Sandro García Rojas Castillo

AutorSilvia R. Matus de la Cruz y David Henry Foulkes Woog
Páginas12-17
12 MARZO 2015
SANDRO
GARCÍA ROJAS
CASTILLO
EN EXCLUSIVA CON
Por Silvia R. Matus de la Cruz y
David Henry Foulkes Woog
Abogado con estudios de Máster en Derecho Penal
Económico. Catedrático de diversas universidades
y casas de estudio nacionales y extranjeras, entre
ellas, la Universidad Panamericana, las casas de
la Cultura Jurídica de la Suprema Corte de Justicia
de la Nación en la Ciudad de México, la Universidad
Alcalá de Henares y la Complutense de Madrid.
Conferenciante en México y el extranjero. Autor de
diversos artículos. Miembro certificado de CAMS.
Ha ocupado diversos cargos en la administración
pública federal y en el sector privado, en el ejer-
cicio de su profesión. Entre ellos, Agregado Ad-
junto de la Procuraduría General de la República
(PGR) ante la Unión Europea, como miembro de
distintas delegaciones representantes de México,
entre las que sobresale la que negoció en la Con-
vención de la ONU contra la corrupción; Titular de
la Unidad de Asuntos internacionales de la PGR,
en la que desempeñó la Secretaría Pro Témpore
del Esquema Hemisférico contra la Delincuencia
Organizada Transnacional, mecanismo que unió
a más de la mitad de los procuradores de justicia
y fiscales del continente americano.
DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE
PROCEDENCIA ILÍCITA DE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES
(CNBV), RESPONSABLE DE SUPERVISAR Y REGULAR A LAS ENTIDADES INTE-
GRANTES DEL SISTEMA FINANCIERO MEXICANO
¿POR QUÉ COBRA RELEVANCIA
LA CERTIFICACIÓN DEL AUDITOR,
DEL OFICIAL DE CUMPLIMIENTO
Y DE OTROS PROFESIONALES
EN MATERIA DE PREVENCIÓN
DE LAVADO DE DINERO Y
FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO?
El contexto actual de nuestro sistema fi-
nanciero exige que los profesionales que
atienden la prevención del lavado de
dinero y sus consecuencias estén mejor
calificados. Aquellas personas que intervienen en
estas tareas de prevención –y por qué no decir-
lo, incluso de detección-, sean oficiales de cum-
plimiento, auditores internos, auditores e xternos,
consultores, etc., deben contar con los elemen-
tos mínimos indispensables de conocimiento, de
acuerdo con un estándar que hoy por hoy va a fijar
la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV)
para realizar estas tareas.
EN ESTA CONVERSACIÓN, HACEMOS UNA EXP OSICIÓN
DE LAS DISPOSICIONE S DE CARÁCTER GENERAL
PARA LA CERTIFIC ACIÓN DE AUDITORES EXTERNOS
INDEPENDIENTES, OFICIALES DE CUMPLIMIENTO
Y DEMÁS PROFESIONALES EN MATERIA DE
PREVENCIÓN DE L AVADO DE DINERO (PLD)

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