Sección XI

SÁBADO 13 DE DICIEMBRE
DE 2014
GUADALAJARA, JALISCO
TOMO CCCLXXXI
2
SECCIÓN XI
3
Ley de Ingresos 2015. Atemajac de Brizuela. Número 2. Sección XI
Al margen un sello que dice: Gobierno de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría General de
Gobierno. Estados Unidos Mexicanos.
Jorge Aristóteles Sandoval Díaz, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, a
los habitantes del mismo hago saber, que por conducto de la Secretaría del H. Congreso de esta Entidad
Federativa, se me ha comunicado el siguiente decreto
DECRETO
NÚMERO 25169/LX/14. EL CONGRESO DEL ESTADO DECRETA:
ARTICULO ÚNICO. Se aprueba el decreto que contiene la ley de ingresos del municipio de
atemajac de brizuela, jalisco, para el ejercicio fiscal 2015, para quedar como sigue:
LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE ATEMAJAC DE BRIZUELA, JALISCO
PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2015
TÍTULO PRIMERO
Disposiciones generales
CAPÍTULO I
De las percepciones de los ingresos y definiciones
Articulo 1. Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1º de enero al 31 de diciembre del 2015, la
Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto de impuestos, contribuciones de
mejora, derecho ,productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes y servicios, participaciones
y aportaciones federales, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas, así como ingresos
derivados de financiamientos, conforme a las tasas, cuotas y tarifas que en esta Ley se establecen,
mismas que serán en las cantidades que a continuación se enumeran:
I. INGRESOS ORDINARIOS.
A) IMPUESTOS $1,097,000.00
Impuestos sobre patrimonio
Impuesto predial $781,000.00
Transmisiones patrimoniales $330,000.00
Impuestos sobre negocios Jurídicos $
Impuestos sobre Ingresos $
Impuestos sobre espectáculos públicos $
Accesorios de impuestos $10,000.00
Contribuciones De Mejora
De las contribuciones de mejoras por Obras Publicas $
B) DERECHOS $

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR