Salarios caídos. No se consideran ingresos obtenidos al momento de la separación de la relación laboral exentos del ISR. Jurisprudencia de tribunal colegiado

Páginas84-86
Salarios caídos. No se consideran ingresos
obtenidos al momento de la separación de la
relación laboral exentos del ISR.
Jurisprudencia de tribunal colegiado
El artículo 93, fracción XIII, de la Ley del ISR dispone lo siguiente (énfasis añadido):
93. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
XIII. Los que obtengan las personas que han estado sujetas a una relación laboral en el momento de su
separación, por concepto de primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos, así como los
obtenidos con cargo a la subcuenta del seguro de retiro o a la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y
vejez, previstas en la Ley del Seguro Social y los que obtengan los trabajadores al servicio del Estado con cargo
a la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro, prevista en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios
Sociales de los Trabajadores del Estado, y los que obtengan por concepto del beneficio previsto en la Ley de
Pensión Universal, hasta por el equivalente a noventa veces el salario mínimo general del área geográfica del
contribuyente por cada año de servicio o de contribución en el caso de la subcuenta del seguro de retiro, de
la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez o de la cuenta individual del sistema de ahorro para
el retiro. Los años de servicio serán los que se hubieran considerado para el cálculo de los conceptos men-
cionados. Toda fracción de más de seis meses se considerará un año completo. Por el excedente se pagará el
impuesto en los términos de este Título.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Tesis selectas
FISCAL
FISCAL
A84
1a. quincena
marzo 2021

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR