Sección XLIII

MARTES 20 DE DICIEMBRE
DE 2011
GUADALAJARA, JALISCO
TOMO CCCLXXI
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SECCIÓN XLIII
Ley de Ingresos 2012. Santa María del Oro. Número 35. Sección XLIII
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Al margen un sello que dice: Gobierno de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría General de
Gobierno. Estados Unidos Mexicanos.
Emilio González Márquez, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, a los
habitantes del mismo hago saber, que por conducto de la Secretaría del H. Congreso de esta Entidad
Federativa, se me ha comunicado el siguiente
DECRETO
NÚMERO 23812/LIX/11. EL CONGRESO DEL ESTADO DECRETA:
ÚNICO. Se aprueba la Ley de Ingresos del Municipio de Santa María del Oro,
Jalisco, para el ejercicio scal 2012, para quedar como sigue:
LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE SANTA MARÍA DEL ORO, JALISCO, PARA EL
EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2012.
TÍTULO PRIMERO
Disposiciones generales
CAPÍTULO ÚNICO
De la percepción de los ingresos y defi niciones
Artículo 1. Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del
2012, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto de impuestos,
contribuciones de mejora, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes
y servicios, participaciones y aportaciones federales, transferencias, asignaciones, subsidios y otras
ayudas, así como ingresos derivados de financiamientos, conforme a las tasas, cuotas, y tarifas que
en esta Ley se establecen.
Los ingresos estimados de este Municipio para el ejercicio fiscal 2012 ascienden a la cantidad de
$18,152,079.00 (Dieciocho millones ciento cincuenta y dos mil setenta y nueve pesos 00/100 m.n).
Impuestos $377,801.00
Impuestos sobre el patrimonio $361,801.00
Impuesto predial $313,440.00
Impuestos sobre negocios jurídicos 13,000.00
Impuesto sobre la producción, el consumo y transacciones
Impuesto sobre transmisiones patrimoniales $35,361.00
Impuestos sobre los ingresos $10,000.00
Impuesto sobre espectáculos públicos $10,000.00
Accesorios de Impuestos $6,000.00
Contribuciones de mejoras $0.00
De las Contribuciones de Mejoras por Obras Públicas $0.00

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