Salarios caídos. Para el cálculo del ISR anual aplica la mecánica del artículo 95 de la ley de la materia, al tratarse de una indemnización derivada de la terminación de la relación laboral. Jurisprudencia de Tribunal Colegiado

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Salarios caídos. Para el cálculo del ISR anual aplica la
mecánica del artículo 95 de la ley de la materia, al
tratarse de una indemnización derivada de la
terminación de la relación laboral.
Jurisprudencia de Tribunal Colegiado
El artículo 95 de la Ley del ISR establece lo siguiente:
95. Cuando se obtengan ingresos por concepto de pri-
mas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pa-
gos, por separación, se calculará el impuesto anual, con-
forme a las siguientes reglas:
I. Del total de percepciones por este concepto, se separa-
rá una cantidad igual a la del último sueldo mensual ordi-
nario, la cual se sumará a los demás ingresos por los que
se deba pagar el impuesto en el año de calendario de que
se trate y se calculará, en los términos de este Título, el
impuesto correspondiente a dichos ingresos. Cuando el
total de las percepciones sean inferiores al último sueldo
mensual ordinario, éstas se sumarán en su totalidad a los
demás ingresos por los que se deba pagar el impuesto y
no se aplicará la fracción II de este artículo.
II. Al total de percepciones por este concepto se restará
una cantidad igual a la del último sueldo mensual ordina-
rio y al resultado se le aplicará la tasa que correspondió al
impuesto que señala la fracción anterior. El impuesto que
resulte se sumará al calculado conforme a la fracción que
antecede.
La tasa a que se refiere la fracción II que antecede se
calculará dividiendo el impuesto señalado en la fracción
I anterior entre la cantidad a la cual se le aplicó la tarifa
del artículo 152 de esta Ley; el cociente así obtenido se
multiplica por cien y el producto se expresa en por ciento.
Según se observa, cuando se obtengan ingresos por concepto de
primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos, por
separación, se calculará el impuesto anual conforme a las reglas
referidas en dicho artículo.
Al respecto, existe duda si los salarios caídos pueden ubicarse
en los ingresos por indemnizaciones derivadas de la terminación
de una relación laboral y, por tanto, si el cálculo del impuesto
anual debe realizarse conforme al artículo 95 de la Ley del ISR.
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A61
1a. quincena
junio 2021
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