Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2 y 9 de la Ley de Coordinación Fiscal., de 5 de Febrero de 2013

 IniciativasDel Sen. Ángel Benjamín Robles Montoya, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la que contiene proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2 y 9 de la Ley de Coordinación FiscalSE TURNÓ A LAS COMISIONES UNIDAS DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS, SEGUNDA.Ver Sinopsis Español:Propone establecer en la Ley de Coordinación Fiscal que se regulará los montos máximos de endeudamiento en que pueden incurrir las entidades federativas, lo anterior, según el autor, para poner un límite a la actual política de endeudamiento en que están incurriendo los Estados y Municipios, amenazando seriamente su viabilidad fiscal.

Sen. Ángel Benjamín
Robles Montoya
Senador Ernesto Javier Cordero ArroyoPresidente de la mesa directiva de laCámara de SenadoresPresenteEl que suscribe,Ángel Benjamín Robles Montoya, senador de la República, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática ante la LXII Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II, 72 y 73 fracción XXVIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los diversos 8 fracción I, 164 párrafos 1 y 2; 169 párrafos 1 y 4; 172 párrafo 1, y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, presento a esta Honorable Soberanía la siguienteiniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2 y 9 de la Ley de Coordinación Fiscal, de conformidad con la siguiente:Exposición de MotivosEn el marco de las acciones que se han emprendido para el cumplimiento del compromiso 68 del Pacto por México, el cual requiere de un conjunto de ajustes al marco jurídico vigente para regular y poner fin al excesivo endeudamiento de las entidades federativas y municipios, así como las consecuentes responsabilidades hacendarias y, en función a las necesarias reformas de la fracción VIII del artículo 73 y al artículo 117 fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mediante las cuales facultarían al Congreso Federal para legislar sobre los endeudamientos en que pueden incurrir las Entidades Federativas y Municipios, así como los respectivos montos máximos de endeudamiento acumulado, surge la imperiosa necesidad de reformar el artículo 9 de la Ley de Coordinación Fiscal, el cual textualmente señala:
“Artículo 9o.-Las participaciones que correspondan a las Entidades y Municipios son inembargables; no pueden afectarse a fines específicos, ni estar
...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR