Sección X

MARTES 16 DE DICIEMBRE
DE 2014
GUADALAJARA, JALISCO
TOMO CCCLXXXI
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SECCIÓN X
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Ley de Ingresos 2015. Ixtlahuacán del Río. Número 3. Sección X
Al margen un sello que dice: Gobierno del Estado de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría
General de Gobierno. Estados Unidos Mexicanos.
Jorge Aristóteles Sandoval Díaz, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, a
los habitantes del mismo hago saber, que por conducto de la Secretaría del H. Congreso de esta Entidad
Federativa, se me ha comunicado el siguiente decreto
NÚMERO 25206/LX/14. EL CONGRESO DEL ESTADO DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. Se aprueba decreto que contiene la Ley de Ingresos del municipio
de Ixtlahuacán del Río, Jalisco, para el ejercicio fiscal 2015, para quedar como sigue:
LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE IXTLAHUACÁN DEL RÍO, JALISCO,
PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2015
TÍTULO PRIMERO
Disposiciones generales
CAPÍTULO ÚNICO
De la percepción de los ingresos y definiciones
Artículo 1. La presente Ley es de orden público y de observancia general para el Municipio de
Ixtlahuacán del Río, quien para erogar los gastos que demanda la atención de su administración:
funciones, atribuciones, servicios públicos y demás obligaciones a su cargo, su Hacienda Pública
percibirá durante el ejercicio fiscal de 2015, los ingresos provenientes de los conceptos que a
continuación se enumeran:
DESCRIPCIÓN SUMA
Impuestos
Impuestos sobre el patrimonio
Impuesto predial $2,850,250.00
Impuestos sobre negocios jurídicos $105,350.00
Impuestos sobre la producción, el consumo y transacciones
Impuestos sobre transmisiones patrimoniales $979,562.00
Impuestos sobre los ingresos
Impuesto sobre espectáculos públicos $10,435.00
Accesorios de Impuestos
Recargos $58,200.00
Multas $45,452.50
Intereses $10,050.00

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