El SAT detecta esquemas fraudulentos de pensiones que afectan a los trabajadores

Páginas49-52
Artículo Contenido Especificaciones
Tercero resolutivo.
Modificación a
diversos transi-
torios de la RMF
para 2023.
Vigésimo Séptimo. Para los efectos del artículo 113-G, fracción II de la Ley del ISR,
los contribuyentes que opten por tributar en el Régimen Simplificado de Confianza,
deberán contar con e.firma activa a más tardar el 30 de junio de 2023. La e.firma se
obtendrá cumpliendo con los requisitos y condiciones establecidos en las fichas de
trámite 105/CFF “Solicitud de generación del Certificado de e.firma para personas
físicas” y 106/CFF “Solicitud de renovación del Certificado de e.firma para personas
físicas”, contenidas en el Anexo 1-A.
Los contribuyentes que inicien actividades deberán cumplir con lo señalado en el
párrafo anterior, a más tardar dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha
en que iniciaron actividades.
Los contribuyentes que no cumplan con esta disposición, no podrán tributar en el
Régimen Simplificado de Confianza. Para tales efectos, la autoridad fiscal podrá
asignar al contribuyente el régimen fiscal que le corresponda.
Segundo transitorio.
Prórroga para pre-
sentar declaracio-
nes informativas.
Los contribuyentes obligados a presentar las declaraciones siguientes: DIM, DIOT,
Declaración informativa por contraprestaciones o donativos recibidos superiores a
$100,000.00, Declaración informativa de aprovechamientos por el manejo alma-
cenaje y custodia de mercancías de comercio exterior y Declaración informativa
múltiple del IEPS, que no las presentaron en febrero pasado, pudieron hacerlo a
más tardar el 15 de marzo de 2023.
Tercero transitorio.
Plazo para pre-
sentar asuntos
competencia de
la Administra-
ción Central de
lo Contencioso,
adscrita a la
Administración
General Jurídica.
El lugar para presentar asuntos competencia de la Administración Central de lo
Contencioso, adscrita a la Administración General Jurídica, aplicará a partir del 30
de mayo de 2023.
Cuarto transitorio.
Presentación en
tiempo del aviso
o la solicitud a
que se refieren
las fichas de
trámite 60/ISR y
164/ISR.
Se tendrá por presentado en tiempo el aviso o la solicitud a que se refieren las fichas
de trámite 60/ISR “Aviso para la administración de planes personales de retiro” y 164/
ISR “Solicitud de inscripción en el Registro de las instituciones que administran los
estímulos fiscales de cuentas personales del ahorro”, contenidas en el anexo 1-A de
la RMF para 2023, cuando el trámite haya sido presentado con la información y docu-
mentación correspondiente, a más tardar el 28 de marzo de 2023.
El SAT detecta esquemas fraudulentos de
pensiones que afectan a los trabajadores
Mediante el comunicado 017/2023 de fecha 26 de abril pasado, el SAT indicó que ha detectado que hay despachos
que ofrecen a los patrones esquemas que simulan ser planes de pensiones, con objeto de evadir el pago de contri-
buciones por las nóminas de sus trabajadores.
Dicha autoridad determinó que con estas prácticas se entrega dinero a trabajadores en activo y se simula que
son pagos por concepto de jubilaciones, pensiones u otras formas de retiro, pero en realidad se trata del pago
de la nómina, con la finalidad de no considerarlos como parte del salario del trabajador y darle el tratamiento de
ingresos exentos del ISR.
A49
2a. quincena
mayo 2023
FISCAL
Información de trascendencia

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