Acuerdo General 23/2002 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula el funcionamiento de las oficinas de correspondencia común de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito del Poder Judicial de la Federación y abroga el diverso Acuerdo General 50/2001 del propio órgano colegiado

Fecha de Resolución31 de Mayo de 2002

ACUERDO General 23/2002 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula el funcionamiento de las oficinas de correspondencia común de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito del Poder Judicial de la Federación y abroga el diverso Acuerdo General 50/2001 del propio órgano colegiado.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL 23/2002, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REGULA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS OFICINAS DE CORRESPONDENCIA COMUN DE LOS TRIBUNALES DE CIRCUITO Y JUZGADOS DE DISTRITO DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION Y ABROGA EL DIVERSO ACUERDO GENERAL 50/2001 DEL PROPIO ORGANO COLEGIADO.

CONSIDERANDO

PRIMERO

Que por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO

Que en términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Carta Magna; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

TERCERO

Que el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión extraordinaria de cinco de marzo de dos mil uno, aprobó el Acuerdo General 14/2001, que R. el Funcionamiento de las Oficinas de Correspondencia Común de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito del Poder Judicial de la Federación, el cual fue modificado por el diverso Acuerdo General 26/2001, del propio Organo Colegiado, con el objeto de adecuar el horario de las Oficinas de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal a las circunstancias propias de tales órganos jurisdiccionales;

CUARTO

Que a partir de las dieciocho horas, se restringe el acceso al público en general a la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco, con residencia en Puente Grande, por encontrarse en el interior del complejo penitenciario, atento a lo cual, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión extraordinaria de dieciséis de abril de dos mil uno, tomó como medida de apoyo que la recepción de promociones urgentes fuera atendida por la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco, con sede en Guadalajara, a partir de las dieciocho horas y hasta las veinticuatro horas. Sin embargo, la distancia que media entre la Oficina mencionada en segundo término y los Juzgados de Distrito en Materia Penal de referencia, generó dificultades en la pronta entrega de los asuntos a estos últimos; por lo que se implementaron nuevas medidas para solucionar dicha problemática;

QUINTO

Que el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, aprobó el Acuerdo General 50/2001, Que R. el Funcionamiento de las Oficinas de Correspondencia Común de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito del Poder Judicial de la Federación, y Abroga los Diversos Acuerdos Generales 14/2001 y 26/2001, del Propio Organo Colegiado, con el objeto de lograr una mejor regulación en los ingresos, así como una distribución equitativa de los asuntos entre los órganos jurisdiccionales federales;

SEXTO

Que el artículo 6 del Acuerdo General 50/2001 tiene como propósito fundamental establecer reglas para el turno de asuntos relacionados, por la intervención de las mismas partes y/o por provenir de un mismo procedimiento, con la finalidad de aprovechar el conocimiento previo del asunto, así como evitar resoluciones contradictorias;

SEPTIMO

Que el texto del citado artículo ha propiciado diversas interpretaciones que han originado múltiples conflictos de turno entre los tribunales de la federación involucrados;

OCTAVO

Que con el propósito de dar solución a la problemática prevaleciente, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal considera necesario precisar que el turno de los asuntos relacionados tiene el objetivo de concentrar procedimientos, porque fueron promovidos por las mismas partes y derivan de un mismo asunto, para que sea un solo órgano jurisdiccional el que lo resuelva, a fin de aprovechar el conocimiento obtenido y evitar resoluciones contradictorias;

NOVENO

Que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver diversos conflictos competenciales ha determinado que un órgano jurisdiccional no tiene conocimiento previo de un asunto al declarar su incompetencia por razón de la vía, o bien al desechar un recurso, criterio que deberá tomarse en cuenta por provenir del máximo Tribunal de Justicia del País;

DECIMO

Que es necesario precisar que el Acuerdo General que R. el Funcionamiento de las Oficinas de Correspondencia Común, debe observarse por parte de los titulares de los órganos jurisdiccionales federales y determinar el momento en el que puede plantearse el returno de los asuntos.

En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente

ACUERDO

CAPITULO I

DE LAS OFICINAS DE CORRESPONDENCIA COMUN DE LOS TRIBUNALES DE CIRCUITO Y JUZGADOS DE DISTRITO

ARTICULO 1.- Funciones de las Oficinas de Correspondencia Común. Las Oficinas de Correspondencia Común son unidades administrativas encargadas de la recepción, registro y turno de los asuntos de la competencia de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito.

ARTICULO 2.- Tipos de Oficinas de Correspondencia Común. Se establecerán diferentes Oficinas de Correspondencia Común para los tribunales colegiados de Circuito, tribunales unitarios de Circuito y juzgados de Distrito.

Cuando en un Circuito o lugar existan tribunales de Circuito o juzgados de Distrito especializados, se establecerán diferentes Oficinas de Correspondencia Común para cada especialidad.

La Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal, funcionará durante tres semanas, en cada uno de los Reclusorios Preventivos en los que se encuentran establecidos los Juzgados de Distrito de esa materia, en el orden previsto en el Acuerdo General 55/2000, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.

ARTICULO 3.- Supervisión e Inspección. El Consejo de la Judicatura Federal inspeccionará el funcionamiento de las Oficinas de Correspondencia Común y supervisará el desempeño de los servidores públicos adscritos a las mismas, a través de la Visitaduría Judicial.

Corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, a través del coordinador de magistrados de Circuito o de jueces de Distrito respectivo, el nombramiento y remoción del personal adscrito a las Oficinas de Correspondencia Común, a propuesta de los titulares de los órganos jurisdiccionales, previo acuerdo entre ellos.

ARTICULO 4.- Horario. El horario de las Oficinas de Correspondencia Común será desde las ocho horas con treinta minutos hasta las veinticuatro horas, en días hábiles; con excepción de las Oficinas de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal, que tendrá un horario de las ocho horas con treinta minutos a las catorce horas con treinta minutos y la de los Juzgados de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco, con residencia en Puente Grande, que tendrá un horario de las ocho horas con treinta minutos a las dieciocho horas.

ARTICULO 5.- Formas de Turno. Las Oficinas de Correspondencia Común turnarán los asuntos conforme a lo siguiente:

  1. Los asuntos que se presenten por primera vez, en forma aleatoria, mediante el sistema computarizado que disponga la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, de tal...

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