Conclusiones del Segundo Congreso Iberoamericano de Derecho Concursal
Autor | Antonio Silva Oropeza |
Páginas | 42 |
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Ls conclusiones a las que podemos llegar después de cuarenta y un conferencias, tres discursos de apertura, y la conferencia magistral impartida por el Dr. Jesús María Sanguino, son las que uno lleva en su mente y en su corazón, luego de haber obtenido la útilísima información sobre la legislación y derecho concursal comparado que fueron motivo de las mismas. Con doble óptica y cumpliendo con lo previsto con el programa, hemos visto las tendencias que se han revelado en estos tres días, y que son, a saber:
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La búsqueda común de principios pro-cedimentales y previsiones uniformes para que se plasmen procesos de corta identidad, teniendo en cuenta la satisfacción de los sistemas judiciales de cada país.
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Sosteniendo el principio de concursabi-lidad, se planteó la posible alteración en algunos casos, y la inclusión en otros, de otros diversos principios, como son:
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Fuero de atracción,
ii) Suspensiones de acciones patrimoniales.
iii) Igualdad de los acreedores.
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Se reflexionó sobre los objetivos, finalidades o bienes jurídicos tutelados por el sistema concursal.
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Se acentuó la conveniencia de la especia-lización de quien asume la competencia en los procedimientos extrajudiciales, conciliatorios, alternativos o de regularización en materia concursal.
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Unánimemente se consideró necesaria la planificación como presupuesto de la conservación de la empresa, normalmente por el deudor y eventualmente por terceros' teresados.
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Se ilustró sobre las múltiples soluciones a la crisis,y particularmente sobre la diferencia entre las contractuales y las "por acuerdos colectivos','resguardando el rol y preferencia de los acreedores.
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Se acentúo la necesidad de afrontar en forma oportuna y preventiva, para que en forma tempestiva se evite la crisis y facilitar el proceso de apertura del concurso.
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Se consideró fundamental determinar con claridad los presupuestos objetivos que autorizan el inicio de los procedimientos concúrsales.
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Apuntando la defensa y conservación de la empresa, se entendió necesaria la adopción de medidas conservatorias antes y...
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