Revisa Corte bodas ¡entre más de dos!

AutorVíctor Fuentes

La Suprema Corte de Justicia resolverá en definitiva si es posible incluir a más de dos personas en un solo matrimonio, figura conocida como poliamor.

La presidencia de la Corte notificó ayer la admisión a trámite de un recurso contra la sentencia dictada en mayo de 2021 por un juez federal de Puebla, que declaró inconstitucional el Código Civil estatal por limitar el matrimonio y el concubinato a uniones entre dos personas.

El recurso fue turnado al Ministro Jorge Pardo Rebolledo, y el caso, eventualmente tendrá que ser resuelto por la Primera Sala de la Corte.

Lo que pretende Víctor Toledo, quejoso en este amparo, no es mantener varios matrimonios al mismo tiempo, pues tanto la bigamia como la poligamia son delitos, sino reconfigurar el matrimonio y el concubinato, para convertirlos en uniones múltiples legalmente reconocidas.

El juez Pedro Arroyo Soto señaló que se da trato de segunda clase a las personas que prefieren relaciones múltiples simultáneas, al no darles acceso a las protecciones legales del matrimonio o el concubinato.

"No existe razón de índole constitucional para no reconocer el matrimonio o el concubinato entre más de dos personas", afirmó.

El poliamor podría no ser visto como un asunto de "preferencia sexual", sino como una cuestión de estilo de vida, sobre el cual la Corte podría concluir que no hay una violación constitucional y los Congresos estatales son los que deben definir el tema.

Otro argumento para confirmar el amparo podría ser el concepto de "libre desarrollo de la personalidad", que la Corte ha usado para afirmar que la Constitución otorga múltiples derechos que no menciona, entre ellos, al aborto voluntario, el divorcio inmediato, el uso recreativo de la mariguana y el cambio de género por vía administrativa en actas de nacimiento de menores de edad, entre otros.

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