Sección de Avisos

EDICTOS

E D I C T O

EN LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO PROMOVIDO POR GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO en contra de TERESA LOPEZ CANO SU SUCESIÓN EN SU CARÁCTER DE PARTE AFECTADA, EXPEDIENTE NUMERO 236/2017, SECRETARIA "B", EL C. JUEZ OCTAVO DE LO CIVIL ORDENO SE NOTIFICARAN POR EDICTOS EL AUTO DE FECHA CATORCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE QUE A LA LETRA DICE:--------------------------------------------------------------------------------------------

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS "B" LICENCIADA MARÍA GUADALUPE DEL RÍO VÁZQUEZ da cuenta, al C. Juez con la demanda suscrita por el Licenciado JOSE LUIS HERNANDEZ MARTINEZ, en su carácter de Agente del Ministerio Público Especializado en Procedimiento de Extinción de Dominio de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal actualmente Ciudad de México, y en representación del GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, siendo un tomo de la Averiguación Previa número FCIN/ACD/T1/716/14-12 D01 D1 la cual cuenta con actuaciones de la FCIN/AOP/T3/47/13-08, constante de seiscientas ochenta y tres fojas, expediente FEED/T1/88/15-08 constante de cuatrocientas cincuenta fojas útiles un cuaderno de actuaciones originales y veintiséis copias certificadas de las constancias de los nombramientos de los diversos Ministerios Públicos especializados en Extinción de Dominio, remitidos por la Oficialía de Partes Común de este Tribunal, con un juego de traslado de demanda, mismos que se recibieron el día catorce de marzo de dos mil diecisiete, siendo las nueve horas con tres minutos. Conste.

Ciudad de México, a catorce de marzo del año dos mil diecisiete.

Con el escrito de cuenta, anexos y copias simples que se acompañan, se forma expediente y se registra como corresponde en el Libro de Gobierno de este Juzgado, bajo el número de expediente 236/2017. Se ordena guardar los documentos exhibidos como base de la acción en el Seguro del Juzgado. Se tiene por presentado al Licenciado JOSE LUIS HERNANDEZ MARTINEZ en su carácter de Agente del Ministerio Público Especializado en el Procedimiento de Extinción de Dominio de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal actualmente Ciudad de México, en representación el GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, personalidad que se le reconoce de conformidad con las copias certificadas del acuerdo número A/002/2011 de quince de febrero del año dos mil once, del que se advierte la calidad con la que se ostenta, el que se manda agregar a los autos para que surta los efectos legales correspondientes. Se tiene por reconocido el carácter de C. Agentes del Ministerio Público a los Licenciados que se indican en el escrito de demanda en términos de los nombramientos que se exhiben, por señalado el domicilio que indica para oír y recibir notificaciones y documentos, y se tienen por autorizados a los licenciados designados en términos del cuarto párrafo del artículo 112 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal de aplicación supletoria a la ley de Extinción de Dominio del Distrito Federal, de las que se acompaña copia certificada de la constancia de registro que indica de conformidad con el acuerdo número 21-19/11 emitido por el Consejo de la Judicatura de este Tribunal.

En términos del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 2, 3, fracción II, 4, 5 fracción I, 11 fracciones I y V, 14, 32, 34, 35, 38, 41 último párrafo y 47 de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal; 1, 2, 3, 20, 24, 25, 30, 35 y 38 del Reglamento de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal; 1, 6, 10 13, 13, 18, 19, 747, 750, 751, 752, 763, 764, 772, 774, 785, 790, 791, 794, 828 fracción IV, 830 del Código Civil vigente para el Distrito Federal 1, 2, 29, 44, 55, 95, 112 fracción II, 143, 255, 256, 257, 258, 278, 285, 286, 289, 291, 292, 294, 2 94, 296, 298, 308, 310, 311, 312, 327, 334, 335, 336, 346, 373, 379, 380, 402 y 403 del Código de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley Especial citada, y conforme al artículo 3 Fracción II y IV de la Ley de Extinción de Dominio, se admite a trámite la demanda planteada en la VÍA ESPECIAL y en ejercicio de la ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO interpuesta en contra de: TERESA LOPEZ CANO SU SUCESIÓN EN SU CARÁCTER DE PARTE AFECTADA como propietario y titular registral del inmueble ubicado en CALLE FRAY BARTOLOME DE LAS

"2017 Año del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos"

JUZGADO OCTAVO CIVIL EXPED. 236/2017 SECRETARIA "B"

58 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 27 de Abril de 2017

CASAS NÚMERO 22, DEPARTAMENTO E-101, COLONIA MORELOS, DELEGACION CUAUHTEMOC, CODIGO POSTAL 06200 CIUDAD DE MÉXICO, mismo que se encuentra inscrito en el folio real 0568054 30 que corresponde al inmueble identificado como; VIVIENDA E-101 DEL PREDIO SUJETO AL REGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO VECINAL, MARCADO CON EL NÚMERO 22 DE LA CALLE FRAY BARTOLOME DE LAS CASAS, COLONIA MORELOS, DELEGACION CUAUHTEMOC, CIUDAD DE MÉXICO CON UNA SUPERFICIE DE 42.506 METROS CUADRADOS, acción que se ejercita con base en las actuaciones ministeriales que se contienen en las copias certificadas que acompañan de la Averiguación Previa número FCIN/ACD/T1/716/14-12 D01 D1 la cual cuenta con actuaciones de la FCIN/AOP/T3/47/13-08, expediente FEED/T1/88/15-08, así como en las razones y consideraciones legales que se expresan en el escrito de cuenta.

Como lo manifiesta la parte actora, POR MEDIO DE NOTIFICACIÓN PERSONAL emplácese a: TERESA LOPEZ CANO SU SUCESIÓN POR CONDUCTO DE SU ALBACEA O INTERVENTOR EN SU CARÁCTER DE PARTE AFECTADA como propietarios del inmueble ubicado en CALLE FRAY BARTOLOME DE LAS CASAS NÚMERO 22, DEPARTAMENTO E-101, COLONIA MORELOS, DELEGACION CUAUHTEMOC, CODIGO POSTAL 06200 CIUDAD DE MÉXICO, mismo que se encuentra inscrito en el folio real 0568054 30 que corresponde al inmueble identificado como; VIVIENDA E-101 DEL PREDIO SUJETO AL REGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO VECINAL, MARCADO CON EL NÚMERO 22 DE LA CALLE FRAY BARTOLOME DE LAS CASAS, COLONIA MORELOS, DELEGACION CUAUHTEMOC, CIUDAD DE MÉXICO CON UNA SUPERFICIE DE

42.506 METROS CUADRADOS, para que en el término de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente a la notificación, comparezca por escrito, por sí o por sus representantes legales a manifestar lo que a su derecho convenga, así como para que ofrezcan las pruebas que las justifiquen, conforme a lo dispuesto por el artículo 25 de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, apercibida la afectada que en caso de no comparecer a este procedimiento y de no ofrecer pruebas dentro del término otorgado, se declarará precluido su derecho, con fundamento en el artículo 40 fracción V del citado ordenamiento legal. Prevéngase a la parte afectada para que señale domicilio dentro de la jurisdicción de este Juzgado para oír y recibir notificaciones, con el apercibimiento que de no hacerlo las notificaciones posteriores, incluso las de carácter personal le surtirán sus efectos a través de boletín judicial, conforme el artículo 112 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal de aplicación supletoria, por lo cual, una vez que esté designado el albacea de TERESA LOPEZ CANO SU SUCESIÓN, elabórense la cédula de notificación y túrnese la misma al C. Actuario para que emplace a la parte afectada...

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