladas en las fracción IV y V del artículo 10 de la LFCE y se impusieron sendas multas.

b) Todos los actos que deriven directa o indirectamente de la resolución indicada en el numeral anterior, así como los actos inminentes de ejecución, supervisión o verificación de la misma, al igual que la inminente ejecución y cobro de las multas impuestas.

7. De la C. Notificadora adscrita a la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Comisión Federal de Competencia, a saber, **********, se reclama:

La notificación que hiciera a mis representadas de los actos impugnados a que se refieren los numerales anteriores.

8. D.C.T. del Gobierno del Distrito Federal se reclama:

Todos los actos que realice por sí, o por conducto de sus subordinados, con la pretensión de hacer efectivo, a las quejosas el pago de las multas que les fueron impuestas por el Pleno de la CFC, dentro del procedimiento **********, mismas que fueron reiteradas en sus términos por la resolución que en este juicio de garantías se combate.

9. Además reclamo de todas las autoridades señaladas como responsables en esta demanda de amparo todos los efectos o consecuencias de hecho y de derecho que deriven o puedan derivarse de los actos reclamados señalados.”


SEGUNDO. La parte quejosa narró los antecedentes de los actos reclamados, invocó como garantías violadas en su perjuicio, las contenidas en los artículos 1°, 5°, 14, 16, 17, 19 párrafos primero y tercero; 20, fracciones II, III y VII, 22, 28, 31, fracción IV, 49, 89, fracción I, 124 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; señaló como terceros perjudicados a **********; y expresó los conceptos de violación que estimó pertinentes.


TERCERO. Por auto dictado el trece de diciembre de dos mil cinco, el Juez Sexto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, al que por razón de turno correspondió conocer del asunto, registrándolo con el número **********, requirió a las quejosas a efecto de que manifestaran bajo protesta de decir verdad, si también señalaban como autoridades responsables a la Cámara de Diputados y a la Cámara de Senadores además de exhibir copias suficientes de su escrito aclaratorio; asimismo, toda vez que de la demanda de garantías las peticionarias manifestaron la existencia de un diverso juicio radicado ante el Juzgado Noveno de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, giró atento oficio al citado juzgado a fin de que informara si existía algún juicio de amparo promovido por las quejosas, y en su caso remitiera copias del mismo.


En cumplimiento a lo anterior, las quejosas presentaron escrito de aclaración de demanda de catorce de diciembre de dos mil cinco, por medio de la cual señalan como autoridades responsables del Congreso de la Unión a la Cámara de Diputados y a la Cámara de Senadores; de igual forma, el S. del Juzgado Noveno de Distrito remitió copia certificada del juicio de amparo **********, promovido por **********.


Mediante acuerdo de veintiséis de diciembre de dos mil cinco, el Juez Sexto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, con base en lo dispuesto en el Acuerdo General 23/2002 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, procedió a remitir los autos a la Oficina de Correspondencia Común a los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, a efecto de que, a su vez, los remitiera al Juzgado Noveno de Distrito en la misma materia y circuito, para que, en su caso, informara si se avocaría o no al conocimiento del asunto, en virtud de que los actos reclamados en ambos expedientes derivan del procedimiento administrativo **********.


El veintinueve de diciembre de dos mil cinco, el Juzgado Noveno antes referido, aceptó el returno, y se avocó al conocimiento del asunto, registrándolo con el número de expediente **********.


CUARTO. Previos los trámites de ley, el Juez Federal celebró la audiencia constitucional el once de julio dos mil seis en la cual dictó la sentencia correspondiente, que se terminó de engrosar el catorce de ese mes y año, la que culminó con el siguiente punto resolutivo:


ÚNICO.- Se sobresee en el juicio promovido por **********, en representación de **********, de conformidad con las razones expuestas en los considerandos segundo cuarto, quinto y último del presente fallo.”


El Juez de Distrito apoyó tal decisión en las consideraciones que en síntesis precisan lo siguiente:


  • Se sobresee en el juicio conforme a lo dispuesto en el artículo 74, fracción IV, de la Ley de Amparo, al no acreditarse la existencia de los actos reclamados del Tesorero del Distrito Federal y de las siguientes autoridades dependientes de la Comisión Federal de Competencia: S. Ejecutivo y D. General de Asuntos Jurídicos.


  • Asimismo, se sobresee en el juicio al actualizarse la causa de improcedencia prevista en el artículo 73, fracción V, de la Ley de Amparo, respecto de los artículos 10, fracción VII, de la Ley Federal de Competencia Económica y 7, fracción V, del Reglamento de la propia Ley, ya que no afectan el interés jurídico de...

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