Sección XXIII

MARTES 31 DE MARZO
DE 2020
GUADALAJARA, JALISCO
TOMO CCCXCVII
SECCIÓN
II
EL ESTADO DE JALISCO
PERIÓDICO OFICIA L
SECRETARÍA GENERAL
DE GOBIERNO
PODER EJECUTIVO
DIRECCIÓN DE PUBLICACIONES
GUADALAJARA, JALISCO
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE JALISCO
ENRIQUE ALFARO RAMÍREZ
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
JUAN ENRIQUE IBARRA PEDROZA
DIRECTOR DE PUBLICACIONES
Y DEL PERIÓDICO OFICIAL
DIEGO ALEXANDERSON LÓPEZ
Registrado desde el
3 de septiembre de 1921.
Trisemanal:
martes, jueves y sábados.
Franqueo pagado.
Publicación periódica.
Permiso número: 0080921.
Características: 117252816.
Autorizado por SEPOMEX.
periodicooficial.jalisco.gob.mx
31
SECCIÓN
XXIII
ACUERDO
Al margen un sello que dice: Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de
Datos Personales del Estado de Jalisco.
33
JUEVES 16 DE ENERO DE 2020 / Número 49. Sección II
EL ESTADO DE JALISCO
PERIÓDICO OFI C I A L
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE JALISCO
ENRIQUE ALFARO RAMÍREZ
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
JUAN ENRIQUE IBARRA PEDROZA
DIRECTOR DE PUBLICACIONES
Y DEL PERIÓDICO OFICIAL
DIEGO ALEXANDERSON LÓPEZ
Registrado desde el
3 de septiembre de 1921.
Trisemanal:
martes, jueves y sábados.
Franqueo pagado.
Publicación periódica.
Permiso número: 0080921.
Características: 117252816.
Autorizado por SEPOMEX.
periodicooficial.jalisco.gob.mx
Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Gobierno del Estado de
Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría de la Hacienda Pública y la
Secretaría de Administración.
AC UE RD O PO R EL Q UE S E EX PI DE N LA S PO TI CA S AD MI NI ST RA TI VA S
PA RA E NT ID AD ES P ÚB LI CA S PA RA ES TA TA LE S DE L ES TA DO D E JA LI SC O
En ejercicio de las atribuciones del artículo 50 fracciones XX y XXII de la
Constitución Política del Estado de Jalisco; 1, 2, 3, fracción II, 4, fracciones IV, VIII
y X, 5, 7, 14, 15, 16, 18, 19, 66, 68 y demás relativos y aplicables de la Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo, así como los artículos 1, 24, 49, 50, 51, 52, 53 y
82 y demás relativos y aplicables de la Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto
Público; 1, 3, 23, 24, 25, 34, 42, 47, 55, y demás relativos y aplicables Ley de
Compras Gubernamentales, Enajenaciones y Contratación de Servicios,
ordenamientos de esta entidad federativa.
CO NS ID ER AN DO :
I.
El 30 de enero de 2020, se publicó en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el
Acuerdo DIELAG ACU 001/2020 del Ciudadano Gobernador Constitucional del
Estado Libre y Soberano de Jalisco, mediante el cual se emiten los Lineamientos
para la Administración, Operación, Control y Rendición de Cuentas de las
Entidades de la Administración Pública Paraestatal del Gobierno del Estado de
Jalisco.
II.
En dichos Lineamientos se instituye que las entidades de la Administración
Pública Paraestatal deberán conducir sus actividades de conformidad con los
criterios de legalidad, honestidad, eficacia, eficiencia, economía, racionalidad,
austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas, inclusión, perspectiva
de género y cuidado del medio ambiente. Además, deberán cumplir con las
Políticas Administrativas que para tal efecto emitan la Secretaría de la Hacienda
Pública y la Secretaría de Administración, quienes vigilarán el cumplimiento de
las mismas.
III.
De la misma forma, en los citados Lineamientos se establece que la plantilla
de personal de las entidades de la Administración Pública Paraestatal, así como
sus remuneraciones, deberá ser previamente autorizada por la Coordinación
General Estratégica a la que se encuentren agrupadas, así como por la
Secretaría de la Hacienda Pública y la Secretaría de Administración; mientras que
en la selección, contratación, capacitación y actualización del personal en las
entidades de la Administración Pública Paraestatal, se sujetará a las políticas,
criterios y lineamientos establecidos por la Secretaría de Administración.
ACUERDO
Al margen un sello que dice: Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de
Datos Personales del Estado de Jalisco.
33
JUEVES 16 DE ENERO DE 2020 / Número 49. Sección II
ACUERDO
Al margen un sello que dice: Gobierno del Estado de Jalisco. Secretaría de la Hacienda Pública
y la Secretaría de Administración.
AC UE RD O PO R EL Q UE S E EX PI DE N LA S PO TI CA S AD MI NI ST RA TI VA S
PA RA E NT ID AD ES P ÚB LI CA S PA RA ES TA TA LE S DE L ES TA DO D E JA LI SC O
En ejercicio de las atribuciones del artículo 50 fracciones XX y XXII de la
Constitución Política del Estado de Jalisco; 1, 2, 3, fracción II, 4, fracciones IV, VIII
y X, 5, 7, 14, 15, 16, 18, 19, 66, 68 y demás relativos y aplicables de la Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo, así como los artículos 1, 24, 49, 50, 51, 52, 53 y
82 y demás relativos y aplicables de la Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto
Público; 1, 3, 23, 24, 25, 34, 42, 47, 55, y demás relativos y aplicables Ley de
Compras Gubernamentales, Enajenaciones y Contratación de Servicios,
ordenamientos de esta entidad federativa.
CO NS ID ER AN DO :
I. El 30 de enero de 2020, se publicó en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el
Acuerdo DIELAG ACU 001/2020 del Ciudadano Gobernador Constitucional del
Estado Libre y Soberano de Jalisco, mediante el cual se emiten los Lineamientos
para la Administración, Operación, Control y Rendición de Cuentas de las
Entidades de la Administración Pública Paraestatal del Gobierno del Estado de
Jalisco.
II. En dichos Lineamientos se instituye que las entidades de la Administración
Pública Paraestatal deberán conducir sus actividades de conformidad con los
criterios de legalidad, honestidad, eficacia, eficiencia, economía, racionalidad,
austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas, inclusión, perspectiva
de género y cuidado del medio ambiente. Además, deberán cumplir con las
Políticas Administrativas que para tal efecto emitan la Secretaría de la Hacienda
Pública y la Secretaría de Administración, quienes vigilarán el cumplimiento de
las mismas.
II I. De la misma forma, en los citados Lineamientos se establece que la plantilla
de personal de las entidades de la Administración Pública Paraestatal, así como
sus remuneraciones, deberá ser previamente autorizada por la Coordinación
General Estratégica a la que se encuentren agrupadas, así como por la
Secretaría de la Hacienda Pública y la Secretaría de Administración; mientras que
en la selección, contratación, capacitación y actualización del personal en las
entidades de la Administración Pública Paraestatal, se sujetará a las políticas,
criterios y lineamientos establecidos por la Secretaría de Administración.
33
MARTES 31 DE MARZO DE 2020 / Número 31. Sección XXIII

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR