Seguridad Jurídica en la Constitucion de 1917

AutorLic. José R. Padilla
Páginas80-80

Page 80

En la Norma Suprema existen una serie de medios de impugnación de los actos de autoridad, lo mismo a favor los particulares, como de los órganos de gobierno. Medios que significan la llamada “seguridad jurídica”, principio básico de todo sistema democrático. A su vez, comprenden una disciplina académica denominada Derecho Procesal Constitucional, que en forma reducida puede bautizarse como, “La Defensa o Protección Jurisdiccional de la Constitución. Lo esencial y los medios procesales que comprende, estriba en que siempre se mantengan tales recursos procesales para que allí, en donde sea violada la Constitución y se afecten los Derechos Humanos (dh) de los particulares o la esfera competencial de los órganos de gobierno, pueda repararse tal afectación constitucional.

Entre los medios instrumentales o procesales más importantes, figuran: 1.- El Juicio de Amparo.
2.- Las Controversias Constitucionales. 3.- Las Acciones de Inconstitucionalidad. 4.- En materia electoral tenemos. a).- El Juicio de Defensa de los Derechos Electorales de los Ciudadanos y b).- La Revisión Constitucional Electoral y, 5.- El sistema de la cndh y los organismos de nivel Estatal; sin faltar la Ciudad de México. Estos temas se desenvuelven de la siguiente manera:

  1. Cuando los seres humanos se ven afectados por los órganos de gobierno, echan mano del Juicio de Amparo, una institución reparadora que se localiza en los artículos 103 y 107 constitucionales, además de la Ley de Amparo y el Código Federal de Procedimientos Civiles.

  2. Las Controversias Constitucionales, son un Juicio de Competencia entre diferentes órganos de gobierno de cualquier nivel. Pretende establecer qué autoridad tiene la competencia constitucional para realizar determinadas funciones o alguna función en especial. Tales conflictos constitucionales corresponden únicamente a la scjn, conforme al artículo 105 de la Norma Suprema.

  3. El tema de las Acciones de Inconstitucionalidad, atiende a la impugnación de leyes de reciente aparición que provengan del Congreso Federal o de los congresos legislativos de los Estados y de la Ciudad de México. La procedencia tiene su base en la fracción ii de la Carta Federal.
    4. En materia electoral tenemos las siguientes garantías o procesos: a).- El Juicio de Protección de los Derechos Electorales de los Ciudadanos y, b).- La Revisión Constitucional Electoral; ésta a favor de...

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