Sección III

MARTES 18 DE DICIEMBRE
DE 2012
GUADALAJARA, JALISCO
TOMO CCCLXXIV
41
SECCIÓN III
Ley de Ingresos 2013. Acatlán de Juárez. Número 41. Sección III
3
Al margen un sello que dice: Gobierno de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría General de
Gobierno. Estados Unidos Mexicanos.
Emilio González Márquez, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, a los
habitantes del mismo hago saber, que por conducto de la Secretaría del H. Congreso de esta Entidad
Federativa, se me ha comunicado el siguiente
DECRETO
NÚMERO 24263/LX/12. EL CONGRESO DEL ESTADO DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. Se aprueba la Ley de Ingresos del municipio de Acatlán de Juárez, Jalisco,
para el ejercicio de 2013, para quedar como sigue:
LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE ACATLÁN DE JUAREZ, JALISCO
PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2013
TÍTULO PRIMERO
Disposiciones preliminares
CAPÍTULO I
De las disposiciones generales
Artículo 1. Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del
2013, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto de impuestos,
contribuciones de mejora, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes
y servicios, participaciones y aportaciones federales, transferencias, asignaciones, subsidios y otras
ayudas, así como ingresos derivados de financiamientos, conforme a las tasas, cuotas y tarifas que en
esta Ley se establecen.
Esta Ley se integra en las clasificaciones siguientes:
IMPUESTOS
Impuestos sobre el Patrimonio
Impuesto Predial
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales
Impuesto sobre Negocios Jurídicos
Impuestos sobre los Ingresos
Impuesto sobre Espectáculos Públicos
Otros Impuestos
Impuestos Extraordinarios
Accesorios de los Impuestos
CONTRIBUCIONES DE MEJORAS
De las Contribuciones de Mejoras por Obras Públicas

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