¿Qué es el secreto fiscal?

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El artículo 69 del Código Fiscal de la Federación (CFF) estipula que el personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar absoluta reserva respecto a las declaraciones y los datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación.

Diversas reglas regulan el secreto fiscal, entre ellas, las siguientes:

  1. La reserva no comprenderá:

    1. Los casos que señalen las leyes fiscales.

    2. Aquellos casos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales federales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias.

    3. El supuesto previsto en el artículo 63 del CFF referente a que los hechos que se conozcan con motivo del ejercicio de las facultades de comprobación previstas en este código, o en las leyes fiscales, o bien, que consten en los expedientes o documentos que lleven o tengan en su poder las autoridades tributarias, así como los proporcionados por otras autoridades fiscales, podrán servir para motivar las resoluciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y de cualquier otra autoridad u organismo descentralizado competente en materia de contribuciones federales.

    4. La información relativa a los créditos fiscales exigibles de los contribuyentes que las autoridades fiscales proporcionen a las sociedades de información crediticia que obtengan autorización de la SHCP de acuerdo con la Ley de Agrupaciones Financieras.

  2. La reserva no aplicará si se trata de investigaciones sobre conductas previstas en el artículo 400-Bis del Código Penal Federal, que realice la SHCP.

  3. Cuando las autoridades fiscales ejerzan las facultades a que se refiere el artículo 215 de la Ley del ISR (en operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero), la información relativa a la identidad de los terceros independientes en operaciones comparables y la información de los comparables utilizados para motivar la resolución, sólo podrá ser revelada a los tribunales ante los que se impugne el acto de...

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