Sección X

GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE JALISCO
ENRIQUE ALFARO RAMÍREZ
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
JUAN ENRIQUE IBARRA PEDROZA
DIRECTOR DE PUBLICACIONES
Y DEL PERIÓDICO OFICIAL
EMANUEL AGUSTÍN
ORDÓÑEZ HERNÁNDEZ
Registrado desde el
3 de septiembre de 1921.
Trisemanal:
martes, jueves y sábados.
Franqueo pagado.
Publicación periódica.
Permiso número: 0080921.
Características: 117252816.
Autorizado por SEPOMEX.
periodicooficial.jalisco.gob.mx
JUEVES 31 DE MARZO
DE 2022
GUADALAJARA, JALISCO
TOMO CDIII
SECCIÓN
II
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE JALISCO
ENRIQUE ALFARO RAMÍREZ
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
JUAN ENRIQUE IBARRA PEDROZA
DIRECTOR DE PUBLICACIONES
Y DEL PERIÓDICO OFICIAL
EMANUEL AGUSTÍN
ORDÓÑEZ HERNÁNDEZ
Registrado desde el
3 de septiembre de 1921.
Trisemanal:
martes, jueves y sábados.
Franqueo pagado.
Publicación periódica.
Permiso número: 0080921.
Características: 117252816.
Autorizado por SEPOMEX.
periodicooficial.jalisco.gob.mx
43
EL ESTADO DE JALISCO
PERIÓDICO OFICIA L
SECRETARÍA GENERAL
DE GOBIERNO
PODER EJECUTIVO
DIRECCIÓN DE PUBLICACIONES
GUADALAJARA, JALISCO
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE JALISCO
ENRIQUE ALFARO RAMÍREZ
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
JUAN ENRIQUE IBARRA PEDROZA
DIRECTOR DE PUBLICACIONES
Y DEL PERIÓDICO OFICIAL
DIEGO ALEXANDERSON LÓPEZ
Registrado desde el
3 de septiembre de 1921.
Trisemanal:
martes, jueves y sábados.
Franqueo pagado.
Publicación periódica.
Permiso número: 0080921.
Características: 117252816.
Autorizado por SEPOMEX.
periodicooficial.jalisco.gob.mx
44
SECCIÓN
X
EL ESTADO DE JALISCO
PERIÓDICO OF I C I A L
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE JALISCO
ENRIQUE ALFARO RAMÍREZ
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
JUAN ENRIQUE IBARRA PEDROZA
DIRECTOR DE PUBLICACIONES
Y DEL PERIÓDICO OFICIAL
EMANUEL AGUSTÍN
ORDÓÑEZ HERNÁNDEZ
Registrado desde el
3 de septiembre de 1921.
Trisemanal:
martes, jueves y sábados.
Franqueo pagado.
Publicación periódica.
Permiso número: 0080921.
Características: 117252816.
Autorizado por SEPOMEX.
periodicooficial.jalisco.gob.mx
REGLAS DE OPERACIÓN
"APOYO A LA REINTEGRACIÓN SOCIAL DE JÓVENES
EN RIESGO"
EJERCICIO 2022
Sección I. Particularidades del Programa.
1. Fundamentación y motivación jurídica.
a. Glosario de términos.
Para los efectos de las presentes reglas de operación se entenderán como:
I. SGG: La Secretaría General de Gobierno, que fungirá como la dependencia que
coadyuve en la coordinación del Programa.
II. SDH: La Subsecretaría de Derechos Humanos, que fungirá como la dependencia
adscrita a la SGG encargada de implementar el Programa.
III. DJ: Refiere a la Dirección de Juventudes, responsable de la ejecución del Programa.
IV. OSC’s: Refiere a las Organizaciones de la Sociedad Civil, que son la población
objetivo del Programa.
V. Beneficiario: Persona física que recibe directamente el apoyo al que se refiere la
acción.
VI. Comité: El Comité Técnico Dictaminador, encargado de llevar a cabo el proceso de
selección de los proyectos del Programa.
1.1. Fundamentación y motivación jurídica.
Con fundamento en lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos artículo 1°, 4° último párrafo, 73 fracción XXIX-P; la Constitución Política del
Estado de Jalisco en su artículo 4° párrafo tercero, y cuarto, 36, 46; artículo 2° numerales 2
y 3, 3° numeral 1 fracción I, 5° numeral 1 fracciones I, IV, VI, 14° numeral 1, 2, 4, 16°
numeral 1 fracción I, 17 numeral 1 fracciones XXXI, XXXII, XXXIX, XLVII de la Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; el artículo 1° fracción I, II, IV, 4 fracción
IX, 21 fracción IV, VII, 23 fracción I, 25, 29 fracción I, III de la Ley para el Desarrollo
Integral de las Juventudes del Estado de Jalisco, 1°, 3°, 4°, 9 fracción III, 31 bis, 31 ter
fracción VI, el artículo 31 nonies fracción I del Reglamento Interno de la Secretaría General
de Gobierno del estado de Jalisco.
REGLAS DE OPERACIÓN
"APOYO A LA REINTEGRACIÓN SOCIAL DE JÓVENES
EN RIESGO"
EJERCICIO 2022
Sección I. Particularidades del Programa.
1. Fundamentación y motivación jurídica.
a. Glosario de términos.
Para los efectos de las presentes reglas de operación se entenderán como:
I. SGG: La Secretaría General de Gobierno, que fungirá como la dependencia que
coadyuve en la coordinación del Programa.
II. SDH: La Subsecretaría de Derechos Humanos, que fungirá como la dependencia
adscrita a la SGG encargada de implementar el Programa.
III. DJ: Refiere a la Dirección de Juventudes, responsable de la ejecución del Programa.
IV. OSC’s: Refiere a las Organizaciones de la Sociedad Civil, que son la población
objetivo del Programa.
V. Beneficiario: Persona física que recibe directamente el apoyo al que se refiere la
acción.
VI. Comité: El Comité Técnico Dictaminador, encargado de llevar a cabo el proceso de
selección de los proyectos del Programa.
1.1. Fundamentación y motivación jurídica.
Con fundamento en lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos artículo 1°, 4° último párrafo, 73 fracción XXIX-P; la Constitución Política del
Estado de Jalisco en su artículo 4° párrafo tercero, y cuarto, 36, 46; artículo 2° numerales 2
y 3, 3° numeral 1 fracción I, 5° numeral 1 fracciones I, IV, VI, 14° numeral 1, 2, 4, 16°
numeral 1 fracción I, 17 numeral 1 fracciones XXXI, XXXII, XXXIX, XLVII de la Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; el artículo 1° fracción I, II, IV, 4 fracción
IX, 21 fracción IV, VII, 23 fracción I, 25, 29 fracción I, III de la Ley para el Desarrollo
Integral de las Juventudes del Estado de Jalisco, 1°, 3°, 4°, 9 fracción III, 31 bis, 31 ter
fracción VI, el artículo 31 nonies fracción I del Reglamento Interno de la Secretaría General
de Gobierno del estado de Jalisco.
REGLAS
Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Gobierno de Jalisco. Secretaría
General de Gobierno.
33
JUEVES 31 DE MARZO DE 2022 / Número 44. Sección X

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