Revisión crítica de los delitos contra-discursivos en España a la luz de un concepto de terrorismo materialmente fundamentado
Autor | Gabriel Fernández García |
Cargo | Investigador predoctoral, Universidad de Huelva |
Páginas | 141-166 |
141
Doctrina
21
Núm. 21, julio - diciembre de 2022
Revista Penal México
Revisión crítica de los delitos contra-discursivos
en España a la luz de un concepto de terrorismo
materialmente fundamentado
Gabriel Fernández García
Investigador predoctoral,
Universidad de Huelva
RESUMEN: Este artículo se dedica, en primer lugar, al análisis y propuesta en clave crítica, a aquellos
elementos que en los estudios criminológicos se han destacado como esenciales del terrorismo, para ra-
-
Penal español criminalizan la emisión de discursos proclives al terrorismo, que denominamos “contra-
discursivos”, dilucidando si se ajustan a los fundamentos materiales del concepto de terrorismo propuesto,
que legitimarían tan extraordinaria respuesta penal.
PALABRAS CLAVE: terrorismo, discurso terrorista, radicalización, concepto de terrorismo, bien jurídico-
penal, delitos contra-discursivos.
ABSTRACT:-
ies have highlighted as essential to terrorism. We develop this task with a critical spirit, in order to reason
criminal law has assumed in Spain although not always reasoned. After that, we identify the regulatory
framework of the terrorist offenses that affect terrorist speech and radicalization in Spanish legislation,
-
fences conform to the material foundations of the proposed concept of terrorism, which would legitimize
such an extraordinary and intense criminal regulation.
KEYWORDS: Terrorism, terrorist speech, radicalization, concept of terrorism, counter-discursive offences,
penally protected object.
142
Revista Penal México
Núm. 21, julio - diciembre de 2022
Revisión crítica de los delitos contra-discursivos en España • págs. 141-166
1. Introducción
El terrorismo es un viejo conocido de nuestras co-
munidades, revelándose como un problema de pri-
bomba” en Europa, en la primera oleada histórica del
terrorismo moderno1 desplegada por radicales anar-
XIX.2 Desde tales inicios, el
terrorismo tiene como elemento común en todas sus
3
nivel de brutalidad capaz esparcir el miedo a grandes
masas ciudadanas.4 A partir de ese elemento común,
se denomina a cada oleada histórica de terrorismo por
1
por David Rapoport a partir de los atentados del 11 de septiembre
de 2001 en Estados Unidos (vid. RAPOPORT, D. C. “The Fourth
-
tory, ejemplar 100, nº 650, 2001; RAPOPORT, D. C. “The Four
-
-
versity Press, Washington D.C., 2004, pp. 46-7).
2
el problema del terrorismo”, Vínculos de Historia
125 y ss.
3-
. Liber amicorum: estudios jurídicos en homenaje al
prof. Dr. Dr.h.c. Juan Mª. Terradillos Basoco, Tirant lo Blanch, Va-
lencia, 2018. p. 1336.
4
XXI”, Nuevo Foro Penal
p. 22.
SUMARIO: 1. Introducción. 2. La legislación penal antiterrorista: la excepcionalidad devenida en perma-
ius puniendi antiterrorista mate-
rialmente legítimo. 4. Elementos criminológicos constitutivos de un concepto esencial de terrorismo y su
o de capacidad reiterativa de la violencia. 4.5. Propuesta conceptual. 5. Bienes jurídico-penales afectados
por la genuina lesividad del terrorismo. 5.1. La paz pública como bien jurídico-penal preliminar. 5.2. La li-
y la radicalización terroristas. 7. Injusto terrorista en la legislación española y delitos contra-discursivos.
7.1. El adoctrinamiento o adiestramiento pasivo (art. 575 CP). 7.2. El adoctrinamiento o adiestramiento
activo (art. 577. 2 CP). 7.3. La difusión de mensajes e incitación a la comisión de delitos de terrorismo (art.
579 CP CP
-
les. 10. Bibliografía.
Rec. 15-04-2022 | Fav. 29-04-2022
“anarquista”, “anticolonial”, “la de la nueva izquier-
da” y “religiosa”.5
ámbito occidental y europeo a través del denominado
terrorismo “yihadista”, en el que la violencia es un
modo de cumplir imperativos religiosos deducidos de
islámica que rige ineludiblemente la vida pública y
el Corán y la Sunna).6 Este nuevo terrorismo adopta
una idiosincrasia más destructiva y absoluta, conci-
-
la destrucción total del corrupto y sus sociedades, in-
cluso a costa de la vida propia.7 Todo ello se postula
mundialmente a través de grandes macro-organiza-
ciones “paraguas”, como Al-Qaeda y posteriormen-
5 Vid. RAPOPORT, D. C. “The Four” (…) op. cit., p. 47.
6
su vida y obra como paradigma del recto modelo de vida musulmán
-
rismo islamista”, Isegoría
7 El laboratorio del miedo:
una historia general del terrorismo, de los sicarios a Al Qa’ida,
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba