Acuerdo por el que se da a conocer al público en general la delegación de la facultad del Titular de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente para expedir certificaciones NOM de cumplimiento ambiental a las personas físicas o morales que cumplan con las disposiciones jurídicas ambientales señaladas en las Normas Oficiales Mexicanas NOM-042-SEMARNAT- 2003, NOM-044-SEMARNAT-2006, NOM-076-SEMARNAT-1995, NOM-079-SEMARNAT-1994 y NOM- 082-SEMARNAT-1994, en favor del Subprocurador de Inspección Industrial

Fecha de disposición14 Octubre 2011
Fecha de publicación14 Octubre 2011
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. HERNANDO RODOLFO GUERRERO CAZARES, Procurador Federal de Protección al Ambiente, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16 último párrafo, 17, 26 y 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 2o. fracción XXXI inciso c), 19 fracción XXIII, 41, 42 último párrafo, 118 fracciones XXVI y XXXII, 119 fracción III y 120 fracción XIV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 21 de enero de 2003, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 19, fracción XXIII, en relación con el artículo 42, último párrafo del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, establece como facultad genérica de los Directores Generales, extensivo a los Subprocuradores, el suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones y aquellos que le sean señalados por delegación, encomienda o les correspondan por suplencia;

Que el artículo 118, fracción XXVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, establece como facultad del Procurador Federal de Protección al Ambiente, expedir certificaciones a las personas físicas o morales que cumplan con las disposiciones jurídicas ambientales y las que vayan más allá de ese cumplimiento;

Que de conformidad con el artículo 118, fracción XXXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el titular de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente cuenta con la atribución para delegar facultades a servidores públicos subalternos, sin perjuicio de su ejercicio directo, por acuerdo expreso que deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación;

Que en el mismo sentido, el artículo 120, fracción XIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, establece como facultad, conferida a los Subprocuradores, el suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus facultades y aquellos que les sean otorgados por delegación o les correspondan por suplencia;

Que conforme a lo dispuesto en la Norma Oficial Mexicana NOM-042-SEMARNAT-2003 publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de septiembre de 2005, que establece los límites máximos permisibles de emisión de hidrocarburos...

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