Sección XLIII

JUEVES 18 DE DICIEMBRE
DE 2014
GUADALAJARA, JALISCO
TOMO CCCLXXXI
4
SECCIÓN XLIII
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Ley de Ingresos 2015. Valle de Juárez. Número 4. Sección XLIII
ARTÍCULO ÚNICO. Se aprueba el decreto que contiene la Ley de ingresos del municipio de Valle
de Juárez, Jalisco, para el ejercicio fiscal 2015, para quedar como sigue:
LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE VALLE DE JUÁREZ, JALISCO
PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2015
TÍTULO PRIMERO
Disposiciones preliminares
CAPÍTULO PRIMERO
De las disposiciones generales
artículo 1. Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del
2015, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto de impuestos,
contribuciones de mejora, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes
y servicios, participaciones y aportaciones federales, transferencias, asignaciones, subsidios y otras
ayudas, así como ingresos derivados de financiamientos, conforme a las tasas, cuotas y tarifas que
en esta Ley se establecen.
Los ingresos estimados de este Municipio para el ejercicio fiscal 2015 ascienden a la cantidad
de $36,593,227.07 (Treinta y seis millones quinientos noventa y tres mil doscientos veintisiete pesos
07/100 M.N.).
Esta Ley se integra en las clasificaciones siguientes:
IMPUESTOS $ 1,580,938.33
Impuestos sobre el Patrimonio $ 1,539,742.62
Impuesto Predial $ 1,082,127.05
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales $ 457,615.57
Impuesto sobre Negocios Jurídicos
Impuestos sobre los Ingresos $ 41,195.71
Impuesto sobre Espectáculos Públicos $ 728.00
Otros Impuestos
Impuestos Extraordinarios
Al margen un sello que dice: Gobierno del Estado de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría
General de Gobierno. Estados Unidos Mexicanos.
Jorge Aristóteles Sandoval Díaz, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, a
los habitantes del mismo hago saber, que por conducto de la Secretaría del H. Congreso de esta Entidad
Federativa, se me ha comunicado el siguiente decreto
NÚMERO 25274/LX/14. EL CONGRESO DEL ESTADO DECRETA:

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